DECRETO 2.196
La Plata, 8 de octubre de 2008.
VISTO el expediente N° 2300-3335/08 del Ministerio de Economía, por el que tramita un proyecto de Decreto referido a la política salarial para los agentes del Servicio Penitenciario Bonaerense, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Provincial ha determinado la política salarial a regir desde el
día 1º de agosto de 2008 inclusive, para el Personal del Servicio Penitenciario
Bonaerense;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 22 de la Ley Nº 13.786 de Presupuesto General para el Ejercicio 2008,
y el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
ARTICULO 1°. Establecer
los sueldos básicos para el Personal del Servicio Penitenciario Bonaerense que
pertenezca al Escalafón Cuerpo General, Escalafones Profesional y Técnico,
Administrativo y Auxiliar, y para los Aspirantes de 1º y 2º Año, en los
importes que se determinan en el Anexo A que forma parte del presente.
ARTICULO 2°. Establecer la Bonificación Remunerativa No Bonificable para el
Personal con Título, la Bonificación Remunerativa No Bonificable para el
Personal que no posee Título y la Bonificación Remunerativa No Bonificable para
los Aspirantes de 1° y 2° Año fijadas para el Personal del Escalafón Cuerpo
General del Servicio Penitenciario Bonaerense por el Decreto Nº 2198/05
modificado por los Decretos N° 730/06, N° 642/07, Nº 3346/07 y Nº 867/08, en
los importes determinados en el Anexo B que forma parte del presente.
ARTICULO 3°. Establecer la Bonificación Remunerativa No Bonificable fijada para
el Personal de los Escalafones Profesional y Técnico, Administrativo y Auxiliar
del Servicio Penitenciario Bonaerense por el Decreto N° 2198/05 modificado por
los Decretos N° 730/06, N° 642/07, Nº 3346/07 y Nº 867/08, en los importes
determinados en el Anexo C que forma parte del presente.
ARTICULO 4º. Establecer que las disposiciones del presente serán de aplicación
a partir del día 1º de agosto de 2008 inclusive.
ARTICULO 5°. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios
en los Departamentos de Economía, de Justicia y de Jefatura de Gabinete y
Gobierno.
ARTICULO 6°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial, al SINBA y
pasar a la Contaduría General de la Provincia. Cumplido, archivar.
Rafael Perelmiter
Daniel
Osvaldo Scioli
Ministro de Economía Gobernador
Ricardo Casal
Alberto
Pérez
Ministro de Justicia
Ministro de
Jefatura de
Gabinete
y Gobierno
ANEXO A: Sueldos Básicos -artículo 1º-.
Escalafón Cuerpo General, Escalafones Profesionales y Técnicos, Administrativo y Auxiliar y Aspirantes de 1º y 2º Año.
Categoría |
Sueldo Básico |
|
- en $ - |
Inspector General |
1.320,97 |
Inspector Mayor |
1.220,96 |
Prefecto Mayor |
1.085,20 |
Prefecto y Subprefecto |
930,69 |
Alcaide Mayor y Alcaide |
768,39 |
Subalcaide, Adjutor y Suboficial |
|
Mayor |
722,06 |
Suboficial Principal y Sargento |
|
Ayudante |
636,24 |
Sargento Primero y Sargento |
447,01 |
Cabo Primero, Cabo y Guardia |
342,30 |
Cadete 2º Año |
277,71 |
Cadete 1º Año |
239,35 |
ANEXO B: Bonificaciones Remunerativas No Bonificables -artículo 2º-.
Escalafón Cuerpo General con Título.
Categoría |
Bonificación |
|
Remunerativa no |
|
Bonificable |
|
- en $ - |
Inspector General |
13.957,09 |
Inspector Mayor |
8.797,67 |
Prefecto Mayor |
7.231,74 |
Prefecto y Subprefecto |
5.205,82 |
Alcaide Mayor y Alcaide |
2.622,82 |
Subalcaide, Adjutor y Suboficial Mayor |
2.553,37 |
Suboficial Principal y Sargento Ayudante |
2.364,63 |
Sargento Primero y Sargento |
2.077,40 |
Cabo Primero, Cabo y Guardia |
1.928,07 |
Escalafón Cuerpo General que no posee Título.
Categoría |
Bonificación Remunerativa |
|
no Bonificable |
|
- en $ - |
Suboficial Principal y Sargento |
|
Ayudante |
2.130,61 |
Sargento Primero y Sargento |
1.921,86 |
Cabo Primero, Cabo y Guardia |
1.814,09 |
Aspirantes de 1º y 2º Año.
Categoría |
Bonificación Remunerativa |
|
no Bonificable |
|
- en $ - |
Cadete 2º Año |
627,57 |
Cadete 1º Año |
663,39 |
ANEXO C: Bonificación Remunerativa No Bonificable -artículo 3º-.
Escalafones Profesionales y Técnicos, Administrativo y Auxiliar.
Categoría |
Bonificación Remunerativa |
|
no Bonificable |
|
- en $ - |
Inspector General |
8.210,02 |
Inspector Mayor |
6.205,82 |
Prefecto Mayor |
5.087,27 |
Prefecto y Subprefecto |
3.636,59 |
Alcaide Mayor y Alcaide |
1.781,03 |
Subalcaide, Adjutor y Suboficial Mayor |
1.738,32 |
Suboficial Principal y Sargento Ayudante |
1.615,37 |
Sargento Primero y Sargento |
1.438,27 |
Cabo Primero, Cabo y Guardia |
1.389,82 |