DECRETO 2.196

La Plata, 8 de octubre de 2008.

VISTO el expediente N° 2300-3335/08 del Ministerio de Economía, por el que tramita un proyecto de Decreto referido a la política salarial para los agentes del Servicio Penitenciario Bonaerense, y

CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Provincial ha determinado la política salarial a regir desde el día 1º de agosto de 2008 inclusive, para el Personal del Servicio Penitenciario Bonaerense;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 22 de la Ley Nº 13.786 de Presupuesto General para el Ejercicio 2008, y el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:

ARTICULO 1°. Establecer los sueldos básicos para el Personal del Servicio Penitenciario Bonaerense que pertenezca al Escalafón Cuerpo General, Escalafones Profesional y Técnico, Administrativo y Auxiliar, y para los Aspirantes de 1º y 2º Año, en los importes que se determinan en el Anexo A que forma parte del presente.
ARTICULO 2°. Establecer la Bonificación Remunerativa No Bonificable para el Personal con Título, la Bonificación Remunerativa No Bonificable para el Personal que no posee Título y la Bonificación Remunerativa No Bonificable para los Aspirantes de 1° y 2° Año fijadas para el Personal del Escalafón Cuerpo General del Servicio Penitenciario Bonaerense por el Decreto Nº 2198/05 modificado por los Decretos N° 730/06, N° 642/07, Nº 3346/07 y Nº 867/08, en los importes determinados en el Anexo B que forma parte del presente.
ARTICULO 3°. Establecer la Bonificación Remunerativa No Bonificable fijada para el Personal de los Escalafones Profesional y Técnico, Administrativo y Auxiliar del Servicio Penitenciario Bonaerense por el Decreto N° 2198/05 modificado por los Decretos N° 730/06, N° 642/07, Nº 3346/07 y Nº 867/08, en los importes determinados en el Anexo C que forma parte del presente.
ARTICULO 4º. Establecer que las disposiciones del presente serán de aplicación a partir del día 1º de agosto de 2008 inclusive.
ARTICULO 5°. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Economía, de Justicia y de Jefatura de Gabinete y Gobierno.
ARTICULO 6°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial, al SINBA y pasar a la Contaduría General de la Provincia. Cumplido, archivar.

Rafael Perelmiter              Daniel Osvaldo Scioli
Ministro de Economía         Gobernador

Ricardo Casal                     Alberto Pérez
Ministro de Justicia           Ministro de Jefatura de
                                    Gabinete y Gobierno

ANEXO A: Sueldos Básicos -artículo 1º-.

Escalafón Cuerpo General, Escalafones Profesionales y Técnicos, Administrativo y Auxiliar y Aspirantes de 1º y 2º Año.

Categoría

Sueldo Básico

 

- en $ -

Inspector General

1.320,97

Inspector Mayor

1.220,96

Prefecto Mayor

1.085,20

Prefecto y Subprefecto

930,69

Alcaide Mayor y Alcaide

768,39

Subalcaide, Adjutor y Suboficial

 

Mayor

722,06

Suboficial Principal y Sargento

 

Ayudante

636,24

Sargento Primero y Sargento

447,01

Cabo Primero, Cabo y Guardia

342,30

Cadete 2º Año

277,71

Cadete 1º Año

239,35


ANEXO B: Bonificaciones Remunerativas No Bonificables -artículo 2º-.

Escalafón Cuerpo General con Título.

Categoría

Bonificación

 

Remunerativa no

 

Bonificable

 

- en $ -

Inspector General

13.957,09

Inspector Mayor

8.797,67

Prefecto Mayor

7.231,74

Prefecto y Subprefecto

5.205,82

Alcaide Mayor y Alcaide

2.622,82

Subalcaide, Adjutor y Suboficial Mayor

2.553,37

Suboficial Principal y Sargento Ayudante

2.364,63

Sargento Primero y Sargento

2.077,40

Cabo Primero, Cabo y Guardia

1.928,07


Escalafón Cuerpo General que no posee Título.

Categoría

Bonificación Remunerativa

 

no Bonificable

 

- en $ -

Suboficial Principal y Sargento

 

Ayudante

2.130,61

Sargento Primero y Sargento

1.921,86

Cabo Primero, Cabo y Guardia

1.814,09


Aspirantes de 1º y 2º Año.

Categoría

Bonificación Remunerativa

 

no Bonificable

 

- en $ -

Cadete 2º Año

627,57

Cadete 1º Año

663,39


ANEXO C: Bonificación Remunerativa No Bonificable -artículo 3º-.

Escalafones Profesionales y Técnicos, Administrativo y Auxiliar.

Categoría

Bonificación Remunerativa

 

no Bonificable

 

- en $ -

Inspector General

8.210,02

Inspector Mayor

6.205,82

Prefecto Mayor

5.087,27

Prefecto y Subprefecto

3.636,59

Alcaide Mayor y Alcaide

1.781,03

Subalcaide, Adjutor y Suboficial Mayor

1.738,32

Suboficial Principal y Sargento Ayudante

1.615,37

Sargento Primero y Sargento

1.438,27

Cabo Primero, Cabo y Guardia

1.389,82