LEY 3812
Reparación de puentes sobre el Arroyo Maldonado, en San Martín.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a proceder a la reparación de los puentes situados sobre el arroyo Maldonado, uno en la calle Santamarina y otro en la calle Reconquista, de la zona urbana del partido de General San Martín, y cuyos presupuestos ascienden a tres mil quinientos noventa y siete, y seis mil doscientos setenta y cinco pesos con cincuenta centavos moneda nacional, respectivamente, de acuerdo con los estudios efectuados por el Ministerio de Obras Públicas.
ARTÍCULO 2.- Impútese los gastos correspondientes al ítem 129 del Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.