Decreto 718/2020

La Plata, 24 de agosto de 2020

VISTO el expediente EX-2020-15396074-GDEBA-DGAOPDS del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, por el cual tramita la aceptación de la renuncia, a partir del 1º de agosto de 2020, de Luciana ANTOLINI, al cargo de Directora de Educación Ambiental y Relaciones con la Comunidad, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto N° 31/2020 se aprobó la estructura orgánico funcional del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible;

Que Luciana ANTOLINI presentó, a partir del 1° de agosto de 2020, la renuncia al cargo de Directora de Educación Ambiental y Relaciones con la Comunidad, dependiente de la Dirección Provincial de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático de la Subsecretaría de Planificación Ambiental y Desarrollo Sostenible, en el que había sido designada por Decreto N° 161/2020;

Que la Dirección de Sumarios Administrativos informó que la agente saliente no registra actuaciones sumariales pendientes de resolución;

Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que la gestión que se promueve se efectúa de conformidad con lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96) reglamentada por Decreto Nº 4161/96;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Aceptar en la Jurisdicción 1.1.2.07.00.012, Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, a partir del 1º de agosto de 2020, la renuncia presentada por Luciana ANTOLINI (DNI Nº 31.752.011- Clase 1985), al cargo de Directora de Educación Ambiental y Relaciones con la Comunidad dependiente de la Dirección Provincial de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático de la Subsecretaría de Planificación Ambiental y Desarrollo Sostenible, quien había sido designada por Decreto N° 161/2020, de conformidad con lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96.

ARTÍCULO 2º. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Carlos Alberto Bianco, Ministro; Axel Kicillof, Gobernador