Provincia de Buenos Aires
SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 403/16
La Plata, 11 de noviembre de 2016.
VISTO el expediente N° 2162-10776/16, mediante el que se tramita la creación de la Red Provincial de Hogares de Protección Integral y el Sistema Integrado Provincial (SIP) en el ámbito de la Subsecretaría de Género y Diversidad Sexual de la Secretaría de Derechos Humanos, y
CONSIDERANDO:
Que la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), ratificada por la Argentina y aprobada por el Congreso de la Nación mediante Ley Nacional Nº 24.632, establece en su artículo 3° que toda mujer tiene derecho a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado;
Que la misma Convención establece en su artículo 8 inciso d) la obligación estatal de adoptar, en forma progresiva, medidas específicas, inclusive programas para suministrar los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer objeto de violencia, por medio de entidades de los sectores público y privado, inclusive refugios;
Que el Comité de Expertas/os (CEVI) del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención de Belém do Pará (MESECVI), en su Recomendación No. 32, instó a los Estados parte a implementar y evaluar el funcionamiento de los servicios de apoyo para las mujeres víctimas de violencia, tales como los refugios y casas de acogida para las mujeres que sufren violencia, sus hijos e hijas;
Que, en igual sentido, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) en su Recomendación General No. 19 ha puesto de manifiesto que la violencia contra la mujer es una forma de discriminación que impide gravemente que goce de derechos y libertades en pie de igualdad con el hombre y que los Estados parte deben establecer y apoyar servicios destinados a las víctimas de violencia en el hogar, violaciones, ataques sexuales y otras formas de violencia contra la mujer, incluido el establecimiento de refugios, el empleo de trabajadores sanitarios especialmente capacitados, rehabilitación y asesoramiento;
Que el objetivo estratégico D.1 de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing aprobada por la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer en 1995 determina que los Estados deben establecer centros de acogida y servicios de apoyo dotados de los recursos necesarios para auxiliar a las niñas y mujeres víctimas de la violencia y prestarles servicios médicos, psicológicos y de asesoramiento, así como asesoramiento letrado a título gratuito o de bajo costo, cuando sea necesario, además de la asistencia que corresponda para ayudarles a encontrar medios de vida suficientes;
Que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha reiterado que el deber del Estado de ofrecer a las mujeres víctimas de violencia una tutela cautelar efectiva incluye entre otras medidas específicas el deber proveer refugios;
Que mediante la Ley Nacional N° 26.485 se sancionó un conjunto de disposiciones destinadas a prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollan sus relaciones interpersonales;
Que el artículo 2° inciso b) de aquel plexo normativo prevé entre sus propósitos, los de promover y garantizar el derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia;
Que por su parte, en el orden local, el artículo 20 la Ley N° 12569 dispone que el Poder Ejecutivo arbitrará los medios y recursos necesarios para, entre otros objetivos, articular las políticas de prevención, atención y tratamiento de las víctimas de violencia familiar y generar con los municipios y las entidades comunitarias casas de hospedajes en cada comuna, que brinden albergue temporario a quienes hayan sido víctimas;
Que el Decreto N° 2.875/05 (texto según Decreto N° 436/15), reglamentario de la Ley N° 12539 prevé en su artículo 20 inciso c), la conformación de la Mesa Intersectorial Provincial contra la Violencia Familiar, así como la de las Mesas Locales Intersectoriales en cada uno de los municipios, de acuerdo a la conformación allí establecida, como espacios de articulación y coordinación en el ámbito local, regional y provincial de todas las políticas públicas dirigidas a la prevención y atención de la violencia familiar;
Que asimismo el artículo 6 ter de la Ley N° 12569 contempla la figura del Acompañante de la víctima de violencia, con carácter de asistencia protectora de la mujer y con el único propósito de preservar la salud física y psicológica de la misma;
Que sumado a ello, la Ley N° 14603 dispone la creación de un Registro Único de Casos de Violencia de Género que concentrará, contendrá y sistematizará la información de los hechos, tipos y modalidades de la violencia de género regulados en la Ley Nacional N° 26.485;
Que el abordaje y la erradicación de la violencia familiar y de género constituyen, para el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, políticas de Estado enmarcadas dentro de las políticas de derechos humanos;
Que la violencia familiar y de género resulta una problemática compleja, multicausal y que por lo tanto necesita de una respuesta articulada que surja a partir de un abordaje integral, interdisciplinario e interinstitucional;
Que el Decreto N° 686/16 dispone que la Subsecretaría de Género y Diversidad Sexual, dependiente de la Secretaría de Derechos Humanos, será la Autoridad de Aplicación de las citadas Leyes N° 12569 y 14603, fijando entre sus acciones la de prevenir y contribuir con la erradicación de todo tipo de violencia y maltrato contra la mujer o por causas de identidad de género u orientación sexual;
Que juntamente con ello, aquel Decreto también le asigna a la mencionada Subsecretaría, la labor de coordinar y supervisar un Plan Provincial para el Fortalecimiento del Sistema Integrado, a fin de garantizar el abordaje integral de la violencia familiar y de género en el territorio de la Provincia de Buenos Aires;
Que en ejercicio de su competencia, la Dirección Provincial para el Abordaje Integral a las Víctimas de Violencia de Género, dependiente de la Subsecretaría de Género y Diversidad Sexual, ha proyectado la creación de la Red Provincial de Hogares de Protección Integral, integrada por dispositivos de alojamiento transitorio para víctimas de violencia familiar y de género, tendiente a optimizar el aprovechamiento de los recursos existentes y garantizar la seguridad de las víctimas, mediante políticas rectoras provinciales;
Que dicho proyecto se basa en un nuevo modelo de gestión orientado a un mejor y más coordinado funcionamiento de los dispositivos existentes, asegurándose estándares de protección equivalentes en todo el territorio provincial;
Que con ese objetivo, se propicia un esquema de administración de los Hogares de Protección Integral, tendiente a su integración y coordinación operativa en el marco de un sistema unificado de gestión que quedará a cargo de la Subsecretaría de Género y Diversidad Sexual;
Que, asimismo, la aludida Dirección Provincial para el Abordaje Integral a las Víctimas de Violencia de Género ha proyectado la conformación del Sistema Integrado Provincial (SIP), que permitirá un nuevo modo de hacer frente a las situaciones que se presenten, generando una estructura de funcionamiento que posibilite el trabajo articulado, accediendo así a una respuesta integral frente a la problemática de la violencia de género;
Que en función de ello, el Sistema Integrado Provincial entrañará una red de instituciones, organismos y actores sociales cuyo fin es prevenir, sancionar y erradicar la violencia familiar y de género tanto en el ámbito municipal como provincial;
Que de este modo, aquel Sistema permitirá relevar adecuadamente la información sobre la problemática abordada, registrándola en forma ordenada y centralizada, constituyéndose así en el insumo básico para diseñar, evaluar e implementar políticas públicas de asistencia y protección a las víctimas de violencia de género;
Que ha tomado intervención de su competencia la Asesoría General de Gobierno;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 10 y 11 del Decreto N° 686/16 y Decreto Reglamentario Nº 2.875/05 (texto según Decreto Nº 436/15, en particular del artículo 20 del Anexo I);
Por ello,
EL SECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Crear la Red Provincial de Hogares de Protección Integral, que será conformada por los dispositivos de alojamiento transitorio para víctimas de violencia familiar y de género que funcionen en jurisdicción de los municipios que adhieran al Sistema Integrado Provincial (SIP) que crea el artículo 2° de la presente. Dichos municipios quedarán, por su sola adhesión, obligados a alojar en sus establecimientos a las víctimas que pueda derivarles la Subsecretaría de Género y Diversidad Sexual.
