Ley 12772
Fecha de promulgación: 10/10/2001
Fecha de publicación: 26/10/2001
Número de Boletín Oficial: 24384
Tipo de publicación: Integra
Resumen
SE ESTABLECE QUE EN LAS CAUSAS PENALES DEL FUERO DE MENORES SE CONTINUARAN APLICANDO SUPLETORIAMENTE LAS DISPOSICIONES PROCESALES DE LA LEY 3589 (TO POR DEC 1174/86) HASTA EL 1 DE OCTUBRE DE 2002.
Observaciones
Sin observaciones.Documentos
Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Ley 12772
Norma | Resumen |
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Ley 12339 | ESTABLECE QUE EN LAS CAUSAS PENALES CORRESPONDIENTES AL FUERO DE MENORES (DEC-LEY 10067/83) SE CONTINUARÁ APLICANDO SUPLETORIAMENTE LA LEY 3589- POR 1 AÑO DESDE EL VENCIMIENTO DEL PLAZO FIJADO POR LA LEY 12059. (3RO.BIS) Y ARTÍCULO 1° LEY 12.160. |
Ley 11922 | Código de Procedimiento Penal. |
Última actualizacion: 24/09/2019 13:09