Provincia de Buenos Aires
AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DIRECCIÓN EJECUTIVA
Resolución Normativa Nº 63/12
La Plata, 21 de diciembre de 2012.
VISTO que mediante expediente N° 22700-22379/12 se propicia la modificación, en su parte pertinente, de la estructura organizativa de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires ARBA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Normativa N° 75/09 y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias N° 95/09, N° 45/10, Nº 70/10, N° 89/10, N° 29/11, N° 52/11, N° 1/12 y N° 21/12, se aprobó la estructura organizativa de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires ARBA;
Que en atención a la planificación, programación, coordinación, gestión y control de las actividades desarrolladas para el cumplimiento de las metas, y acciones asignadas a esta Agencia de Recaudación, deviene pertinente modificar parcialmente su estructura organizativa, ello a fin de alcanzar un mayor grado de optimización en el funcionamiento, permitiendo ejercer y ejecutar sus cometidos con eficacia y eficiencia de sus dependencias, conviniendo para ello con objetivos determinados de interés estratégico;
Que en orden a ello, corresponde la apertura estructural, en el ámbito de la Gerencia de Recursos Humanos, del Departamento Legajos y Registro Asistencial del Personal y del Departamento Planeamiento e Integración del Personal, atento a la magnitud y complejidad diaria de tareas que detentan, como así también producto de la evolución de la organización y su necesidad de adecuarse a nuevas realidades que se generan;
Que en ese sentido, se propicia crear el Departamento Legajos y Jubilaciones del Personal y el Departamento Registro Asistencial del Personal, con dependencia de la Subgerencia de Administración del Personal, a fin de reorganizar las áreas de modo tal que desde dichas jefaturas, se articulen nuevos mecanismos de coordinación, supervisión y organización, que posibiliten un mayor grado de cumplimiento y seguimiento de los registros correspondientes;
Que del mismo modo, se persigue la creación del Departamento Planeamiento y Desarrollo del Personal y del Departamento Gestión de las Retribuciones Variables, con dependencia de la Gerencia de Recursos Humanos, motivada en la diversidad de las acciones de ambas unidades, entre las cuales se destacan por un lado aquellas orientadas a la planificación, desarrollo e integración del personal, y por el otro, aquellas dirigidas a administrar y gestionar las retribuciones complementarias y bonificaciones de la Agencia;
Que en consonancia con lo manifestado, se efectuó la revisión de acciones de las restantes áreas que integran la Gerencia de Recursos Humanos, procediendo a la readecuación de aquellas que corresponden a competencias que se definen en esta instancia para el Departamento Planeamiento y Desarrollo del Personal;
Que asimismo, procede modificar la denominación del Departamento Capacitación y Desarrollo del Personal, el cual pasará a denominarse Departamento Capacitación del Personal, como así también sus acciones, conservando su dependencia directa de la Gerencia de Recursos Humanos;
Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y la Contaduría General de la Provincia;
Que en razón de los motivos esgrimidos, resulta oportuno y conveniente, en esta instancia, el dictado del acto administrativo pertinente que materialice lo actuado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 4° inciso e) de la Ley N° 13.766;
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Modificar, en lo pertinente y de acuerdo a lo establecido en la presente, la estructura organizativa de esta Agencia de Recaudación que fuera aprobada por la Resolución Normativa N° 75/09 y demás actos administrativos ampliatorios, modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 2°. Suprimir, en el ámbito de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires ARBA, Gerencia General de Administración Gerencia de Recursos Humanos Subgerencia de Administración del Personal, el Departamento de Legajos y Registro Asistencial del Personal.
ARTÍCULO 3°. Suprimir, en el ámbito de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires ARBA, Gerencia General de Administración Gerencia de Recursos Humanos, el Departamento Planeamiento e Integración del Personal y el Departamento Capacitación y Desarrollo del Personal.