ARTÍCULO 2°. Crear el Sistema Integrado Provincial (SIP), que funcionará bajo la órbita de la Subsecretaría de Género y Diversidad Sexual. El objeto del Sistema Integrado Provincial es establecer el modo de abordaje de la problemática de la violencia familiar y de género, permitiendo la utilización organizada de los recursos existentes en la Provincia.
ARTÍCULO 3º. Integran el Sistema Integrado Provincial:
a) La Mesa Intersectorial Provincial prevista en el artículo 20 inciso c) del Decreto N° 2.875/05 (texto según art. 14, Anexo Único, Decreto N° 436/15).
b) Las Mesas Locales Intersectoriales establecidas en el artículo mencionado en el inciso anterior.
c) El conjunto de Acompañantes contemplados en el artículo N° 6 ter de la Ley N° 12569.
d) La Red Provincial de Hogares de Protección Integral creada mediante el artículo 1° de la presente.
e) El Registro Único de Casos de Violencia de Género creado por la Ley N° 14603.
ARTÍCULO 4°. Aprobar el Protocolo de la Red Provincial de Hogares de Protección Integral, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 5º. Aprobar el Manual para la Constitución y funcionamiento de las Mesas Locales Intersectoriales a las que alude el artículo 20 inciso c) del Decreto N° 2.875/05 (texto según art. 14, Anexo Único, Decreto N° 436/15), que como Anexo II forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 6°. Aprobar el Perfil de los Acompañantes contemplados en el artículo 6 ter de la Ley N° 12569, que como Anexo III forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 7º. Invitar a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires a adherir al Sistema Integrado Provincial. En los Municipios adherentes resultarán de obligatorio cumplimiento los documentos técnicos aprobados mediante los artículos 4°, 5° y 6° de la presente resolución.
ARTÍCULO 8º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Santiago A. Canton
Secretario de Derechos Humanos
ANEXO I
PROTOCOLO DE LA RED PROVINCIAL DE HOGARES
DE PROTECCIÓN INTEGRAL
ÍNDICE
1.1- Red Provincial de Hogares de Protección Integral.
1.2- Objetivos Generales.
1.3- Objetivos Específicos.
1.4- Características Generales de los Hogares de Protección Integral.
1.4.1- Carácter Permanente.
1.4.2- Tiempo de Estadía.
1.4.3- Ubicación.
2.1- Derechos de las mujeres alojadas.
2.2- Responsabilidades de las mujeres que ingresan al Hogar de Protección Integral.
3.1- Conformación del equipo profesional y técnico.
3.2- Derechos y obligaciones del equipo profesional y técnico.
3.3- Funciones especificas del equipo profesional y técnico.
3.3.1- Coordinadora General.
3.3.2- Trabajadora Social.
3.3.3- Psicóloga.
3.3.4- Abogada.
3.3.5- Operadoras/Acompañantes.
3.3.6- Administrativa.
3.4- Dispositivos de Intervención Interdisciplinarios.
4.1- Criterios de Alojamiento.
4.2- Evaluación de riesgo.
4.3- Admisión.
4.4. Egreso.
5.1- Adjunto I. Ficha Personal y Evaluación de Riesgo para el Ingreso al Hogar de Protección Integral.
5.2- Adjunto II. Protocolo de Admisión a los Hogares de Protección Integral.
5.3- Adjunto III. Reglamento Interno.
5.4- Adjunto IV. Acta Acuerdo.
5.5- Adjunto V. Acta de Egreso del Hogar de Protección Integral por propia voluntad.
5.6- Adjunto VI. Acta de Confidencialidad.
5.7- Adjunto VII. Acta de Recomendaciones Realizadas.
5.8- Adjunto VIII. Declaración Jurada.
5.9- Adjunto IX. Hoja de Derivación.
1. CONCEPTOS GENERALES, OBJETIVOS Y CARACTERÍSTICAS.
El siguiente protocolo establece el funcionamiento y los procedimientos necesarios para la atención y orientación de mujeres en situación de riesgo por violencia de género dentro de los Hogares de Protección Integral.
1.1 Red Provincial de Hogares de Protección Integral:
La creación de una Red Provincial de Hogares de Protección Integral es una estrategia que surge para brindar una respuesta articulada frente a la necesidad de resguardar a las mujeres víctimas de violencia, que por su grave situación de riesgo, requieran de una protección inmediata.
El propósito de constituir una red es garantizar ante situaciones de alto riesgo el resguardo de la mujer y sus hijos/as, posibilitando el ingreso de las mujeres bonaerenses a cualquier Hogar de Protección Integral, sin importar domicilio y localidad en la que se encuentre.
El objetivo es formar una verdadera interrelación entre los hogares de manera que puedan trabajar articuladamente generando mecanismos relacionales entre las jurisdicciones municipales, a fin de mejorar la respuesta para aquellas mujeres que se encuentren en situación de riesgo y necesiten una respuesta inmediata. El trabajo en red garantiza que cualquier mujer reciba un espacio de contención y acompañamiento.
Los Hogares de Protección Integral son un punto más de la red de instituciones que forman parte del Sistema Integrado Provincial (SIP) y a la vez el último eslabón de la cadena.
Es decir, la última opción de las estrategias de intervención posibles a seguir, ya que el aislamiento de la mujer y sus hijos/as conlleva diversas consecuencias indeseables que sólo se justificarán en el caso de ser la única alternativa viable frente a la protección del grupo familiar.
1. 2 Objetivo General:
El objetivo general de la Red Provincial de Hogares de Protección Integral será el de brindar protección, albergue, alimentación, contención y atención interdisciplinaria temporal a mujeres, con o sin hijos/as, que se encuentren atravesando situaciones de violencia de género que impliquen un riesgo para su integridad, y que no cuenten con otro espacio de protección dentro de sus redes y vínculos más cercanos.
1. 3 Objetivos Específicos:
a) Proporcionar seguridad y protección a las mujeres víctimas de violencia de género, sus hijos/as con el fin de salvaguardar su integridad física y psicológica.
b) Proyectar y poner en marcha una intervención adecuada para cada situación, acorde con la evaluación de las instituciones y profesionales intervinientes (Véase Adjunto I).
c) Otorgar asistencia psicológica y asesoramiento jurídico a las mujeres víctimas de violencia de género.
d) Articular con diferentes actores institucionales involucrados en la problemática, con el fin de generar una red de contención para las mujeres y sus hijos/as.
e) Propiciar un espacio de toma de conciencia y empoderamiento acerca de los derechos y autonomía personales.
f) Acompañar a las mujeres para que desarrollen un proyecto de vida libre de violencia.
g) Dar curso al procedimiento legal adecuado para que pueda contar con las medidas de protección durante su estadía y al momento del egreso.
1.4 Características Generales de los Hogares de Protección Integral:
1.4.1- Carácter permanente: los hogares constituyen un servicio de atención permanente durante las 24 horas del día, todos los días del año.
1.4.2- Tiempo de estadía: la estadía dependerá de cada situación en particular, se recomienda un tiempo de 90 días.
