Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA
Resolución N° 39/14
VISTO los Artículos 40 y 62 inciso j) de
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 113/01 del ex Ministerio de Obras y Servicios Públicos, se establecieron como criterios de caracterización de tipologías de mercados, los índices de ruralidad y escala de los Distribuidores Municipales que prestan el servicio público de electricidad en los Partidos que integran las Áreas definidas en el artículo 3º, Anexo II de la citada Resolución;
Que de acuerdo a lo definido en la mencionada Resolución se compensará mediante la distribución del Fondo Provincial de Compensaciones Tarifarias, a aquellos distribuidores municipales integrantes de grupos y subgrupos de mercados homogéneos, la diferencia observada entre sus costos propios eficientes y los reconocidos en las tarifas de referencia aplicadas;
Que
Que
Que el Ministerio de Infraestructura sancionó los cuadros tarifarios en
Que a través de
Que al definirse los costos de distribución según lo indicado precedentemente, corresponde calcular los costos de abastecimiento con subsidio y sin subsidio para el período febrero de 2014- abril de 2014 de todos los distribuidores municipales que a la fecha presentaron los datos,
Que la totalidad de los distribuidores municipales han
elevado a este Organismo la información necesaria para calcular los costos de
abastecimiento de los períodos aludidos en el párrafo precedente, en un todo de
acuerdo a lo dispuesto a tal efecto en
Que la presente se dicta en ejercicio de lo dispuesto en
los Artículos 40 y 62 inciso j) de
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA
DE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar el cálculo de los costos de abastecimiento subsidiados de los Distribuidores Municipales para el período febrero de 2014- abril de 2014, de acuerdo al detalle que como Anexo I integra la presente, correspondiente a la totalidad de los Distribuidores Municipales que han aportado la información pertinente para su evaluación por este Organismo.
ARTÍCULO 2º: Aprobar el cálculo de los costos de abastecimiento sin subsidio de los Distribuidores Municipales para el período febrero de 2014- abril de 2014, de acuerdo al detalle que como Anexo II integra la presente, correspondiente a la totalidad de los Distribuidores Municipales que han aportado la información pertinente para su evaluación por este Organismo.
ARTÍCULO 3º: Registrar. Publicar. Dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
ACTA N° 811
Jorge Alberto Arce, Presidente; María de
Cordonnier, Director.
NOTA: El Anexo I de la presente Resolución puede ser consultado en nuestra página web en su versión PDF.