Disposición 7/2008

del Ministerio de Seguridad

Fecha de promulgación: 02/10/2008

Fecha de publicación: 17/10/2008

Número de Boletín Oficial: 25999

Tipo de publicación: Integra

Resumen

PLAZO DEL REEMPADRONAMIENTO OBLIGATORIO RESUELTO PARA LAS EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA (VIGILANCIA, ESCOLTA, DETECTIVE Y MONITOREO DE ALARMAS FIJAS Y MÓVILES) Y DE LOS SOSTENEDORES DE SERVICIOS DE SERENOS PARTICULARES HABILITADOS

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas relacionadas con Disposición 7/2008
NormaResumen
Resolución 2365/2008

del Ministerio de Seguridad

ESTABLECE EL REEMPADRONAMIENTO OBLIGATORIO DE LAS EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA Y DE LOS SOSTENEDORES DE SERVICIOS DE SERENOS PARTICULARES HABILITADOS ANTE LA DCCIÓN. GRAL. FISCALIZADORA DE AGENCIAS Y SEGURIDAD PRIVADA.
Decreto 1897/2002

APRUEBA LA REGLAMENTACION DE LA LEY 12297 REF.REGULA LA ACTIVIDAD DE LAS PERSONAS JURIDICAS PRESTADORAS DEL SERVICIO DE SEGURIDAD PRIVADA.
Ley 12297

SEGURIDAD PRIVADA. NORMAS SOBRE PERSONAS JURÍDICAS PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA. AGENCIAS. DEROGA LEY 9603 Y 9990.

Última actualizacion: 24/09/2019 14:09