ARTÍCULO 4°. Efectuar dentro del Presupuesto General Ejercicio 2012 Ley N° 14.331 - Sector Público Provincial no Financiero Administración Provincial Organismos Descentralizados Jurisdicción 08 Entidad 21 Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, la transferencia de un (1) cargo:
DÉBITO
Programa 001 Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires Actividad Específica 002 Apoyo a la Acción Recaudatoria
Finalidad 1 Función 5 Fuente de Financiamiento 1.3
Partida Principal 1 Partida Subprincipal 1 Régimen Estatutario 01
Agrupamiento Ocupacional 06: JERÁRQUICOun (1) cargo
CRÉDITO
Programa 001 Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires
Actividad Específica 003 Apoyo Administrativo
Finalidad 1 Función 5 Fuente de Financiamiento 1.3
Partida Principal 1 Partida Subprincipal 1 Régimen Estatutario 01
Agrupamiento Ocupacional 06: JERÁRQUICOun (1) cargo
ARTÍCULO 5°. Aprobar e incorporar, en el ámbito de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires ARBA, el Departamento Legajos y Jubilaciones del Personal y el Departamento Registro Asistencial del Personal dependientes de la Subgerencia de Administración del Personal de la Gerencia de Recursos Humanos de la Gerencia General de Administración, todo ello de acuerdo al organigrama y acciones que como Anexos 1 y 2, respectivamente, forman parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 6°. Aprobar e incorporar, en el ámbito de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires ARBA, el Departamento Planeamiento y Desarrollo del Personal; el Departamento Gestión de las Retribuciones Variables; y el Departamento Capacitación del Personal, dependientes de la Gerencia de Recursos Humanos de la Gerencia General de Administración, todo ello de acuerdo al organigrama y acciones que como Anexos 1 y 2, respectivamente, forman parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 7°. Determinar, para la estructura organizativa aprobada precedentemente, los siguientes cargos: UN (1) cargo de Jefe de Departamento Legajos y Jubilaciones del Personal; UN (1) cargo de Jefe de Departamento Registro Asistencial del Personal; UN (1) cargo de Jefe de Departamento Planeamiento y Desarrollo del Personal; UN (1) cargo de Jefe de Departamento Gestión de las Retribuciones Variables; UN (1) cargo de Jefe de Departamento Capacitación del Personal; todos ellos conforme a los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública Provincial (Ley N° 10.430 T.O. por Decreto Nº 1869/96 y Decreto Reglamentario Nº 4161/96 ).
ARTÍCULO 8º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente, será atendido con cargo al Presupuesto General Ejercicio 2012 Ley N° 14.331 - Sector Público Provincial no Financiero Administración Provincial Organismos Descentralizados Jurisdicción 08 Entidad 21 Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, en la Categoría de Programa y Partida Presupuestaria que se indica:
Programa 001 Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires
Actividad Específica 003 Apoyo Administrativo
Finalidad 1 Función 5 Fuente de Financiamiento 1.3
Partida Principal 1 Partida Subprincipal 1 Régimen Estatutario 01
Agrupamiento Ocupacional 06: JERÁRQUICO
ARTÍCULO 9°. Modificar, en el ámbito de la Gerencia de Recursos Humanos dependiente de la Gerencia General de Administración, las Acciones aprobadas por la Resolución Normativa N° 75/09 para la Subgerencia de Administración del Personal y el Departamento Administrativo y Técnico Laboral, de acuerdo al Anexo 2 que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 10. Dentro del plazo de noventa (90) días hábiles, a partir de la fecha de publicación de la presente, la Gerencia General de Administración deberá arbitrar los medios necesarios para la elaboración de las plantas de personal innominadas y nominadas, con sujeción a la estructura organizativa aprobada por los artículos precedentes y previa intervención de los organismos y dependencias competentes.
ARTÍCULO 11. Propiciar, a través de la Gerencia General de Administración, el acto administrativo por el cual se limiten las designaciones de los Jefes de Departamento en los cargos suprimidos y se designe a los propuestos para las nuevas dependencias aprobadas, en orden a la reforma organizativa dispuesta por la presente.
ARTÍCULO 12. Registrar, comunicar a la Secretaría de Personal y Política de Recursos Humanos y al Ministerio de Economía, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Martín Di Bella
Director Ejecutivo
ANEXO 2
AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
GERENCIA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS
DEPARTAMENTO PLANEAMIENTO Y DESARROLLO DEL PERSONAL
ACCIONES
1. Llevar a cabo los procesos de búsqueda y selección de personal, en orden a los requerimientos del puesto a cubrir y a las necesidades de las áreas de la Agencia, en consonancia con las políticas de selección definidas.
