FUNDAMENTOS DE LA
LEY 8616
El gobierno provincial –atento a las pautas establecidas en los puntos 4 y 6 de los Objetivos Básicos para el Proceso de Reorganización Nacional- se encuentra abocado al análisis de la ley 8.585, que ha de regular el ejercicio de la actividad notarial, con el propósito de lograr que ella constituya el instrumento idóneo que contemple las necesidades del servicio fedatario y el legítimo interés de los profesionales que lo prestan.
La mencionada ley, por imperio de su artículo 214, se encuentra próxima a su entrada en vigencia, lo que hace aconsejable dilatar por un breve plazo este hecho, hasta que los estudios a que se hizo referencia precedentemente, ya concluidos, cumplan con los requisitos técnicos y legales vigentes.