1.4.3- Ubicación: a fin de salvaguardar la seguridad y el anonimato de las mujeres alojadas como así también del equipo profesional y técnico, la ubicación de los Hogares de Protección Integral no será dada a publicidad, pudiendo conocerla sólo el personal afectado a la institución, debiendo mantener estricta reserva de la misma. En la medida de lo posible, la vivienda se encontrará ubicada en un lugar alejado de los espacios de mayor circulación.
2. DERECHOS Y RESPONSABILIDADES DE LAS MUJERES ALOJADAS
2.1 Derechos de las mujeres alojadas:
a) Ser informadas tanto de las normas de funcionamiento como del reglamento interno de la institución.
b) Ser respetadas en sus convicciones cívicas, políticas, morales y religiosas.
c) No ser discriminadas por razón de nacimiento, etnia, religión, ideología política y/o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
d) Ser informadas y asesoradas respecto de los recursos existentes que faciliten la modificación de su situación personal.
e) Usar y disponer de las dependencias y servicios ofrecidos por los Hogares de Protección
Integral en los horarios y condiciones establecidos.
f) Garantizar la atención médica de la mujer y sus hijos/as, a través de los servicios de salud facilitando su acceso o contando con un/a profesional de la salud que pueda asistirlos de manera ambulatoria, en los casos en los cuales la mujer y sus hijos/as no puedan acercarse al centro de salud por cuestiones de seguridad.
g) Garantizar la continuidad escolar de sus hijos/as.
h) Decidir voluntariamente egresar de la misma antes del tiempo estipulado. En este caso, el Equipo Profesional y Técnico le informará sobre los riesgos, debiendo firmar la mujer un acta como responsable de la decisión de egresar. (Véase Adjunto V).
2.2 Responsabilidades de las mujeres alojadas:
a) Deberá firmar un Acta Acuerdo (véase Adjunto IV) donde manifieste de manera expresa su consentimiento de permanencia en la institución, aceptando el Reglamento Interno y las pautas de convivencia (véase Adjunto III).
b) Participar en las tareas domésticas de manera colectiva como también ocuparse del orden y aseo tanto personal como el de sus hijos/as.
c) Ser responsable del buen uso y normal funcionamiento de los espacios y objetos comunes.
d) Guardar el anonimato y reserva, tanto de las mujeres alojadas y sus hijos/as, como de las trabajadoras del lugar y el domicilio de la misma.
e) Mantener un uso responsable del teléfono celular y cualquier tecnología que implique un riesgo para la seguridad del lugar.
f) Cuidar de las/os niños/as a su cargo.
g) Participar de los Dispositivos de Intervención Interdisciplinarios propuestos por el Equipo Profesional y Técnico.
3. EL EQUIPO PROFESIONAL Y TÉCNICO:
3.1 Conformación:
Teniendo en cuenta el tipo de funciones que demandan los Hogares de Protección Integral, es necesario contar con un equipo profesional y técnico especializado y de apoyo sensible, con conocimiento del tema, con capacidad para trabajar en equipo y de brindar atención individualizada, teniendo en cuenta las particularidades y necesidades de cada situación. La atención abarca las 24 horas del día los 365 días del año, por lo que habrá de preverse la formación de guardias nocturnas, de fin de semana y para los días feriados.
El personal deberá tener conocimiento sobre sus obligaciones, responsabilidades y derechos como trabajadoras y profesionales. Cada profesional deberá saber cuáles son los límites del secreto profesional y por ende exista la obligación de denunciar o dar intervención a otras instituciones.
El equipo de los Hogares de Protección Integral debe estar integrado por:
a) Una coordinadora general, preferentemente una profesional cuya formación académica resulte afín a la temática.
b) Una trabajadora social.
c) Una psicóloga.
d) Una abogada.
e) Un mínimo de seis operadoras rotativas que permitan la cobertura permanente de los horarios durante las 24 horas del día, de modo que garantice el cumplimiento de las actividades y objetivos propuestos.
f) Una empleada administrativa.
Recomendaciones: Se sugiere que el equipo pueda contar con una supervisión externa de manera regular para poder reflexionar críticamente sobre el trabajo, y simbolizar las afectaciones tanto individuales como colectivas que la toxicidad de la tarea implica.
Asimismo se recomienda que puedan contar con espacios de formación permanente.
3.2 Responsabilidades y deberes del Equipo Técnico
El personal deberá tener conocimiento sobre sus obligaciones, responsabilidades y derechos como trabajadoras y profesionales. Cada profesional deberá saber cuáles son los límites del secreto profesional, cuándo hay obligación de denunciar o dar intervención a otras instituciones.
3.3 Funciones Específicas Del Equipo Profesional y Técnico
A continuación se establecerán las distintas funciones y/o especificidades del equipo técnico y profesional:
3.3.1 Coordinadora General:
Descripción General: deberá asegurar el buen desarrollo, operación y crecimiento del Hogar de Protección Integral. Su función principal es la coordinación, planificación y ejecución de estrategias para lograr una atención óptima a las mujeres en el Hogar de Protección Integral. La coordinadora general es quien se responsabiliza por la gestión y administración de los recursos financieros y humanos.
Funciones:
1. Realizar las entrevistas de admisión junto al Equipo Profesional y Técnico en coordinación con los profesionales de la institución que deriva. Confeccionar un legajo por cada mujer que ingresa (Véase Adjunto II Protocolo de admisión).
2. Articular acciones inter e intra-institucionales con otras áreas Municipales y con otras instituciones.
3. Diseñar, implementar y evaluar, junto al Equipo Profesional y Técnico, el dispositivo de abordaje para cada caso particular.
4. Realizar informes de las actuaciones del Equipo Profesional y Técnico respecto de las situaciones atendidas.
5- Gestionar y administrar los recursos necesarios para el óptimo funcionamiento del Hogar de Protección Integral.
6- Acompañar los canales de comunicación interna garantizando su fluidez y el cuidado de la información.
3.3.2 Trabajadora Social:
Descripción general: deberá participar en la entrevista inicial (Véase Adjunto I) y generar acciones que contribuyan a la articulación y construcción de una red de contención externa, teniendo en cuenta los vínculos más cercanos de cada Mujer.
Funciones:
1. Ejecución de las acciones tendientes al fortalecimiento de redes y lazos sociales.
2. Ejecución de acciones de empoderamiento y articulación social.
3. Realizar articulaciones interinstitucionales para apoyar el trabajo de las demás áreas: psicológica, legal, de salud y otras.
4. Trabajar con la mujer las estrategias de egreso de forma conjunta con los integrantes del equipo profesional y técnico, desde la entrevista inicial, desarrollando un abordaje necesario para cubrir las necesidades de la mujer.
3.3.3 Psicóloga:
Descripción General: Deberá propiciar dispositivos que tengan efectos terapéuticos, generando espacios adecuados para que la mujer pueda visibilizar la violencia, reflexionar, compartir sentimientos y creencias y tomar decisiones en pos de un proceso de fortalecimiento y empoderamiento.
Funciones:
1. Realizar abordaje psicológico a la mujer en situación de alto riesgo
2. Realizar abordaje psicológico a niños/as y adolescentes
3. Coordinar junto con la Trabajadora Social, espacios grupales con las mujeres (Véase 3.3 Dispositivos de Intervención Interdisciplinaria).
