DECRETO 824/10
LA PLATA, 14 de JUNIO de 2010.
VISTO el expediente N° 2319-65855/09 y agregado Nº 2319-65855/09 alcance N° 1/10, por el cual el Instituto Provincial de Lotería y Casinos, propicia la ampliación de la prórroga del convenio celebrado con la Empresa Trilenium S.A., oportunamente aprobado por Decreto N° 726/99, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 726/99 se aprobó el convenio suscripto entre el Instituto Provincial de Lotería y Casinos y la Empresa Trilenium S.A. para la provisión de servicios a prestar por esta última en el Casino de Tigre;
Que el plazo de duración de dicho convenio quedó establecido en su Cláusula Vigésima, comenzando a correr a partir del día 29/11/99, conforme surge del acta N° 5 suscripta por ambas partes y de la que se desprende la entrega de las instalaciones, en concordancia con lo previamente establecido en el citado cuerpo legal;
Que encontrándose próximo el vencimiento del convenio, el que feneció el 29/11/09, y en atención a que la Empresa efectuó una propuesta respecto no solo de la renovación del convenio que la vincula con el Instituto Provincial sino también de una serie de obras, tanto de orden edilicio como de distintos elementos que integran la sala y la incorporación de nuevas tecnologías, dicho Organismo estimó necesario la realización de estudios técnicos en salvaguarda de los intereses fiscales que pudieren verse comprometidos;
Que en virtud de ello, el Instituto Provincial, mediante Resolución Nº 01/10, la que fuera ratificada por Decreto N° 346/10, resolvió prorrogar el convenio en cuestión por un término de noventa (90) días hábiles, contados desde el vencimiento del convenio original, conservando ambas partes los mismos derechos y obligaciones ya previstos;
Que dada la magnitud y dimensión del convenio a celebrar, las negociaciones llevadas a cabo entre el Organismo referenciado y la empresa Trilenium S.A., no han permitido consensuar las condiciones que se establecerán en el mismo, razón por la cual y a efectos poder arribar al acuerdo definitivo, asegurando durante dicha etapa la continuidad de la explotación de la Sala de Juegos, y evitando consecuentemente la pérdida de ingresos a las arcas del Estado Provincial, estima el Instituto Provincial la necesidad de efectuar una ampliación de la prórroga;
Que en tal contexto, el Instituto Provincial, mediante Resolución Nº 502/10, resolvió ampliar por un término de noventa (90) días hábiles a partir de su vencimiento, la prórroga dispuesta por Resolución Nº 1/10 y ratificada por Decreto N° 346/10;
Que han tomado intervención Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente gestión se encuadra en el artículo 26 inciso 3º apartado c) de la Ley de Contabilidad;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 - proemio - de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1.- Ratificar los términos de la Resolución Nº 502/10 del Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires, por la cuál se amplía la prórroga del Convenio aprobado por Decreto N° 726/99, suscripto por el citado Organismo con la Empresa Trilenium S.A. para la provisión de servicios en el Casino de Tigre, la cual como Anexo Único pasa a formar parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 3.- Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
RESOLUCIÓN 502/10
LA PLATA, 13 de ABRIL de 2010.
VISTO el vencimiento del convenio aprobado por Decreto Nº 726/99 para la provisión de servicios a prestar por la empresa TRILENIUM S.A. en el Casino de Tigre y la Resolución N° 1/10 del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 1/10 de este Instituto se prorrogó el Convenio aprobado por Decreto N° 726/99, suscripto entre este Instituto y la empresa TRILENIUM S.A., por el término de noventa (90) días hábiles, a partir del 29/11/09;
Que por expediente administrativo N° 2319-65855/09 tramita la ratificación de los términos de la Resolución N° 1/10, por el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires;
Que las negociaciones llevadas a cabo entre este Instituto Provincial y la empresa TRILENIUM S.A. no han permitido consensuar las nuevas condiciones para arribar las partes a un acuerdo atento la magnitud y dimensión del convenio a celebrar;
Que deviene necesario asegurar la continuidad de la prestación del servicio que brinda la empresa TRILENIUM S.A., dado que la pérdida de dichos recursos implican la de cuantiosos aportes a las rentas de la Provincia destinados a políticas de acción social y salud;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 26 inciso 3° apartado c) de la Ley de Contabilidad vigente y en el artículo 4º de la Carta Orgánica del Instituto Provincial de Lotería y Casinos aprobada por el artículo 2º del Decreto N° 1170/92 - texto según Decretos N° 1324/01, N° 1684/09- y Decreto Nº 1685/09;
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE LOTERÍA Y CASINOS
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. Ampliar por el término de noventa (90) días hábiles a partir de su vencimiento, la prórroga dispuesta por Resolución N° 1/10 respecto del Convenio aprobado por Decreto Nº 726/99, suscripto por este Instituto Provincial de Lotería y Casinos con la empresa TRILENIUM S.A.
ARTÍCULO 2º. Los términos de la Resolución N° 1/10 que no sean modificados por la presente continúan vigentes.
ARTÍCULO 3º. La presente Resolución será ratificada por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial (artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires).
ARTÍCULO 4º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.