DEPARTAMENTO DE ECONOMIA
DECRETO 80
La Plata, 11 de febrero de 2003.
VISTO: El expediente 2.305-4.261/03 del Ministerio de Economía por el cual se gestiona la prórroga del Decreto 1.014/97; y
CONSIDERANDO:
Que la norma mencionada
otorga, a partir del 1º-4-97 y hasta el 31-12-97, un suplemento especial no
remunerativo no bonificable al personal de las Policías de la Provincia y del
Servicio Penitenciario.
Que la Ley 12.155 ha venido a modificar sustancialmente la estructura y el
funcionamiento de las Policías de la Provincia de Buenos Aires.
Que por Decretos 23/98 y 237/99, 1.192/02 se prorrogó la vigencia del citado
Decreto para los ejercicios 1998, 1999 y 2002 respectivamente.
Que resulta necesario implementar en forma inmediata las medidas tendientes a
compensar el mayor esfuerzo del personal responsable en la ejecución de las
acciones relativas a esa fuerza de seguridad.
Que por la naturaleza de la compensación mencionada, corresponde prorrogar su
vigencia hasta el 31-12-2003.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Art. 1º - Prorrógase
desde el 1º-1-03 y hasta el 31-12-03, la vigencia del Decreto 1.014/97.
Art. 2º - El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario
en el Departamento de Economía.
Art. 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al “Boletín Oficial”, pase
al Ministerio de Economía y a la Contaduría General de la Provincia para su
conocimiento y demás efectos y archívese.
SOLA
G. A. Otero