2. Relevar, analizar y sistematizar los puestos de trabajo de la Agencia, de acuerdo a los procesos, flujos y procedimientos laborales identificados.
3. Desarrollar y ejecutar nuevas perspectivas teóricas y metodologías de trabajo y de evaluación de desempeño grupal y personal.
4. Diseñar e implementar programas de inducción y socialización organizacional para el personal ingresante, alineados con los programas de formación diseñados a tal fin por el Departamento de Capacitación del Personal.
5. Asistir a la Gerencia de Recursos Humanos en el diseño e implementación de sistemas de planificación organizacional y promoción del personal.
6. Realizar los estudios pertinentes sobre la organización y distribución de puestos y tareas, evaluando en forma permanente la dotación y distribución de los recursos humanos.
7. Relevar, identificar, analizar y monitorear las tendencias predominantes en el clima laboral a nivel global, regional y sectorial de la Agencia, atendiendo a la previsión y canalización de potenciales conflictos en las relaciones laborales.
8. Brindar asistencia en materia de relaciones laborales, con estrategias de intervención definidas, a las distintas áreas del organismo que así lo soliciten o ante recomendación de la Gerencia de Recursos Humanos.
9. Promover la integración y participación activa del personal.
10. Desarrollar, administrar y brindar un sistema integral de beneficios al personal en lo concerniente a salud, familia, guardería, turismo, actividades culturales, deportivas, recreativas, etc.
GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS
DEPARTAMENTO CAPACITACIÓN DEL PERSONAL
ACCIONES
1. Identificar con las diferentes áreas del organismo y en el marco de la planificación, las necesidades de capacitación.
2. Elaborar, proponer e implementar programas de capacitación para el personal de la Agencia en sus diversas materias: gerencial, de gestión, de salud, higiene y seguridad en el trabajo, tecnologías de la información y técnica (tributaria, catastral, sistemas de recaudación, procedimiento administrativo y todos aquellos temas con incumbencia en el organismo).
3. Organizar, proponer e implementar programas de capacitaciones continuas y/o especiales; presenciales y/o virtuales, jornadas, seminarios y conferencias, requiriendo la colaboración y participación de otras entidades y/o áreas del organismo con incumbencia en la materia a tratar.
4. Diseñar y administrar conjuntamente con las áreas de desarrollo informático, una plataforma de capacitación virtual.
5. Diseñar, organizar e implementar programas de formación inicial, a desarrollarse en las fases de los procesos de selección y/o en los programas de inducción, que los agentes ingresantes a la Agencia deben superar como aspirantes a los distintos puestos de trabajo del Organismo.
6. Elaborar, proponer e implementar la formación a entidades profesionales y otros organismos públicos que interactúan con la Agencia de Recaudación, en virtud de sus relaciones interinstitucionales en distintas materias de interés.
7. Propiciar e implementar, en línea con la puesta en marcha de un sistema de evaluación del desempeño del personal, aquellos programas de capacitación que contribuyan a la gestión de la planificación organizacional.
8. Establecer a partir de las descripciones de puestos de la Agencia, los requerimientos de capacitación necesarios para una promoción interna o, la ponderación de los antecedentes formativos que los aspirantes acrediten; esto en el marco de los procedimientos aprobados.
9. Participar y colaborar respecto al aprendizaje y capacitación inherentes a las asistencias técnicas y/o incorporación de nuevas herramientas de gestión que deriven de los convenios de colaboración subscriptos con otras entidades nacionales o internacionales.
10.Realizar el seguimiento de los programas de capacitación implementados y emitir los informes de gestión correspondientes.
11.Administrar las instancias involucradas en el proceso de capacitación interna: inscripciones, asistencia a cursos, evaluación o aprobación de las actividades y su correspondiente certificación.
12.Elaborar, revisar y validar todos los manuales, presentaciones, documentos y materiales didácticos de los diferentes cursos de capacitación, conjuntamente con los equipos de trabajo y docentes intervinientes.
13.Elaborar, proponer y ejecutar la partida presupuestaria asociada a las actividades de capacitación interna.
GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS
DEPARTAMENTO GESTIÓN DE LAS RETRIBUCIONES VARIABLES
ACCIONES
1. Analizar, desarrollar e implementar la política de retribuciones complementarias aplicable, según la normativa legal vigente y las directivas impartidas por la Dirección Ejecutiva de esta Agencia.
2. Asesorar e informar en forma permanente a las distintas unidades orgánicas y a los agentes en general, sobre los requisitos, procedimientos y metodologías de cálculo de las retribuciones.
3. Analizar, controlar y/o procesar la información recibida por las distintas unidades orgánicas de la Agencia, a los efectos de poder confeccionar las liquidaciones previas correspondientes a bonificaciones variables, premios por productividad, servicios extraordinarios, viáticos y movilidad, en cumplimiento de la normativa legal vigente y de las directivas impartidas por la Dirección Ejecutiva.
4. Establecer la metodología general para la organización y coordinación de la función de recursos humanos; y el procedimiento específico, para la convocatoria, inscripción, selección, liquidación de retribuciones, y evaluación del desempeño, de los agentes afectados a los operativos de recaudación, fiscalización y cooperación técnica, según la normativa legal vigente.
5. Coordinar con el Departamento de Liquidación de Remuneraciones de la Gerencia de Presupuesto y Contabilidad el procedimiento administrativo mediante el cual se remite y/o comunica la documentación correspondiente a las liquidaciones previas para su liquidación final.
6. Efectuar la asignación de los cupos presupuestarios de las unidades operativas complementarias (UOC), servicios extraordinarios, viáticos y movilidad, en orden al presupuesto aprobado por la Gerencia General de Administración para todas las dependencias de la Agencia, generando informes periódicos para el control de gestión.
7. Administrar y actualizar los sistemas informáticos y/o soportes tecnológicos en los que se registra y almacena la información correspondiente a las liquidaciones previas referidas a bonificaciones variables, servicios extraordinarios, viáticos y movilidad.
8. Organizar y mantener actualizado el archivo y registro de la documentación respaldatoria de las solicitudes y liquidaciones de operativos.
9. Proyectar los actos administrativos vinculados a las autorizaciones de traslado del personal de la Agencia en comisión de servicio, a otras jurisdicciones.
10. Administrar la asignación de fondos en concepto de caja chica, destinados a atender las erogaciones de menor cuantía de la Gerencia de Recursos Humanos.
11. Generar informes gerenciales periódicos sobre las temáticas de su incumbencia y aquellos requeridos por la Gerencia General de Administración, en orden a la información que administra el Departamento.
GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS
SUBGERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DEL PERSONAL
ACCIONES
1. Generar políticas, procesos y procedimientos de administración del personal, difundiendo y velando por su aplicación y cumplimiento.
2. Velar por la aplicación eficiente y buen cumplimiento del régimen laboral vigente en materia de personal en el ámbito de la administración pública provincial.
3. Realizar la planificación presupuestaria en materia de planteles básicos del organismo, formular el presupuesto anual y realizar su seguimiento y evaluación, remitiendo a la Gerencia de Presupuesto y Contabilidad a sus efectos de administración, control y seguimiento de la ejecución del presupuesto anual.
4. Administrar, analizar y controlar la plantilla de personal en materia de cargos presupuestados.
5. Coordinar, evaluar y analizar la implementación y/o utilización de un sistema de información integrado de gestión de recursos humanos y toda otra herramienta tecnológica, que recabe y ordene la información existente en materia de personal, facilite su estudio y análisis, y permita ofrecer a los agentes, administradores y autoridades, información relevante en materia de empleo público en el ámbito de la Agencia de Recaudación.
6. Generar estadísticas de personal que sean requeridas por el Organismo Central de Personal, la Dirección Ejecutiva y toda autoridad con competencia que así lo requiera, ajustándose a las especificaciones que en cada caso se establezcan.
7. Informar y asesorar a través de la Gerencia General de Administración a la Dirección Ejecutiva en temas concernientes a planteles básicos, vacantes y cargos presupuestados de las reparticiones de la Agencia, como así también al Organismo Central de Personal y toda autoridad con competencia en la materia que así lo requiera.
8. Coordinar y supervisar las actuaciones de las áreas a su cargo.
GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS
SUBGERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DEL PERSONAL
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO Y TÉCNICO LABORAL
ACCIONES
1. Atender el trámite de todas las actuaciones relacionadas con la aplicación de las normativas vigentes en materia de recursos humanos del personal de la Agencia.
