Resolución conjunta 273/2021
del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y Ministerio de Salud
Fecha de promulgación: 12/08/2021
Fecha de publicación: 18/08/2021
Número de Boletín Oficial: 29078
Tipo de publicación: Integra
Resumen
Modificar el artículo 6° de la Resolución Conjunta N° 192/21 de los Ministerios de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros. (Referente: Vuelos de exterior - Regreso de las personas nacionales y extranjeras residentes - Aislamiento obligatorio a Hoteles, albergues o establecimientos habilitados) - Coronavirus- COVID-19- Pandemia-
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas modificadas y/o complementadas por Resolución conjunta 273/2021
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Modifica a Resolución conjunta 192/2021 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y Ministerio de Salud | 01/07/2021 | (Derogada por Resolución Conjunta N° 441/2021 del Ministerio de Salud y Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros) Establece que las personas que ingresen al país deberán cumplir con el aislamiento obligatorio por el término de 7 días y realizar las pruebas para SARS-CoV-2, conforme Decisión Administrativa 268/21. Crea el registro de Hoteles y Establecimientos para la Gestión de la Pandemia. (vuelos de exterior - regreso de las personas nacionales y extranjeras residentes - ampliación de requisitos de ingreso - restricciones - incumplimiento - sanciones - emergencia sanitaria - COVID 19). |
Normas que modifican y/o complementan a Resolución conjunta 273/2021
Ninguna.Última actualizacion: 18/08/2021 07:08