4. Realizar acciones de articulación en función de los procesos de acompañamiento.
3.3.4 Abogada:
Descripción general: deberá brindar orientación legal, con el objetivo de garantizar a las mujeres derecho de acceso a la justicia. Quien cumpla esta función deberá darle a conocer sus derechos y obligaciones respecto a la situación de violencia de género que atraviesa con toda claridad y, en caso de ser necesario, gestionar su canalización de manera que puedan usar los servicios jurídicos, así como ejercer sus derechos con plenitud.
Funciones:
1. Atención y asesoramiento legal.
2. Acompañamiento a la mujer en los trámites legales y gestiones que decida concretar.
3. Brindar información, capacitación y organización legal sobre distintos aspectos de la violencia y su vinculación con lo jurídico.
3.3.5 Operadoras rotativas:
Características generales: deberán acompañar la cotidianidad de las mujeres y sus hijos/as ordenando pautas y hábitos en función de garantizar el normal funcionamiento del Hogar de Protección Integral.
Funciones:
1. Supervisar la convivencia cotidiana.
2. Acompañar el cumplimiento de cada dispositivo de intervención interdisciplinario, aprovechando las situaciones de aprendizaje, fomentando la autoestima y la autonomía personal.
3. Escuchar, contener y orientar a las mujeres en su proceso de fortalecimiento, facilitando su empoderamiento.
4. Participar de las reuniones de trabajo con el Equipo Profesional y Técnico de la Institución.
5. Proponer y desarrollar las actividades educativas, sociales y recreativas que consideren pertinentes.
3.3.6 Administrativa:
Características Generales: Se ocupara de todos los trámites administrativos a fin de operativizar el buen funcionamiento de la institución.
Funciones:
1. Realización de planillas de asistencia, notas formales, compra de insumos, gestión de turnos y demás tareas administrativas.
3.4 Dispositivo de Intervención Interdisciplinaria: Las mujeres alojadas dentro del Hogar de Protección Integral se encontrarán incluidas en un dispositivo de intervención interdisciplinaria que deberá hacerse efectivo a través del Equipo Profesional y Técnico de la misma, debiendo encontrarse especialmente encaminadas a:
a) Fortalecer sus redes y vínculos sociales, favoreciendo el acercamiento con el entorno social de las mujeres y sus hijos/as.
b) Contribuir al proceso de empoderamiento singular de cada mujer.
c) Acompañar su desarrollo personal, formativo y laboral, conforme sus necesidades, capacidades y deseos.
d) Coordinar espacios grupales con las mujeres alojadas que tenderán a:
1. La interpelación de la construcción social de los roles y estereotipos de género.
2. El análisis sobre el poder y su lugar en las relaciones.
3. La reivindicación del derecho a vivir sin violencia.
4. La expresión de los sentimientos.
5. La autoafirmación y autodeterminación.
6. La recuperación de la palabra.
7. La reapropiación del cuerpo y la sexualidad.
8. La construcción de un nuevo lugar para sí en relación con los demás a fin de romper el aislamiento que impide el desarrollo personal.
9. El fortalecimiento del vínculo entre madres y niños/as a cargo.
10. El acompañamiento posterior al egreso como apoyo solidario que prolonga los lazos institucionales y las relaciones de confianza iniciadas durante la estadía.
4. FUNCIONAMIENTO DEL HOGAR DE PROTECCIÓN INTEGRAL:
4.1. Criterios de alojamiento:
Que la mujer que ingresa al hogar sea mayor de 18 años. En caso de ser menor de edad deberá contar con la autorización de la persona a su cargo, el Juzgado o Asesoría de Menores.
En el caso de que los hijos varones fueran mayores de 13 años, deberá buscarse una respuesta alternativa al Hogar de Protección Integral que tenga en cuenta los derechos en materia de preservación de vínculos familiares.
El equipo derivante deberá completar la Ficha de Evaluación de Riesgo para constatar que su integridad corre peligro, de manera que requiera la salida inminente de su hogar. También deberán delinear en conjunto con la mujer las primeras estrategias para el egreso de la institución.
La mujer no debe necesariamente tener la denuncia hecha al momento de ingresar al hogar, pero si debe ser tomada como parte de un proceso a elaborar junto con el equipo tratante.
Situaciones particulares tales como: patologías psiquiátricas, discapacidades intelectuales severas, consumos problemáticos de sustancias, discapacidades motrices incompatibles con la estructura edilicia de la casa, etc. la respuesta deberá contemplar, la intervención de otras instituciones a fin de dar una solución integral frente a estas situaciones complejas.
4.2 Evaluación de riesgo:
En todos los casos, el equipo derivante deberá realizar una evaluación del riesgo, para fundamentar la necesidad del ingreso, tomando como guía la ficha propuesta (véase Ficha de Datos Personales y Evaluación de Riego, Adjunto I). Deberá evitarse cualquier acción u omisión que pueda llevar a una revictimización de las ingresantes.
4.3 Admisión:
La admisión a los Hogares de Protección Integral la evaluará la Coordinación y el Equipo Profesional y Técnico de la institución. En caso de no contar con equipo propio, la realizará el equipo municipal especializado en la temática como Direcciones de Políticas de Género, Áreas Mujer, etc.
El ingreso debe ser una estrategia consensuada con la mujer. La misma debe saber qué implicancias tiene tal decisión y contar con la información necesaria. Para esto se le entregará el Reglamento interno del lugar y un Acta acuerdo que deberá firmar al ingresar y formará parte de su legajo; el mismo contará con toda la documentación de la mujer (Véase Adjunto III y Adjunto IV).
4.4 Motivos de Egreso:
El Equipo Profesional y Técnico junto con la mujer diseña y modifica las estrategias de egreso.
La salida del Hogar de Protección Integral puede suceder por los siguientes motivos:
a) El haber alcanzado los objetivos propuestos por la mujer y el Equipo Profesional y Técnico en función de la estrategia de salida planteada para cada mujer particular.
b) El incumplimiento del reglamento interno por parte de la mujer.
d) Voluntad propia (Véase Adjunto V).
¿Cumple con la modalidad cíclica calma-aumento de tensión-agresión?...........................
Último Episodio de Violencia: .. / . / ..
...
¿Hay antecedentes de violencia de género en su familia (de ella)?
a) Si: b) No
¿Ha sufrido violencia por parte de anteriores parejas? a) Si b) No
Indicadores de Riesgo:
a. Signos de lesión a) Si b) No
b. Intervención médica: a) Si b) No
c. Encierro: a) Si b) No
d. Control/ celos excesivos a) Si b) No
e. Aislamiento de sus redes: a) Si b) No
f. Amenaza de muerte: a) Si b) No
g. Intento de homicidio: a) Si b) No
h. Amenaza con armas: a) Si b) No
i. Ha padecido ideaciones suicidas: a) Si b) No
j. Ha tenido algún intento de suicidio: a) Si b) No
k. El agresor la ha instigado al suicidio: a) Si b) No
l. Aborto provocado por el agresor: a) Si b) No
m. Agresión/amenaza a otras/osfliares. a) Si b) No
n. Agresión a animales/rotura de objetos importantes: a) Si b) No
O. Amenaza económica: a) Si b) No
Se encuentra al momento embarazada: a) Si b) No c) No lo sabe
Estado de Salud:
a. Trastornos del sueño: a) Si b) No
b. Trastorno Alimentación: a) Si b) No
c. Trastorno digestivo: a) Si b) No
d. Ingesta Psicofármacos: a) Si b) No
e. Consumo alcohol/drogas: a) Si ¿Cuáles? ¿Frecuencia? ..................................... b) No
f. Enf. Trat. Prolongado: a) Si b) No
Otro: ............................................................................................................................... Separaciones
¿Ha intentado terminar la relación? ¿Cuántas veces?
