Ley 13512
Fecha de promulgación: 10/08/2006
Fecha de publicación: 23/08/2006
Número de Boletín Oficial: 25478
Tipo de publicación: Integra
Resumen
DEROGA ARTS.2, 3 Y 5 DE LA LEY 11848. DEROGA ART 13 DE LA LEY 3201. DEROGA LA LEY 4647. (DELEGACIONES - REGISTRO DE LAS PERSONAS - BOLETIN OFICIAL - CUENTA ESPECIAL - DELEGACION MUNICIPAL)
Observaciones
Sin observaciones.Documentos
Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Ley 13512
Norma | Resumen |
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Ley 13786 | PRESUPUESTO GENERAL EJERCICIO AÑO 2008.- |
Disposición 4/2007 | ESTABLECE QUE SERÁ ACEPTADO UNICAMENTE COMO COMPROBANTE DE PAGO DE LAS TASAS POR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS BRINDADOS POR EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROV.LA BOLETA ORIGINADA POR EL SISTEMA INTEGRADO DE EMISIÓN Y PAGOS NO IMPOSITIVOS (SIEP). |
Decreto 3519/2006 | PRORROGA PARA EL EJERCICIO 2007 LAS AFECTACIONES ESTABLECIDAS EN LA LEY 13512, ART. 6º.- |
Disposición 1/2006 | ESTABLECE QUE A PARTIR DEL 4/12/06 SERÁ ACEPTADO COMO COMPROBANTE DE PAGO DE LAS TASAS POR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS BRINDADOS POR EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, LA BOLETA ORIGINADA POR EL SISTEMA INTEGRADO DE EMISIÓN Y PAGOS NO IMPOSITIVOS (SIEP) |
Decreto 196/2006 | Crea el Sistema Integrado de Emisión y Pagos No Impositivos -SIEP- para la emisión y percepción de las tasas administrativas, servicios, aranceles, multas y contribuciones. Asimismo, aprueba Convenio para la implementación del SIEP, entre La Provincia y El Banco de La Provincia. |
Ley 10559 | FIJA EL MONTO QUE RECIBIRÁN LAS MUNICIPALIDADES EN CONCEPTO DE COPARTICIPACIÓN. TEXTO ORDENADO POR DECRETO 1069/95. DEROGA EL DECRETO-LEY 9478/1980 (VER LEYES 13612 ART.35 Y 13786 ART.32). |
Última actualizacion: 29/12/2022 18:12