Resolución 201/2020
del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de promulgación: 09/05/2020
Fecha de publicación: 11/05/2020
Número de Boletín Oficial: 28767
Tipo de publicación: Integra
Resumen
Autorizar, en el Municipio de General Alvear, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Indumentaria y calzado- Casas de deporte-Accesorios-Bazares- Artículos para el hogar - Librerías - Jugueterías- Electrodomésticos- Insumos informáticos y de telefonía- Viveros y florerías- Trabajadores y Trabajadoras de casa de familias- Concesionarias de automóviles- Abogados - Escribanía - Guardias en la Administración Escolar para el cobro de cuotas- Peluquerías – podólogos- Inmobiliarias- Kinesiólogos- Lavadero de autos- Reparto de leña- Albañilería). -Coronavirus- COVID 19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 201/2020
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Complementa a Decreto 282/2020 | 28/04/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 340/2020, CON EXCEPCIÓN DEL ARTÍCULO 10, MANTENIENDO SU VIGENCIA). (RATIFICADO POR LEY 15174) Aprueba la Reglamentación para el Desarrollo de las Actividades y Servicios Exceptuados de las Medidas de “aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y de la Prohibición de Circular que establece el Decreto Nacional 297/2020, prorrogado por Decreto Nacional 408/2020. Los municipios que soliciten la excepción al cumplimiento, deberán realizar su petición al Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros. prorroga la vigencia del Decreto 203/2020. Prorroga, las recomendaciones efectuadas por el Ministerio de Salud de la Provincia, desde el 27 de abril y hasta el 10 de mayo de 2020. Sustituye Artículo 5 del Decreto 167/2020 (coronavirus-covid 19). |
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 201/2020
Ninguna.Última actualizacion: 12/05/2020 09:05