Decreto 428/2021
Fecha de promulgación: 01/07/2021
Fecha de publicación: 05/07/2021
Número de Boletín Oficial: 29048
Tipo de publicación: Integra
Resumen
Aprueba la Reglamentación de los Capítulos I y II la Ley 15230, para la implementación de los Sistemas de Constitución de Domicilio Electrónico y de Audiencias Virtuales. Designa Autoridad de Aplicación de la citada Ley y del presente Decreto, a la Subsecretaría de Gobierno Digital dependiente del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros.
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Nombre | Descripción | |
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ANEXO I | CAPÍTULO I - DOMICILIO ELECTRÓNICO | file_downloadDescargar anexo |
ANEXO II | CAPÍTULO II - AUDIENCIAS VIRTUALES | file_downloadDescargar anexo |
Normas modificadas y/o complementadas por Decreto 428/2021
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Reglamenta a Ley 15230 | 18/01/2021 | IMPLEMENTA LA CONSTITUCIÓN DEL SISTEMA DE DOMICILIO ELECTRÓNICO Y AUDIENCIAS VIRTUALES, EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS. CREA EL REGISTRO DE DOMICILIOS ELECTRÓNICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. |
Normas que modifican y/o complementan a Decreto 428/2021
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Complementada por Resolución 103/2023 de la Subsecretaría de Gobierno Digital del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros | Establece que la información vertida en los términos del artículo 4°, inciso II, del Decreto N° 428/21 - tendrá carácter de declaración jurada y comprenderá la aceptación de los términos y condiciones, requisito necesario para el uso de la Plataforma de Administración Digital. (Registro de Domicilios Electrónicos - Mesa Digital - Dirección Provincial de Mejora Administrativa – DPMA). |
Última actualizacion: 10/05/2024 09:05