Resolución 18/2020
de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)
Fecha de promulgación: 07/04/2020
Fecha de publicación: 08/04/2020
Número de Boletín Oficial: 28746
Tipo de publicación: Integra
Resumen
Modifica del Anexo V de la Resolución Normativa Nº 2/13 y modificatorias, el cálculo de las alícuotas de recaudación a partir del 1° de abril 2020, inclusive, respecto de algunas actividades económicas, sobre los Ingresos Brutos sea la de venta de carne bovina faenada, deberá aplicar la alícuota del 1,75 %, con excepción. (Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -Retención-Acreditaciones Bancarias- Tarjetas de Crédito-Débito)- ARBA.
Observaciones
(Resolución Normativa)
Anexos
Ninguno.Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 18/2020
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
---|---|---|
Modifica a Resolución 2/2013 de la Agencia de Recaudación | 04/03/2013 | (VER RESOL MODIF. ARBA) ESTABLECE MECANISMO POR EL CUAL LA AGENCIA DE RECAUDACIóN FIJARá ALíCUOTAS PARA LOS CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS (SEGúN DISP. B 1/04 Y MODIF-PERCEPCIóN-RETENCIóN-ACREDITACIONES BANCARIAS) |
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 18/2020
Ninguna.Última actualizacion: 13/07/2021 12:07