...........................................................
¿Cómo han sido las reacciones del agresor frente a las decisiones de la mujer?
...............................................................................................................................................
¿Cuáles fueron los mayores obstáculos para sostener la decisión?:
ANTECEDENTES POLICIALES / JUDICIALES
Antecedentes de intervención policial:
a. Recientes (últimos 3 meses): a) Si b) No
b. Previas: a) Si b) No
Antecedentes de intervención judicial:
1. Penal:
a. Recientes (últimos 3 meses): a) Si b) No
b. Previas: a) Si b) No
d. Lugar de radicación denuncia: .....................................
e. Fiscalía:
f. Carátula/IPP:
2. Familia:
a. Recientes (últimos 3 meses): a) Si b) No
b. Previas: a) Si b) No
d. Lugar de radicación denuncia: ........................................
e. Juzgado:
f. Carátula:
Medidas Judiciales Ordenadas:
a. Prohibición acercamiento a) Si b) No ¿Respetada? ...............
b. Exclusión hogar a) Si b) No ¿Respetada? ................
c. Retiro pertenencias a) Si b) No ¿Respetada? ................
d. Restitución personas a) Si b) No ¿Respetada? ................
e. Alimentos/Tenen.Prov a) Si b) No ¿Respetada? ................
f. Régimen Visitas a) Si b) No ¿Respetada? ..................
g. Intervención Psi/Adicc a) Si b) No ¿Respetada? ..................
h. Secuestro/prohib armas a) Si b) No ¿Cumplida? ..................
i. Otras: ............................................
Fecha en que se ordenaron: . / . / ... Plazo de Vigencia de las medidas: ...............................................................................
Vencimiento Medidas: .. . / . / .
Acceso a la Justicia:
¿Tiene abogado? a) Particular b) Patrocinio Gratuito c) Defensoría Oficial d) No
¿En su lugar de residencia hay acceso a Patrocinio Gratuito? a) Si b) No
¿Solicitó ayuda previa en otro lugar? a. Si ¿Dónde?.............................................. b. No
Articulación Interinstitucional:
Patrocinio Jurídico: ¿cuál? ..
Tratamiento Psicológico: ¿dónde? ..
Instituciones: 1. Niñez ( ) 2. Defensoría ( ) 3. Fiscalía ( ) 4. Salud ( ) 5. UFI ( ) 6. CAPS ( )
7. Hogares de Protección Integral ( ) 8. ONG: ..
9. Otros:
Medida Cautelar:
.
Botón Antipánico:
.
Gestión de documentación ..
Ingreso a Plan Social: ¿cuál?
.
Salida Laboral: ¿Cuál?:
. ..
EVALUACIÓN DE RIESGO
Conceptualizaciones
Inicio del procedimiento:
Se cuenta con una evaluación que indica el nivel de riesgo que atraviesa la mujer. En los casos de las mujeres en situación de violencia familiar y de género, la evaluación pudo haber sido realizada por otros dispositivos o instituciones. Este procedimiento comienza en el marco de la entrevista de admisión y consiste en la realización de un análisis del nivel de riesgo que presenta la víctima para luego planificar las estrategias de acción que podrían recomendarse para contribuir a que la mujer pueda superar la situación de violencia en la que se encuentra.
El estado de vulnerabilidad y desvalimiento producto de la violencia propicia la agudización de las situaciones de riesgo a la vez que puede disminuir las posibilidades de anticipar nuevas agresiones y defenderse. Mecanismos como la negación y minimización de los hechos impiden a la persona involucrada poder percibir el riesgo al que se encuentra expuesta.
La adecuada evaluación y valoración de estas situaciones (a mayor riesgo, intervenciones más activas) permitirá tomar decisiones y articular con instituciones que se consideren pertinentes.
Una evaluación oportuna constituye una medida preventiva eficaz porque permite desplegar las medidas de resguardo adecuadas para cada caso.
En las entrevistas la acertada orientación de las preguntas es la clave para una buena evaluación. No debemos tener miedo de preguntar, siempre que lo hagamos en un marco de respeto y confianza habiendo logrado una empatía que permita el despliegue del relato en un clima de confianza.
Se debe explicitar a la víctima el riesgo que está atravesando, se deben explicitar los indicadores que motivan una evaluación de riesgo alto, medio o bajo y los escenarios posibles. Se torna imprescindible trabajar sobre la concientización de la temática de violencia familiar y de género y el reconocimiento por parte de la víctima sobre la situación por la que está atravesando, a fin de que pueda tomar decisiones tendientes a revertir dicha situación. Para ello, los profesionales deberán adoptar todas las estrategias que consideren necesarias.
El riesgo se determina a través de la presencia o no de determinados indicadores, que se obtienen del relato de la mujer. Se debe realizar un análisis integral con respecto a:
1. Indicadores de violencia sufrida.
2. Grado de aislamiento de la mujer.
3. Nivel de peligrosidad del agresor.
1. Indicadores de Violencia sufrida:
1.1 Frecuencia: se trata de poder calcular cada cuanto tiempo se producen los episodios violentos. En la medida en que se hayan incrementado, saber desde cuándo y cada cuanto tiempo suceden. Esto nos permite analizar cómo funciona el círculo de la violencia en ese caso.
1.2 Tipos de violencia: detectar qué tipos de violencias sufre, la gravedad de las mismas y su perpetuación en el tiempo, nos permiten darnos una idea de qué es lo que esa persona está sufriendo.
1.3 Intensidad: grado de severidad, tipos de violencia más frecuentes. Esto implica poder estipular si son en estallido o aumentan en escala, ver cuál es su modalidad.
1.4 Primer episodio: si hay un registro de esto en la mujer, poder visualizarlo y vincular con indicadores anteriores.
1.5 Intento de ahorcamiento: intento de ahorcarla o asfixiarla (con manos u objetos).
1.6 Violencia sexual: forzar relaciones sexuales, amenazar o extorsionar para hacerlo. Esto incluye no solo el acto sexual, genital o no genital, sino también actos lascivos violentos, acceso carnal violento con utilización de objetos o violación propiamente dicha. Incluye también el acoso sexual, entendido como cualquier acto o comportamiento de contenido sexual que procure cualquier tipo de acercamiento sexual no deseado.
1.7 Embarazo: este indicador refiere a la violencia ejercida durante el embarazo de la mujer. Es importante detectar si la violencia es mayor cuando está embarazada o si comenzó a agredirla a partir de los embarazos; esto sucede muchas veces ante la percepción del agresor de un desplazamiento en las prioridades de la mujer.
1.8 Violencia en el ámbito público: se trata de rastrear si la violencia es ejercida en otros ámbitos más allá de los privados. A su vez indicar si la violencia se extiende en situaciones en el ámbito público y hacia otras personas: en las instituciones, en el barrio, en la calle, el trabajo, etc.
1.9 Violencia hacia los/as niños/as: comprende la violencia y el mal trato hacia niños y adolescentes. Es importante evaluar la frecuencia, la intensidad, a su vez poder ver si se ejerce sobre los/as hijos/as, así como la sospecha o indicadores de abuso sexual.
