DECRETO-LEY 7580/69

 

 

 

 

Declarando a la Isla Martín García parque y reserva recreativa provincial sometido al régimen prescripto por la Ley 5254 y sus modificatorias

 

 

 

 

 

                        Visto el decreto 2091/969, que autoriza a los gobiernos provinciales a ejercer las facultades legislativas conferidas por el artículo 9° del estatuto de la Revolución Argentina sin necesidad de recabar autorización al Gobierno Nacional,

 

 

 

 

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

 

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERA DE

 

 

 

 

 

LEY

 

 

 

 

ARTICULO 1.- Sustituyese el artículo 2° de la Ley 5838 por el siguiente:

 

 

 

 

 

Articulo 2.- La Isla Martín García formará parte del partido de La Plata a los efectos jurisdiccionales y legales.

 

 

 

 

 

ARTICULO 2.- Incorpórase a la Ley 5838 a continuación de su artículo 3°, el siguiente nuevo articulo

 

 

 

 

 

Artículo nuevo.- Declárase a la Isla Martín García parque y reserva recreativa provincial sometido al régimen prescripto por la Ley 5254 y sus modificatorias

 

 

 

 

 

ARTICULO 3.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley, se atenderán con cargo a Rentas Generales.

 

 

 

 

 

ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.