Resolución 120/2020
del Ministerio de Trabajo
Fecha de promulgación: 22/03/2020
Fecha de publicación: 23/03/2020
Número de Boletín Oficial: 28735
Tipo de publicación: Integra
Resumen
Establecer actividades y servicios, en la órbita del Ministerio de Trabajo, que sean consideradas como no interrumpibles en la emergencia, en los términos del artículo 3 del Decreto N° 165/2020. Autorizar de circular a trabajadores afectados. (Conflicto Colectivo o Individual del Trabajo- Higiene y Seguridad - emergencia sanitaria- coronavirus- COVID-19).
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 120/2020
Ninguna.Normas que modifican y/o complementan a Resolución 120/2020
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Prorrogada por Resolución 132/2020 del Ministerio de Trabajo | 03/04/2020 | Prorroga la vigencia de las Resoluciones 114/2020 y 120/2020 de este Ministerio de Trabajo, hasta el 12 de abril inclusive, y/o el tiempo por el cual se encuentre vigente el aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido por los Decretos del Poder Ejecutivo N° 297/2020, N° 325/2020, sus normas modificatorias, complementarias y aquellas que prorroguen su vigencia. (Coronavirus-COVID 19- Pandemia) |
Última actualizacion: 24/03/2020 12:03