1.10 Internación: si fue internada por lesiones a causa de la violencia, la cantidad de veces, los tipos de lesiones, secuelas. Rastrear si tuvo lesiones que implicaron una internación pero el agresor acciono para que se oculte bajo otra razón (accidente, caídas, etc). En este indicador cuenta también la presencia de medicación psiquiátrica o de otro tipo y el estado de salud en general de la persona para tener mayor noción de su vulnerabilidad.
2. Grado de aislamiento de la mujer:
2.1 Celos excesivos como forma de control: si sospecha de ella y esto es motivo del inicio de episodios violentos (celos de otro hombre, amigos, parientes, compañeros de trabajo, estudio, u otras actividades). En este punto es importante tener en cuenta el grado de inhibición y restricción que generan los celos como forma de control y opresión sobre la persona. También el grado de naturalización de la mujer así como la asimilación de estrategias para explicar, justificar, dar cuenta de sus movimientos cotidianos.
2.2 Control: Sobre las actividades cotidianas, horarios, salidas, amistades, familiares, trabajo, dinero, celular, redes sociales, etc. Tener en cuenta si ha llegado a perseguirla, la persigue o manifiesta tener un control omnipresente sobre ella. El control conlleva graves secuelas psicológicas y deteriora hasta destruir las redes vinculares de la mujer.
2.3 Red de sostén: si cuenta con personas que la apoyan, que saben de su situación y cuáles han sido sus manifestaciones y formas de accionar. Tener en cuenta el entramado familiar tanto por parte de la persona en situación de violencia como por parte del agresor. Rastrear todo tipo de vínculos que puedan suponer un sostén: vecinos/as, vínculos laborales, de estudio, militancia, amistades anteriores a su pareja, etc.
3. Nivel de peligrosidad del agresor:
3.1 Presencia de armas: tipo de armas, si el agresor las usa o amenaza con usarlas. Uso de otros objetos.
3.2 Amenaza de muerte: amenaza de suicidio, si hay amenazas de muerte hacia la mujer, hacia personas de su entorno. En este punto es importante ver si la persona considera que el agresor es capaz de matar o matarse. Preguntar si la ha instigado al suicidio.
3.3 Consumo de alcohol, otras drogas o estimulantes: si el agresor consume y si el uso de sustancias coincide con los episodios de violencia. Es importante tener en cuenta la evolución de la adicción, así como el tipo de sustancias que se consume y la descripción de los cambios de conducta.
3.4 Antecedentes de violencia: Familiares de la persona y también de su agresor. Detectar tipo, frecuencia de ésta.
A tener en cuenta: Es necesario indagar sobre el agresor en función de saber si cuenta con una estructura mínima para ejercer control sobre otros y así calcular estimativamente la peligrosidad de la que debe protegerse la mujer.
Para ello debemos preguntar si posee cargo de autoridad, si su trabajo está relacionado con alguna fuerza de seguridad, si el empleo que desempeña implica el uso de alguna fuerza, si hay alguna institución que respalde su autoridad y perfil, si cuenta con entrenamiento militar.
Otros indicadores a tener en cuenta:
1. Denuncias: evaluar cómo decidió realizar la/las denuncias, si lo decidió ella o se lo sugirieron, quienes, etc. Ver si lo hizo sola o acompañada, si sostuvo la denuncia, y cuáles fueron las reacciones del agresor. A su vez poder rastrear el historial y tipos de manifestaciones legales (exposición, denuncia penal, exclusión del hogar) y con qué instituciones tuvo contacto (comisaría, juzgado, fiscalía, otras).
2. Círculo de la violencia: como se inicia, descripción del circuito, intensidad, velocidad de las fases (acumulación de tensión-explosión o descarga de impulsos-perdón, luna de miel).
3. Separaciones: si hubo separaciones, que consecuencias tuvieron, si algo cambio luego de cada separación y reconciliación posterior. Si se encuentra separada del agresor, hace cuánto tiempo o continúa en pareja con él.
Otros indicadores de riesgo de la salud que se muestran los efectos de la violencia:
a) Trastornos de la vida cotidiana: cuales fueron las áreas más afectadas por la violencia. Esto es en el trabajo, en las amistades, la familia las relaciones con los/as hijos/as.
b) Trastornos del sueño: insomnio, dificultad para conciliar el sueño, pesadillas.
c) Trastorno de la alimentación: falta de apetito, alimentación compulsiva, aumento de peso, disminución de peso, anorexia, bulimia.
d) Enfermedades actuales y/o agudización de enfermedades previas: respiratorias, digestivas, problemas de la piel, trastornos perceptuales, vértigo. Si ha consultado al médico/a, medicamentos, consumo de psicofármacos.
e) Consumo de alcohol, medicamentos u otras drogas (sedantes). Si se automedica, como se inicia esta ingesta y su frecuencia.
f) Prosopografía: como se presenta a la entrevista, aspecto personal, muestra de abatimiento, signos depresivos, notar el tono de la mirada, capacidad para comprender las preguntas y responder, entre otros indicadores generales.
ADJUNTO II
PROTOCOLO DE ADMISIÓN A LOS HOGARES DE PROTECCIÓN INTEGRAL
1- El ingreso al Hogar de Protección Integral debe ser la última estrategia a abordar, encontrándose la mujer en riesgo y sin ninguna red de contención familiar a la cual acudir.
2- Debe ser una estrategia consensuada con la mujer. La misma debe saber qué implicancias tiene tal decisión y contar con la información necesaria. Para esto se le entregará el Reglamento interno del lugar y un Acta acuerdo que deberá firmar al ingresar y formará parte de su legajo (Véase Adjunto III y Adjunto IV).
3- La institución o el equipo derivante deberá realizar una adecuada Evaluación de Riesgo completando la Ficha correspondiente, a fin de evitar la re victimización en una nueva entrevista (Véase Adjunto I).
4- El Equipo Técnico del Hogar de Protección Integral evaluará la posibilidad de alojar a esa mujer, y sus hijos/as si los tuviese, de acuerdo al nivel de riesgo que represente la violencia familiar y de género que atraviesa, la ausencia o deterioro de sus redes vinculares y el grado de peligrosidad y corruptibilidad del agresor.
5- De ser necesario para una mujer volver a ingresar a un Hogar de Protección Integral, se buscarán nuevas alternativas dentro de la Red Provincial de Hogares de Protección Integral.
6- A posteriori del ingreso, teniendo en cuenta los tiempos de la mujer, se articulará con el servicio de salud que se considere, para realizar un examen médico de la mujer y sus hijos/as a fin de evaluar el estado de salud y los requerimientos médicos necesarios.
7- El legajo de cada mujer contendrá:
Copias de DNI de ella y los hijos/as que la acompañen. En caso de no contar con ello se deberá orientar de inmediato la gestión que corresponda.
Ficha de datos personales y Evaluación de riesgo de la institución derivante.
Acta acuerdo de ingreso y Consentimiento informado del Reglamento interno firmado por la mujer.
Copia de la/s denuncia/s y medidas cautelares, si las hubiese al momento de ingresar.
Información de los trámites realizados por la misma (Juzgado y/o Fiscalía interviniente, número de causa, datos de abogada/o defensor/a y estrategias legales a seguir).
Copias de notas enviadas y recibidas.
Copias de certificados médicos, recetas, solicitudes de medicamentos, etc.
