LEY 8370
Sustituyendo el artículo 6º de la Ley 4688, según texto de la Ley 7432.
NOTA: La Ley 4688 se encuentra Derogada por Ley 9319.
AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Sustitúyese el artículo 6º de la Ley 4688, según texto Ley 7432, por el siguiente:
“Artículo 6.- De acuerdo a la clasificación que precede, las entidades reconocidas gozarán -con retroactividad al 1º de Enero de 1974- de subvenciones mensuales, de conformidad con el siguiente detalle:
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.