Provincia de Buenos Aires
AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DIRECCIÓN EJECUTIVA
Resolución Normativa Nº 15/11
La Plata, 18 de marzo de 2011.
VISTO que por el expediente Nº 2360-306.591/10 se propicia fijar el valor del abono correspondiente al período 2011, para el servicio de casillero único vinculado a la entrega de documentación a profesionales y gestores administrativos, y
CONSIDERANDO:
Que con el objeto de otorgar mayor seguridad en el manejo de la documentación y facilitar el accionar de los profesionales y gestores administrativos, mediante Decreto Nº 13.885/68 se autorizó al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires a implementar el sistema de casillero único;
Que mediante el Decreto Nº 1.627/09 se transfirieron a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires las atribuciones a las que se hace referencia en el párrafo anterior, correspondientes a la implementación y administración del sistema de entrega de la documentación que los usuarios tramiten ante esta Autoridad de Aplicación;
Que, asimismo, mediante el artículo 2º del Decreto Nº 1.627/09 se autoriza a este organismo recaudador a reglamentar la prestación de dicho servicio y fijar el valor de su abono con intervención de la Contaduría General de la Provincia;
Que por Resolución Normativa Nº 36/10, esta Agencia de Recaudación fijó los procedimientos para la implementación del sistema;
Que en la instancia, corresponde proceder a fijar el valor del abono anual, correspondiente
al período 2011;
Que a efectos de cuantificar adecuadamente el valor del mismo, se considera razonable tomar en consideración lo dispuesto por el artículo 80 de la Ley Nº 14.200,
Impositiva para el período 2011, que fija en la suma de Pesos quinientos ($ 500) la tasa especial por la locación de casillero efectuada por la Dirección Provincial de Registro de la Propiedad Inmueble;
Que han tomado la intervención que les compete la Contaduría General de la Provincia de Buenos Aires, así como la Gerencia General de Servicios Presenciales y Remotos y la Subdirección Ejecutiva de Planificación y Coordinación;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13.766;
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º - Establecer en el monto de Pesos quinientos ($500), el abono anual a satisfacer por el servicio de casillero único por el período 2011, de conformidad a lo establecido por la Resolución Normativa Nº 36/10.
ARTÍCULO 2º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA.
Cumplido, archivar.
Martín Di Bella
Director Ejecutivo
C.C. 3.287