Provincia de
Buenos Aires
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
ORGANISMO DE CONTROL DE AGUAS
Resolución Nº 7/08
VISTO el Marco
Regulatorio del Servicio Público Sanitario Provincial establecido por el
Decreto Nº 878/03, modificado por Decreto Nº 2.231/03, ratificado por artículo
33 de
CONSIDERANDO:
Que el artículo 88 inciso a) del Decreto Nº 878/03 establece que es misión y
función del Organismo de Control del Agua de Buenos Aires defender los
intereses de los usuarios, atendiendo los reclamos de los mismos, de acuerdo a
los derechos enunciados en el Artículo 50 del Marco Regulatorio;
Que además, entre las funciones de este Organismo se encuentra la de hacer
cumplir el presente Marco Regulatorio, su reglamentación y disposiciones
complementarias, controlando la prestación de los servicios y cumplimiento de
las obligaciones fijadas en los Contratos de Concesión en tal sentido (artículo
88 inciso b) del Decreto Nº 878/2003);
Que atento ello se suscribió en fecha quince (15) de noviembre de dos mil siete
la renovación del Convenio de Asistencia Técnica con el Municipio de San
Nicolás de los Arroyos por el cual el segundo encomendó a este Organismo de
Control los servicios que se detallan en las cláusulas tercera y cuarta del
Convenio que obra en los presentes a fs. 48/49;
Que el mismo comprende la ejecución de tareas por parte de este Organismo que
se describen en el Anexo I de dicho Convenio;
Que se acordó que la vigencia del Convenio suscripto debía entenderse a partir
de su suscripción y por el plazo de un (1) año;
Que a fs. 63/67 intervinieron y se expidieron en sentido favorable los
Organismo de Control legal de
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el Marco Regulatorio del
Servicio Público Sanitario Provincial establecido a partir del Decreto Nº
878/03, ratificado por artículo 33 de
EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO DE CONTROL DE AGUAS DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTICULO 1º - Aprobar la
renovación del Convenio de Asistencia Técnica suscripto por el entonces
Director Presidente del Organismo de Control de Aguas de Buenos Aires, en
representación del mismo, con el Intendente de
ARTICULO 2º - Notificar lo resuelto a
ARTICULO 3º - Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al
SINBA. Cumplido, archivar.
Marcelo E. Díaz
Gregorio
P. Nersessian
Director Vocal
Presidente
Julián C.
Palacios
Juan
D. González Morales
Director Vocal
Director
Representante
de
los Usuarios
C.C. 4.933