DECRETO 1401/2024

LA PLATA, 27 de Julio de 2024

VISTO el expediente EX-2023-28235492-GDEBA-OPNYAMDCGP del Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, mediante el cual se propicia aceptar la renuncia de Mariano Ángel NAVARRO al cargo de Director de Región de Centros Cerrados II del citado organismo, y regularizar su situación prestacional, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto N° 77/20 se aprobó la estructura orgánica funcional del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, modificada por los Decretos Nº 510/21, Nº 53/22 y N° 206/24;

Que, por Decreto Nº 2554/22, Mariano Ángel NAVARRO fue designado en el cargo de Director de Región de Centros Cerrados II, reservándose por dicho acto su cargo de revista en el Agrupamiento Personal Técnico, Categoría 12, Clase 2, Grado VII, Código 4-0031-VII-2, Asistente de Minoridad “C”, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor en el Instituto de Máxima Seguridad Almafuerte, ambas gestiones a partir del 1° de julio de 2022;

Que mediante los párrafos decimosegundo y decimoquinto de la parte considerativa del citado Decreto Nº 2554/22 se dispuso la reserva del cargo del interesado, en los términos del artículo 23 de la Ley Nº 10.430, correspondiendo en esta instancia su rectificación, toda vez que dicha gestión debía encuadrarse en las previsiones del artículo 109 del mismo cuerpo normativo;

Que, asimismo, es dable señalar que por Resolución Nº 907/23 del Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia, se reubicó al citado agente, de manera excepcional y por única vez, a partir del 1º de abril de 2023, en un cargo del Agrupamiento Personal Técnico, Categoría 14, Clase 1, Grado V, Código 4-0030-V-1, Asistente de Minoridad “B”, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor en el Instituto de Máxima Seguridad Almafuerte;

Que, en este sentido, resulta pertinente regularizar la reserva de cargo usufructuada por Mariano Ángel NAVARRO con motivo de su desempeño como Director de Región de Centros Cerrados II en el Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, teniendo en consideración la reubicación detallada en el párrafo precedente;

Que, finalmente, el citado agente presentó la renuncia al cargo de Director de Región de Centros Cerrados II del organismo de referencia, a partir del 18 de abril de 2023, por lo que corresponde dictar el acto administrativo que acepte la misma;

Que la Dirección de Sumarios Administrativos informó que el funcionario saliente no registra actuaciones sumariales pendientes de resolución;

Que ha prestado conformidad la Directora Ejecutiva del Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público y la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, ambas de Secretaría General;

Que la gestión que se promueve se impulsa conforme los términos de los artículos 14 inciso b) y 109 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96 y del artículo 115 del Decreto-Ley N° 7647/70;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENO AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Rectificar los párrafos decimosegundo y decimoquinto de la parte considerativa del Decreto Nº 2554/22, que quedarán redactados de la siguiente manera, respectivamente:

“Que, en consecuencia, corresponde disponer la reserva de los cargos de revista citados anteriormente, por el plazo que se desempeñen en los cargos propuestos, de acuerdo con las determinaciones del artículo 109 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96);”

“Que la gestión encuadra en lo establecido en los artículos 107, 108, 109 y 121 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), su Decreto Reglamentario Nº 4161/96 y modificatorios;”

ARTÍCULO 2°. Limitar, en la Jurisdicción 1.1.2.18.00.002 - ORGANISMO PROVINCIAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, a partir del 31 de mayo de 2023 inclusive, la reserva del cargo de revista del agente Mariano Ángel NAVARRO (DNI N° 25.224.332 – Clase 1976) en la Planta Permanente de la Ley N° 10.430, Agrupamiento Personal Técnico, Categoría 12, Clase 2, Grado VII, Código 4-0031-VII-2, Asistente de Minoridad “C”, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor en el Instituto de Máxima Seguridad Almafuerte, oportunamente concedida por Decreto Nº 2554/22 en el marco de lo previsto en el artículo 109 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por el Decreto N° 1869/96).

ARTÍCULO 3°. Dar por concedida, en la Jurisdicción 1.1.2.18.00.002 - ORGANISMO PROVINCIAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, a partir del 1° de abril de 2023 y hasta el 18 de abril de 2023 inclusive, la reserva del cargo de revista del agente Mariano Ángel NAVARRO (DNI N° 25.224.332 – Clase 1976) en la Planta Permanente de la Ley Nº 10.430, en el Agrupamiento Personal Técnico, Categoría 14, Clase 1, Grado V, Código 4-0030-V-1, Asistente de Minoridad “B”, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor en el Instituto de Máxima Seguridad Almafuerte, atento su desempeño como Director de Región de Centros Cerrados II, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por el Decreto N° 1869/96).

ARTÍCULO 4°. Aceptar, en la Jurisdicción 1.1.2.18.00.002 - ORGANISMO PROVINCIAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, a partir del 18 de abril de 2023, la renuncia presentada por Mariano Ángel NAVARRO (DNI N° 25.224.332 – Clase 1976), al cargo de Director de Región de Centros Cerrados II, en el que fuera designado por Decreto Nº 2554/22, de conformidad con lo previsto en el artículo 14 inciso b) de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por el Decreto N° 1869/96) y su reglamentación aprobada mediante el Decreto N° 4161/96

ARTÍCULO 5º. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Desarrollo de la Comunidad y Gobierno.

ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar, y dar al SINDMA. Cumplido, archivar.

Andres Larroque, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.