Fundamentos de la Ley 10189 HONORABLE LEGISLATURA: Tengo el honor de remitir a Vuestra Honorabilidad un proyecto de ley Complementaria Permanente de Presupuesto. El nuevo proyecto pretende adecuar las normas al sistema institucional recuperado en diciembre de 1983, legislando sobre una cantidad de temas disímiles que hacen al conjunto de normas prácticas presupuestarias y contables, de carácter permanente. Dentro del contexto mencionado se han eliminado artículos contenidos en el decreto-ley vigente, que delegaba en el Poder Ejecutivo facultades propias del Poder Legislativo. También contempla el proyecto la necesaria modificación de la coparticipación a municipalidades, aumentándose el porcentaje de distribución del Decreto-Ley 9.478/80 elevándolo del 7,18% al 9,18% resultando un incremento del 28% en términos reales. Con esta modificación se pretende según se expresa en el mensaje de elevación del proyecto de presupuesto para 1984, "asegurar a los gobiernos comunales la posibilidad de obtener recursos genuinos que les permitan la necesaria autonomía financiera para hacer realidad la autonomía política". Esta solución permitirá a las comunas afrontar las modificaciones como las del Fondo Nacional de la Vivienda introducidas por Ley nacional 23.060 y otras a implementarse en el ámbito de la legislación laboral y previsional.
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