Provincia de
Buenos Aires
CONTADURÍA GENERAL
Resolución N°
731
VISTO el decreto 105/09 por el cual se dictaron normas internas para cuidar la calidad y productividad del gasto público;
CONSIDERANDO
Que el Decreto 105/09 dispuso en su artículo 1°, inciso 11) “Limitar las
subvenciones, subsidios y erogaciones a favor de terceros”, responsabilidad
primaria que recae en los señores Ministros y Secretarios de Estado, Titulares
de los Organismos Descentralizados y de
Que por el art. 5° determinó que el Ministerio de
Economía fuera
Que transcurridos tres meses desde el dictado de la norma, resulta necesario
que aquellos subsidios, subvenciones y erogaciones a favor de terceros, que en
razón de la importancia de sus objetos, cuantías, finalidades o número sean
susceptibles de impactar en la ejecución presupuestaria, se remitan al
Ministerio de Economía para que evalúe la conveniencia, mérito u oportunidad de
proseguir aquellas actuaciones que este Organismo haya dado curso favorable;
Que a tales fines corresponde instruir a
Que la presente se dicta en función de las atribuciones del artículo 104 inc.
a) y f) de
Por ello
EL CONTADOR GENERAL DE
Artículo 1°. Disponer la
remisión al Ministerio de Economía de las actuaciones por las que se gestionan
subsidios, subvenciones y erogaciones a favor de terceros que le sean
reenviadas a
Artículo 2°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA.
Cumplido, archivar.
Carlos Alberto Machiaroli
Contador General de
C.C. 5.389