FUNDAMENTOS DE LA LEY 15443

La Ley 15.192 de Asociaciones Civiles y Mutuales sancionada en el año 2020, dispone de un nuevo Proceso de Condonación y Normalización, perdonando las deudas documentales anteriores al 31 de Diciembre de 2014. Es decir, exige únicamente la presentación de la documentación adeudada a partir de Enero de 2015, correspondiendo 5 años de documentación hasta la fecha de sanción de la Ley.

Luego de 2 años de dicha sanción y finalizada la cuarentena y el aislamiento obligatorio, casi la totalidad de las instituciones han retomado sus actividades y han convocado a las reuniones y asambleas necesarias para la renovación de sus autoridades y aprobación de ejercicios económicos.

Muchas también han optado por el beneficio de condonación y normalización contenido en la Ley. Sin embargo, para que dicho beneficio respete la exigencia de presentar tan sólo 5 años de documentación, es menester actualizar la fecha estipulada en la Ley, la cual a su vez debe contener expresamente la fecha de inicio de la condonación.

Durante 2 años, por razones de público conocimiento, algunas Asociaciones Civiles no han podido acceder al beneficio que se les otorgaba por la imposibilidad de reunirse asableariamente.

Sin dudas, las instituciones de la Provincia sirvieron en la contención de salud y alimentación de tantas personas en duros momentos de la pandemia, siendo inobjetable el trabajo altruista que realizan en beneficio de toda la comunidad.

Por este motivo el estado tiene la obligación de acompañar y simplificar los procesos administrativos, facilitándoles la tarea diaria.

Por lo expuesto anteriormente, les pido a las y los legisladores que acompañen dicho proyecto.