FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9225

 

Por la presente ley se fija como nuevo destino con el carácter de utilidad pública como causa expropiatoria para el inmueble para el inmueble mencionado en el artículo 1, el de construcción de un edificio para funcionamiento de los Tribunales del Departamento Judicial de Morón.

La norma sancionada se fundamenta en que el inmueble que fue destinado para tal fin por la ley 8821, resultaba inadecuado a las necesidades del servicio dentro de los lineamientos que en esa materia se ha fijado el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.

Finalmente, la derogación prevista en el artículo 3 de la ley sancionada obedece a razones de técnica legislativa.