DEROGADA POR LEY 5801
LEY 4142
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE
LEY
ARTÍCULO
1.- Apruébase el convenio ad-referéndum celebrado entre el
Poder Ejecutivo y el Jockey Club de
ARTÍCULO 2.- Derógase el artículo 2 de la ley número 3918 del 30 de mayo do 1927.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
NOTA: El Convenio puede ser consultado en nuestro sitio web en su versión PDF.