Resolución 37/2020

de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)

Fecha de promulgación: 02/07/2020

Fecha de publicación: 03/07/2020

Número de Boletín Oficial: 28804

Tipo de publicación: Integra

Resumen

(Resolución Normativa) Establece, en el marco del Convenio celebrado entre la AFIP y la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral de fecha 30 de abril de 2003 y sus Actas Complementarias, un régimen de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos con relación a las operaciones de importación definitiva para consumo de mercadería, realizadas por contribuyentes de la Provincia de Buenos Aires. Se encuentran excluidas las operaciones de importación para consumo realizadas al Área Aduanera Especial de Tierra del Fuego, de mercadería originaria o procedente del territorio aduanero general, y las efectuadas a este último territorio, de mercadería originaria o procedente de aquél ámbito. Derogar el Libro Primero, Título V, Capítulo IV, Sección Tres, Parte Séptima de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 1/2004 y sus modificatorias (artículos 394 a 405, ambos inclusive). (Contribuyentes- Ingresos Brutos-Importación-Mercadería-Impuesto Valor Agregado-Exentos-Alícuota-Tabla de Grupos-Liquidación-Pagos-Saldo Impuestos)-ARBA-

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 37/2020
NormaFecha de publicaciónResumen
Modifica a Disposición 1/2004 de la DIRECCIóN PROVINCIAL DE RENTAS13/07/2004(DISPOSICIÓN NORMATIVA-SERIE "B" ) PROVINCIAL DE RENTAS. NORMAS TRIBUTARIAS Y RECAUDACIóN DE LOS IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES. - ALíCUOTA DE PERCEPCIóN- RETENCIóN-DECLARACIóN JURADA-TABLAS DE VALUACIóN-EXENCIóN.-
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 37/2020
Ninguna.

Última actualizacion: 12/07/2021 12:07