AGENCIA DE RECAUDACIÓN
RESOLUCIÓN NORMATIVA N° 8
La Plata, 06/03/2019
VISTO el expediente Nº 22700-25013/19, por el cual se propicia la modificación de la Resolución Normativa N° 5/19;
CONSIDERANDO:
Que, a través de la Resolución Normativa N° 5/19, esta Agencia de Recaudación estableció las equivalencias entre determinados códigos NAIIB-18 y NAES que deben considerar los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos sujetos al régimen del Convenio Multilateral del 18 de agosto de 1977, a fin de confeccionar las declaraciones juradas que les correspondan a través del sistema SIFERE WEB;
Que, en esta oportunidad, y con el objetivo de facilitar a este universo de contribuyentes el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales, corresponde disponer lo pertinente a fin de incorporar nuevas equivalencias en el artículo 1° de la Resolución Normativa, ya citada;
Que han tomado intervención la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro, la Gerencia General de Técnica Tributaria y Catastral, la Gerencia General de Coordinación Jurídica, y sus dependencias;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13766 y modificatorias;
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. Incorporar, en el artículo 1° de la Resolución Normativa N° 5/19, las siguientes equivalencias:
NAIIB 18 NAES Tratamiento Fiscal
101041 101040 Otros tratamientos (3)
101042 101040 Normal (0)
511003 511000 Normal (0)
ARTÍCULO 2°. La presente Resolución comenzará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Fossati Gastón, Director Ejecutivo