Resolución conjunta 10/2022
del Ministerio de Salud y Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de promulgación: 25/11/2022
Fecha de publicación: 05/12/2022
Número de Boletín Oficial: 29399
Tipo de publicación: Integra
Resumen
Deroga las Resoluciones Conjuntas N° 326/21, N° 441/2021, N° 460/2021, N° 496/2021 y N° 1/2022 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y el Ministerio de Salud.
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas modificadas y/o complementadas por Resolución conjunta 10/2022
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Deroga a Resolución conjunta 326/2021 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros - Ministerio de Salud | 08/10/2021 | Enumera las medidas preventivas generales y obligatorias que deberán cumplir los y las bonaerenses y regula la realización de las actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires, de acuerdo al Decreto Nacional Nº 678/21. Determina los "Lineamientos generales para eventos masivos". Deroga las Resoluciones N° 3289/21 y Nº 3517/21 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros. (Distanciamiento - Tapabocas - Viajes de Egresados - Viajes de Jubilados - Discotecas - Locales Bailables - Salones de Fiesta - Aforo - Eventos Masivos - Actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales - Covid-19). |
Deroga a Resolución conjunta 441/2021 del Ministerio de Salud y Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros | 01/12/2021 | Establece que las personas que tengan domicilio o residencia, así como las extranjeras no residentes que ingresen en el territorio de la provincia, deberán realizar la cuarentena en el domicilio que declaren y un test de PCR al séptimo día de su arribo al país. Los y las menores de edad que no hayan completado el esquema de vacunación, se mantiene la recomendación de no realizar actividades grupales ni concurrir a eventos grupales o masivos durante los primeros siete días del arribo. Deroga la Resolución Conjunta 192/2021 (Decisión Administrativa Nacional 951/2021 y Decreto 260/2020-requisitos sanitarios-aislamiento obligatorio-sanciones- Coronavirus- COVID-19). |
Deroga a Resolución conjunta 460/2021 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y Ministerio de Salud | 10/12/2021 | Establecer el “PASE LIBRE COVID” como requisito para asistir a aquellas actividades realizadas en el territorio provincial que representan mayor riesgo epidemiológico, además de cumplir con los protocolos, recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias. (Vacunación - App “VacunatePBA”- App “Mi Argentina” -Carnet en formato cartón o tarjeta- Mayores de 13 años- Espacios cerrados- Sanciones- Trámites presenciales- Atención al público entidades públicas o privadas- Actividades culturales Deportivas- Religiosas- Recreativas- Salones de fiestas- Boliches- Fiestas -Aglomeramiento de personas- Nueva variante del virus - COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria) |
Deroga a Resolución conjunta 496/2021 del Ministerio de Salud y Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros | 20/12/2021 | Disponer que el “PASE LIBRE COVID” establecido por Resolución Conjunta N° 460/2021, se cumplirá con la acreditación de, al menos dos (2) dosis de la vacuna, a través de las aplicaciones móviles “VACUNATEPBA”, “MI ARGENTINA”, “CUIDAR - SISTEMA DE PREVENCIÓN Y CUIDADO CIUDADANO CONTRA LA COVID 19”, o el carnet de vacunación en formato cartón o tarjeta, en perfecto estado de conservación, y la acreditación con DNI u otra documentación que acredite identidad. (Control de Municipios- Fiscalización- Completar esquema de vacuna- Coronavirus- Pandemia- Emergencia Sanitaria-) |
Deroga a Resolución conjunta 1/2022 del Ministerio de Salud y Ministerio de Transporte | 26/01/2022 | Establece el “PASE LIBRE COVID” como requisito obligatorio para la utilización de servicios públicos de transporte de pasajeros por automotor, de carácter regular y/o especializado, aledaños a Ciudad Autónoma de Buenos Aires (media distancia) y servicios interurbanos y/o rurales de larga distancia, además de cumplir con los protocolos, recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias. Establece que las empresas concesionarias o permisionarias de servicios públicos de jurisdicción provincial tendrán a su cargo el contralor de la acreditación del "PASE LIBRE COVID" en forma previa al inicio del servicio, debiendo impedir el ascenso de personas usuarias que no cumplan con el requisito (Coronavirus - emergencia sanitaria - vacunación - no vacunados- App “VacunatePBA”, App “Mi Argentina). |
Normas que modifican y/o complementan a Resolución conjunta 10/2022
Ninguna.Última actualizacion: 05/12/2022 09:12