2. Gestionar los procedimientos administrativos de designación, traslado, reconocimiento de funciones, ceses y demás circunstancias vinculadas a la situación de revista de los agentes de la Agencia.
3. Investigar, analizar y evaluar el desarrollo de los procedimientos administrativos, proponiendo acciones que contribuyan a su mejora continua.
4. Proyectar los actos administrativos vinculados a la administración de recursos humanos de la Agencia y desarrollar los mecanismos necesarios para su formulación, comunicación y/o notificación.
5. Organizar, mantener y controlar las bases de datos de Recursos Humanos, estableciendo las normas y los estándares de seguridad, a los que han de ajustarse los usuarios para acceder, actualizar, resguardar y comunicar dichos datos.
GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS
SUBGERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DEL PERSONAL
DEPARTAMENTO LEGAJOS Y JUBILACIONES DEL PERSONAL
ACCIONES
1. Confeccionar, administrar, supervisar, actualizar y resguardar el Legajo Personal de cada agente y ex agentes de la Jurisdicción, en función de la información documental declarada.
2. Desarrollar y mantener actualizado un registro del personal de la Agencia respecto a las cargas de familia, asignaciones familiares y afiliaciones sindicales, declaradas por los agentes en su Legajo Personal, correspondiendo luego su comunicación al área con competencia en materia liquidatoria de haberes, en orden a lo establecido por la normativa vigente.
3. Emitir las certificaciones laborales, en función de la información obrante en el Legajo Personal servicios, familia, antecedentes para su presentación en diversos trámites administrativos.
4. Emitir las nóminas de personal en condiciones de acceder al beneficio jubilatorio, en el marco de lo previsto por la legislación vigente en materia _rovisional en la provincia de Buenos Aires.
5. Asesorar a los agentes del organismo en materia _rovisional.
6. Elaborar y gestionar las actuaciones administrativas como así también proyectar el acto administrativo mediante el cual se propicia el cese de los agentes a los fines _rovisionales.
7. Elaborar y gestionar ante el Instituto de Previsión Social (IPS) las certificaciones necesarias para la obtención por parte del personal de la Agencia de los beneficios _rovisionales previstos por las normativas legales vigentes.
8. Facilitar y coordinar con el Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA), la afiliación y todo lo relacionado a la asistencia médica de los agentes de la Agencia de Recaudación ante dicho Instituto y articular ante la Dirección de Medicina Ocupacional las acciones tendientes a la verificación de la buena salud y aptitud psíquica de los agentes.
9. Elaborar informes técnicos, requeridos por las autoridades con competencia y otros Organismos que pudieran corresponder.
GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS
SUBGERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DEL PERSONAL
DEPARTAMENTO REGISTRO ASISTENCIAL DEL PERSONAL
ACCIONES
1. Administrar, supervisar y actualizar los sistemas de registros asistenciales, en cumplimiento y observación del régimen horario, normas de asistencia, puntualidad y permanencia en el lugar de trabajo de todo el personal de la Agencia, propiciando las acciones administrativas que deriven del incumplimiento asistencial, debiendo dar intervención al área con competencia en materia disciplinaria para la aplicación de sanciones, en caso de corresponder.
2. Relevar la información referida a dotaciones de personal y ausentismos para proceder con la elaboración de las estadísticas mensuales y anuales en materia de asistencia de personal.
3. Propiciar ante los Organismos de Contralor Médico la tramitación de las licencias por enfermedad, juntas médicas, accidentes de trabajo u otras situaciones que requieran su intervención.
4. Desarrollar y mantener actualizado un registro del personal de la Agencia respecto a la asistencia, licencias, ausentismo, y todo lo que la normativa vigente establezca en la materia, con la finalidad de proporcionar las novedades para la liquidación mensual de haberes.
5. Facilitar y coordinar ante la autoridad de aplicación, las actividades propias de alta, baja, modificación, relativas al régimen de autoseguros de riesgos del trabajo.
6. Elaborar informes técnicos a requerimiento de las autoridades con competencia y otros Organismos que pudieran corresponder.
C.C. 0056