AGENCIA DE RECAUDACIÓN

RESOLUCIÓN NORMATIVA N° 8

La Plata, 06/03/2019

VISTO el expediente Nº 22700-25013/19, por el cual se propicia la modificación de la Resolución Normativa N° 5/19;

CONSIDERANDO:

Que, a través de la Resolución Normativa N° 5/19, esta Agencia de Recaudación estableció las equivalencias entre determinados códigos NAIIB-18 y NAES que deben considerar los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos sujetos al régimen del Convenio Multilateral del 18 de agosto de 1977, a fin de confeccionar las declaraciones juradas que les correspondan a través del sistema SIFERE WEB;

Que, en esta oportunidad, y con el objetivo de facilitar a este universo de contribuyentes el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales, corresponde disponer lo pertinente a fin de incorporar nuevas equivalencias en el artículo 1° de la Resolución Normativa, ya citada;

Que han tomado intervención la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro, la Gerencia General de Técnica Tributaria y Catastral, la Gerencia General de Coordinación Jurídica, y sus dependencias;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13766 y modificatorias;

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

ARTÍCULO 1°. Incorporar, en el artículo 1° de la Resolución Normativa N° 5/19, las siguientes equivalencias:

NAIIB 18         NAES         Tratamiento Fiscal

101041          101040          Otros tratamientos (3)

101042          101040                Normal (0)

511003           511000               Normal (0)

ARTÍCULO 2°. La presente Resolución comenzará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Fossati Gastón, Director Ejecutivo