FUNDAMENTOS DE LA
LEY 14443
HONORABLE LEGISLATURA:
Se somete a consideración de
vuestra Honorabilidad el proyecto de ley que se adjunta para su sanción, a
través del cual se propicia la aprobación del Convenio de Transferencia de
Derechos y Obligaciones del Contrato de Concesión de la Autopista Buenos
Aires - La Plata,
suscripto entre la
Nación Argentina y la provincia de Buenos Aires, con fecha 10
de octubre de 2012.
En el Convenio que se propone
aprobar, la
Dirección Nacional de Vialidad, organismo descentralizado en
el ámbito de la
Subsecretaría de Obras Públicas de la Secretaría de Obras
Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y
Servicios, cede y transfiere a la provincia de Buenos Aires, representada por
el Ministerio de Infraestructura, los derechos y obligaciones emergentes del
Contrato de Concesión de la
Autopista Buenos Aires - La Plata, en su calidad de concedente; contrato éste
que tiene en el carácter de concesionaria a la empresa Coviares
S.A.
La mencionada cesión y
transferencia, se realiza con excepción de las deudas que la concesionaria
mantiene con el Estado Nacional, por todo concepto.
En el documento a aprobar
legislativamente, expresamente se pone de resalto que la Provincia queda exenta
de toda responsabilidad que pudiera corresponder derivada del Contrato de
Concesión, con fecha anterior al traspaso efectivo del mismo; señalándose que
para el caso que un tercero iniciase algún reclamo administrativo, arbitral y/o
judicial al respecto, será la
Nación quien deberá responder ante los mismos.
Se encuentra estipulado también,
que hasta tanto se produzca el efectivo traspaso del corredor vial objeto de
análisis, la Nación
dispone una Intervención Administrativa Temporal del Contrato de Concesión con
la empresa Coviares S.A., con el objetivo, entre
otros, de iniciar en forma conjunta con la Provincia, el desarrollo de las acciones
tendientes a la reformulación contractual que estimen necesaria y conveniente,
en pos de la optimización del servicio público; debiendo, asimismo, la Intervención,
proceder a realizar una auditoría de corte de la
concesión transferida.
Un hecho significativo para los
intereses de la Provincia
fue el haber acordado con la
Nación, que producida la extinción de la relación contractual
vigente, por cualquiera de las causales previstas en el Contrato de Concesión, la Provincia dispondrá y
ejecutará por el plazo de hasta treinta (30) años, el modelo de gestión que
estime conveniente para garantizar la continuidad del servicio de la autopista
Buenos Aires - La Plata,
cuestión que ha quedado reflejada en la cláusula sexta del Convenio a aprobar.
Cabe destacar que la Nación, conjuntamente con
la transferencia del Contrato de Concesión de obra de la autopista Buenos Aires
- La Plata,
transfiere a la provincia de Buenos Aires, el mantenimiento, reparación,
conservación, explotación y administración del tramo de la ruta provincial
№ 36 - superposición con la ruta provincial № 2 - Tramo:
Distribuidor Gutiérrez (Km. 34,000) - conexión con ruta provincial № 36
(Km. 40,964).
Desde un punto de vista
normativo, el acuerdo contempla que la Nación se compromete a disponer la adecuación de
las reglamentaciones necesarias para que la Provincia dé correcto
cumplimiento al Contrato transferido, así como a las pautas incluidas en los
anexos que forman parte del mismo y el desenvolvimiento normal de la obra y
concesión vial de la autopista, como así también el mantenimiento, reparación,
conservación, explotación y administración de los tramos indicados, como
pertenecientes a la ruta provincial № 36.
En las pautas básicas para la
transferencia y la adecuación del contrato de concesión, previstas en el anexo
I del Convenio, se prevé - entre otras cuestiones -, la potestad de la Provincia para
constituir un fideicomiso en Bapro Mandatos, al cual
se le girará la totalidad de los ingresos que por todo concepto recibiese Coviares S.A. (estaciones de peaje, servicios
públicos/comerciales, etc.), con motivo del Contrato de Concesión.-
A posteriori, la Provincia autorizará
todos y cada uno de los egresos desde el fideicomiso, a fin de afrontar los
fondos necesarios para la operación y mantenimiento y el plan de expansión y
cancelación de pasivos, que se hayan determinado a la fecha de corte de la Auditoría, previa
aprobación de ésta (la Auditoría)
por parte de la
Provincia.-
Por anexo II, se agrega el Acta
№ 51 de la
Asamblea Extraordinaria de Coviares
S.A., de fecha 24 de agosto de 2012, de la cual surge que por unanimidad, los
accionistas presentes aprueban la suscripción del Convenio de Transferencia de
Derechos y Obligaciones del Contrato de Concesión de la Autopista Buenos
Aires - La Plata,
en los términos que el mismo ha sido informado por el Occovi
y que se transcribe en el Libro de Actas de Asamblea de la Sociedad.
En definitiva, el proyecto que se
remite, tiene como finalidad fundamental, aprobar la transferencia del contrato
de concesión descripto, posibilitando con ello el accionar de la provincia de
Buenos Aires con el objetivo de mejorar la infraestructura vial existente,
teniendo en cuenta que se trata de la principal arteria que une nuestra Capital
Provincial con la ciudad de Buenos Aires y nuestro conurbano sur, y que,
además, es la vía natural de tránsito hacia nuestros principales destinos
turísticos.
A mérito de las consideraciones
vertidas, es que se solicita de ese Honorable Cuerpo, la pronta sanción del
proyecto adjunto.
Dios guarde a vuestra
Honorabilidad.