LEY 8198
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Fíjase a partir del 1º de Julio de 1974, para el personal de Policía y del Servicio Correccional de la Provincia, los sueldos básicos, que por categoría, se detallan a continuación:
I – OFICIALES
Inspector General 7.500
Inspector Mayor 6.875
Comisario Inspector o Prefecto Mayor 6.250
Comisario o Prefecto 5.662
Subcomisario o Subprefecto 4.662
Oficial Principal o Alcaide Mayor 3.894
Oficial Inspector o Alcaide 3.187
Oficial Subinspector o Subalcaide 2.837
Oficial Ayudante o Adjuntor 2.475
Oficial Subayudante o Subadjuntor 2.125
II- SUBOFICIALES Y TROPAS
Suboficial Mayor 3.662
Suboficial Principal 3.337
Sargento Ayudante 3.000
Sargento 1º 2.662
Sargento 2.475
Cabo 1º 2.125
Cabo 1.769
Agente o Guardia 1.500
ARTÍCULO 2.- Las remuneraciones mínimas del personal menor de diez y ocho (18) años de edad, serán las que resulten de aplicar los porcentajes que seguidamente se consignan según las edades, sobre la remuneración de la categoría “Agente” o “Guardia”.
Hasta 15 años………………………………60 %
Hasta 16 años……………………………… 65 %
Hasta 17 años……………………………… 75 %
Hasta 18 años……………………………….85%
ARTÍCULO 3.- Establécese que a partir del 1º de Julio de 1974, el suplemento por antigüedad determinado por el artículo 5º de la Ley 8033 par el Personal de Policía y del Servicio Correccional, será de Trece Pesos ($ 13,00) por cada año de servicio.
ARTÍCULO 4.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se atenderá con los créditos específicos previstos en el Presupuesto General de la Provincia para el Ejercicio 1974, aprobado por Ley 8167.
ARTÍCULO 5.- Autorízase al Poder Ejecutivo a fijar a partir del 1º de Octubre de 1974, nuevas escalas de retribuciones para el Personal de Policía y del Servicio Correccional de la Provincia coincidentes con las vigentes a esa fecha en la Policía Federal, para lo cual podrá realizar los incrementos y ajustes que resulten necesarios en el Presupuesto General 1974.
ARTÍCULO 6.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.