Informes periódicos del equipo interviniente detallando la evolución, las estrategias de egreso que se van considerando y las correspondientes articulaciones institucionales.
Otros (documentaciones oficiales).
ADJUNTO III
REGLAMENTO INTERNO
Derechos de las mujeres alojadas:
a) Ser informadas tanto de las normas de funcionamiento como del reglamento interno de la institución.
b) Ser respetadas en sus convicciones cívicas, políticas, morales y religiosas.
c) No ser discriminadas por razón de nacimiento, etnia, religión, ideología política y/o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
d) Ser informadas y asesoradas respecto de los recursos existentes que faciliten la modificación de su situación personal.
e) Usar y disponer de las dependencias y servicios ofrecidos por los Hogares de Protección Integral en los horarios y condiciones establecidos.
f) Garantizar la atención médica de la mujer y sus hijos/as, a través de los servicios de salud facilitando su acceso o contando con un profesional de la salud que pueda asistirlos de manera ambulatoria, en los casos en los cuales la mujer y sus hijos/as no puedan acercarse al centro de salud por cuestiones de seguridad.
g) Garantizar la continuidad escolar de sus hijos/as.
h) Decidir voluntariamente egresar de la misma antes del tiempo estipulado. En este caso, el Equipo Profesional y Técnico le informará sobre los riesgos, debiendo firmar la mujer un acta como responsable de la decisión de egresar. (Véase Adjunto V).
Responsabilidades de las mujeres alojadas:
a) Deberá firmar un Acta Acuerdo (Véase Adjunto IV) donde manifieste de manera expresa su consentimiento de permanencia en la institución, aceptando el Reglamento Interno y las pautas de convivencia (Véase Adjunto III).
b) Participar en las tareas domésticas de manera colectiva como también ocuparse del orden y aseo tanto personal como el de sus hijos/as.
c) Ser responsable del buen uso y normal funcionamiento de los espacios y objetos comunes.
d) Guardar el anonimato y reserva, tanto de las mujeres alojadas y sus hijos/as, como de las trabajadoras del lugar y el domicilio de la misma.
e) Mantener un uso responsable del teléfono celular y cualquier tecnología que implique un riesgo para la seguridad del lugar.
f) Cuidar de los niños/as a su cargo.
g) Participar de los Dispositivos de Intervención Interdisciplinarios propuestos por el Equipo Profesional y Técnico.
ADJUNTO IV
ACTA ACUERDO
En la ciudad de .a los del mes de .. de 201 . la Señora . DNI acuerda su ingreso al Hogar de Protección Integral . conociendo y aceptando el cumplimiento del reglamento interno de dicha Institución como así también las causales de egreso de la misma.
La institución se compromete a brindar todo lo necesario para el bienestar integral del grupo familiar durante la estadía (alojamiento, comida, medicamentos, etc.) como también el acompañamiento de las profesionales que conforman el Equipo Profesional y Técnico.
________________________________
Firma
________________________________
Aclaración
ADJUNTO V
ACTA DE EGRESO DEL HOGAR DE PROTECCIÓN INTEGRAL
POR PROPIA VOLUNTAD
_______________, ___ de _________________ de 201__
En el día de la fecha la señora______________________________________________ manifiesta que desea egresar del Hogar de Protección Integral __________________________________por los siguientes motivos: __________________________________________________________________________________________________________________________________________________
Junto a sus hijos/as_________________________________________________________ ________________________________________________________________________
El equipo profesional la asesora sobre la conveniencia de permanecer en el Hogar de Protección Integral hasta arbitrar las estrategias necesarias para su egreso.
Se deja constancia que esta institución deslinda responsabilidades sobre las consecuencias psicofísicas que pudieran devenir si queda expuesta nuevamente a los mismos peligros por los cuales tuvo que, oportunamente, ingresar a esta institución.
Se destaca que la Sra/ita _________________________egresa CON/SIN medidas cautelares, las cuales recibe en este acto.
Firma:
Aclaración:
Tipo y N° de Documento
ADJUNTO VI
ACTA DE CONFIDENCIALIDAD
_______________, ___ de _________________ de 201__
La señora _________________________ DNI______________________________ se compromete de manera expresa, tanto durante la vigencia de su trabajo, como después de su extinción, a no difundir, transmitir o revelar a terceras personas cualquier información del Hogar de Protección Integral_______________________________________________ a la que tenga acceso como consecuencia del desempeño de su actividad laboral, ni a utilizar tal información en interés propio o de sus familiares o amigos/as.
La prohibición establecida en el párrafo anterior se extiende a la reproducción en cualquier soporte de la información del Hogar de Protección Integral ___________________________________ a la que tenga acceso sobre las personas que allí trabajan o se alojan, a sus procedimientos y sistemas de organización o cualquier otro tipo de información interna, salvo que tal información sea estrictamente necesaria, con previa orden judicial, a quienes lo soliciten y estando autorizados anteriormente o exista un peligro de vida.
Firma:
Aclaración:
ADJUNTO VII
ACTA DE RECOMENDACIONES REALIZADAS
___________, ____ de ______________ de 20___
A través del presente Acta se deja constancia que el Equipo Técnico y Profesional interviniente evalúa que la señora _______________________ DNI _______________________ se encuentra en una situación de riesgo. Por ello, se le recomienda:__________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
Firma:
Aclaración:
ADJUNTO VIII
DECLARACIÓN JURADA
___________, ____ de ______________ de 20___
La señora ____________________________ DNI ________________________ hace entrega al Hogar de Protección Integral ______________________________________________ de los siguientes efectos personales, de los cuales es propietaria a saber: __________________________________________________________________________________________________________________________________________________
Los mismos permanecerán en el Hogar de Protección Integral hasta la fecha de egreso del declarante.
Así mismo, los efectos personales declarados no serán utilizados durante la permanencia de la declarante en dicha Hogar de Protección Integral.
Firma:
Aclaración:
ADJUNTO IX
HOJA DE DERIVACIÓN
Efector que realiza la derivación:
- Nombre de la Institución: ___________________________________________
- Profesional: _____________________________________________________
- Dirección: _______________________________________________________
- Teléfono: _______________________________________________________
- Horario de atención: _______________________________________________
Datos de persona derivada
- Apellido y Nombre: ______________________________________________
- Tipo y N° de Documentos: ________________________________________
- Edad: ________________________________________________________
- Dirección: ______________________________________________________
- Teléfono de contacto: ____________________________________________
- Motivo de consulta: ______________________________________________
Datos de la Institución a la que se deriva:
- Nombre de la Institución: ___________________________________________
- Profesional: ______________________________________________________
- Dirección: _______________________________________________________
- Teléfono: ________________________________________________________
- Horario de atención: _______________________________________________
Motivo de la derivación:
____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
__________________
Firma y Aclaración
Profesional Interviniente
ANEXO II
MANUAL PARA CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE
LAS MESAS LOCALES INTERSECTORIALES
Índice:
