Fundamentos de la Ley 13794 HONORABLE LEGISLATURA: Se
somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley que se
adjunta para su sanción, a través del cual se propicia la modificación de los
artículos 40 y 78, y la suspensión del artículo 71 de La
sanción de Para su implementación se determinó por vía reglamentaria, que el cargo de jefe de Policía Comunal, sería ejercido por un efectivo que revistiere en el grado de capitán, percibiendo por esa función una remuneración equivalente al grado de inspector. Todo
ello en concordancia con lo regulado por Posteriormente,
mediante la sanción de La ley
mencionada regula en su artículo 78 que: "El jefe de Policía de
Seguridad Comunal deberá revistar en el grado no inferior al de capitán del
escalafón de Asimismo, establece que el cargo de jefe de Policía de Seguridad de Distrito recaerá sobre en un funcionario policial con el grado de inspector, determinando asimismo que cuando la cantidad de población sea inferior a setenta mil (70.000) habitantes, y la extensión territorial y el mapa del delito lo justifiquen, la designación podrá recaer en un funcionario policial con el grado de capitán y su remuneración será equivalente al grado inmediato superior. Que con el objeto de mantener un equilibrio funcional y de responsabilidad, este proyecto propone modificar los artículos mencionados en el entendimiento que tal como han quedado redactadas las normas, podrían romper el equilibrio que requieren los niveles de mando en la organización policial, toda vez que al determinar que deberán revistar en un grado no inferior a capitán, se entiende que podría la función ser ejercida por un inspector, el cual percibiría un salario que lo colocaría en una mejor situación y desigual frente a los demás jefes de mandos descentralizados por distritos. Por
otro lado, el artículo 71 de Para la implementación de dicha elección, deviene necesario garantizar la transparencia, igualdad de oportunidades y condiciones para la postulación de los candidatos, circunstancia que amerita suspender su aplicación hasta tanto se apruebe el procedimiento para su cumplimiento. A mérito de las consideraciones vertidas, es que se solicita a ese Honorable Cuerpo la pronta sanción del proyecto adjunto. Dios guarde a Vuestra Honorabilidad. |