LEY 13643

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTICULO 1.- Facúltase a los Ejecutivos Municipales a destinar fondos para el cumplimiento del pago de la cuota inicial correspondiente al programa de inclusión previsional de la Administración Nacional Servicios Sociales (ANSES), en el marco de las Leyes 25.994, artículo 6° 24.476 y el Decreto 1454/05, cuyos beneficiarios se domicilien en sus Distritos y acrediten sumariamente carecer de recursos para afrontar dicho pago.


ARTICULO 2.- El cumplimiento de la presente será con cargo a rentas generales del ejercicio fiscal correspondiente al Distrito y así se computará.


ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.