LEY 14614
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE
LEY
ARTÍCULO 1°.- Suprímense los
Ministerios Públicos del Trabajo de Avellaneda, Bragado, Tres Arroyos y Zárate,
creados por
ARTÍCULO 2°.- Créanse los siguientes cargos de Asesor de Incapaces:
- Departamento Judicial Bahía Blanca: un (1) cargo con sede en la ciudad de Tres Arroyos.
- Departamento Judicial Zárate-Campana: un (1) cargo con sede en la ciudad de Zárate.
- Departamento Judicial Avellaneda-Lanús: un (1) cargo con sede en la ciudad de Avellaneda.
- Departamento Judicial San Isidro: un (1) cargo con sede en la ciudad de Pilar y un (1) cargo con sede en la ciudad de Tigre.
ARTÍCULO 3°.- Créase un (1) cargo de Agente Fiscal en el Departamento Judicial Mercedes, con sede en la ciudad de Mercedes.
ARTÍCULO 4°.- Suprímese del
quinto párrafo del inciso b) del artículo 7 de
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en