Ley 817
Fecha de promulgación: 07/12/1872
Fecha de publicación:
Número de Boletín Oficial:
Tipo de publicación: Integra
Resumen
EMISION DE PESOS 100.000.000 DE FONDOS PUBLICOS PARA CANCELACION DE DEUDAS.
Observaciones
Sin observaciones.Documentos
Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Ley 817
Norma | Resumen |
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Ley 834 | AMPLIACION DE PESOS 12.000.000 DE LAS EMISIONES DE BILLETES AUTORIZADAS POR LAS LEYES 478 Y 628. |
Ley 697 | GASTOS PARA COMBATIR LA EPIDEMIA DE FIEBRE AMARILLA. |
Ley 637 | EMPRESTITO DE 30 MILLONES DE PESOS PARA LA CONSTRUCCION DE PUENTES. (VER LEY 817, ART.5, DEJA SIN EFECTO LA EMISIóN DE FONDOS) |
Ley 679 | SE AUTORIZA AL BANCO ENTREGAR 24 MILLONES DE PESOS PARA LA CONSTRUCCION DE PUENTES DE ACUERDO A LA LEY 637. |
Última actualizacion: 26/04/2019 10:04