1. INTRODUCCIÓN
2. CARACTERISTICAS GENERALES:
2.1 Mesa Local como estrategia del Sistema Integrado Provincial
2.2 Hacia la institucionalización del Trabajo en red
2.3 Objetivos:
2.3.1 Objetivo general.
2.3.2 Objetivos específicos.
3. ACTORES INTERVINIENTES
3.1 Organismos Municipales
3.2 Organismos Provinciales en el territorio.
3.3 Otros actores Comunitarios
4. LINEAMIENTOS BÁSICOS:
4.1 Marco Teórico.
4.2 Estrategias de Abordaje.
4.3 Diagnóstico Situacional.
5. MARCOS DE ACCIÓN:
5.1 Construcción de Recursero y Hoja de Ruta.
5.1.1. Hoja de Ruta.
5.1.2 Recursero.
5.2 Estrategia Comunicacional.
5.3 Capacitaciones.
5.4 Promoción y/o Protección.
6. ADJUNTO.
MESAS LOCALES INTERSECTORIALES
1- INTRODUCCIÓN:
Este documento se constituye como una herramienta técnica para la creación y fortalecimiento de las Mesas Locales Intersectoriales entendidas como el espacio donde se organizan y acuerdan acciones en relación con la problemática de violencia de género en territorio. Tal como lo postula el Sistema Integrado Provincial (SIP) ninguna de las instituciones puede dar una respuesta integral y eficiente si actúa por sí misma y de manera aislada. En consecuencia, es necesario seguir consolidando estructuras de funcionamiento que actúen de manera articulada mediante relaciones interinstitucionales con un enfoque interdisciplinario en pos de la sanción, erradicación y prevención de la violencia de género.
2- CARACTERÍSTICAS GENERALES:
2.1 Mesa Local como estrategia del Sistema Integrado Provincial:
La formación de las Mesas Locales se enmarca dentro del Sistema Integrado Provincial buscando establecer ejes de articulación entre los actores de la comunidad construyendo modalidades de abordaje integrales en materia de violencia de género.
Todas las acciones de las Mesas Locales deberán apoyarse en la Mesa Intersectorial Provincial, quien elaborará los pronunciamientos político-técnicos rectores y respaldará el accionar de las mismas. A su vez, las mesas locales se vincularán con la Mesa Intersectorial
Provincial, aportándole información sobre aspectos de la realidad del territorio que no pudieran ser visualizados desde la gestión provincial.
2.2 Hacia la institucionalización del Trabajo en red:
La mesa local intersectorial es un lugar de encuentro para sumar esfuerzos en pos de unificar pautas y acciones concernientes a trabajar articuladamente, interinstitucionalmente y desde una mirada interdisciplinaria para dar respuestas integrales a las personas que atraviesan situaciones de violencia de género.
Cada mesa irá encontrando su particular modo de funcionamiento, días y frecuencias de los encuentros, relatoría a través de libro de actas, formación de comisiones de trabajo, temario tratar, acciones a realizar y la modalidad de articulación de dichas acciones frente al caso concreto. Todos estos aspectos tendrán que ver con una realidad local que no es homogeneizable.
2.3 Objetivos:
2.3.1 Objetivo general: Lograr un trabajo articulado entre las diferentes instancias institucionales con el objeto de analizar, diseñar, planear, evaluar e implementar acciones específicas en relación al abordaje y la prevención de la violencia de género en un territorio determinado.
2.3.2 Objetivos específicos:
Crear líneas de acción en relación a las estrategias de abordaje de los casos de violencia familiar y de género.
Generar políticas públicas territoriales en materia abordaje, asistencia y prevención de la violencia familiar y de género en los municipios bonaerenses.
Elaborar una estrategia comunicacional con el fin de sensibilizar sobre la temática, como también permitir el acceso a los servicios de la localidad.
Confeccionar conjuntamente protocolos de registros y protocolos de actuación a los fines de unificar criterios de actuación frente a la problemática.
3- ACTORES INTERVINIENTES:
El gobierno municipal será el responsable de realizar la convocatoria a dichas mesas de trabajo.
Para su conformación las mesas deberán contemplar en su convocatoria a diversos actores que propicien un entramado territorial de acción y una planificación estratégica colectiva y que incluya a los/as destinatarios/as en el diseño y definiciones de las políticas públicas en materia de violencia de género convocarse a todas las áreas que recepcionen directa o indirectamente la problemática:
3.1 Organismos Municipales:
- Áreas de Género O Mujer,
-Servicios/programas de violencia,
-Salud,
-Derechos Humanos,
- Seguridad,
-Consejo de las mujeres
-Empleo, etc.
3.2 Organismos Provinciales en el territorio:
-Comisarías,
-Establecimientos sanitarios
-Establecimientos Educativos,
- Dependencias del Poder Judicial, etc.
3.3 Otros actores Comunitarios y Organizaciones de la Sociedad Civil que trabajen cuestiones de género.
Recomendaciones: La convocatoria deberá ser amplia en pos de lograr una articulación eficaz entre los actores que incorpore no solo a los organismos mencionados anteriormente, sino también a los espacios que permitan generar una red que fortalezca a las mujeres víctimas de violencias. Por ejemplo, Sindicatos, Clubes y sociedades de Fomento, áreas de género de partidos políticos, etc.
Ampliar la convocatoria permitirá sostener los objetivos en el tiempo, trascendiendo las gestiones políticas.
4. LINEAMIENTOS BÁSICOS:
4.1 Marco Teórico:
Construir un marco teórico-conceptual es uno de los primeros puntos a tratar en la mesa de trabajo. En primer lugar, es necesario definir un marco teórico sobre el cual posicionarse como actores de la mesa, partiendo de una concepción de género en sentido amplio, que permitirá revisar la concepción de identidad de género para incluir a otros grupos vulnerados como la comunidad LGBTI. Se pondrá en discusión qué se entiende por violencia familiar, por violencia de género y fundamentalmente se deberá poner en discusión qué concepción de sujeto es la que sostiene las intervenciones.
Es de gran importancia que el marco teórico sea compartido para unificar criterios de acción frente al abordaje de los casos, tomando la perspectiva de género de manera transversal.
Esto permitirá definir criterios de intervención conjunta.
Para establecer este debate será indispensable tomar como referencia las Convenciones Internacionales de Derechos de las Mujeres, CEDAW Y Belem do Para, la Ley Nacional N° 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las mujeres en los ámbitos que desarrollen sus relaciones interpersonales y la Ley Provincial 12569 entre otras.
La Ley 26.485 representa un avance en materia de definición de violencia identificando los diferentes tipos (física, psicológica, simbólica, sexual, económica patrimonial) y ámbitos donde puede manifestarse (domestica, laboral, institucional, contra la libertad reproductiva, obstétrica, mediática) ampliando la concepción de violencia de género.
4.2 Estrategias de Abordaje:
Es necesario construir estrategias coordinadas de acciones y de una planificación colectiva que brinden respuestas a largo plazo a las problemáticas de violencia de género que surgen en cada territorio. Se deben establecer criterios compartidos que no favorezcan instancias de re victimización ni superposición de acciones por parte de los organismos convocados a la mesa local. Se destaca además, la importancia del desarrollo de una estrategia de seguimiento de casos, lo que permitirá realizar una lectura analítica de las acciones emprendidas. Se propone tomar situaciones testigo a fin de reconstruir el recorrido o ruta crítica que realizo para llevar adelante el proceso de salida de una situación de violencia.
4.3 Diagnóstico Situacional:
En los primeros encuentros es fundamental realizar un diagnóstico situacional sobre los componentes de la mesa, la presentación de los participantes en relación a su procedencia institucional y a su vinculación con la problemática, lo que permitirá reconocer y establecer los diferentes niveles de intervención. Estos niveles diferenciales no acentúan diferencias de grado sino que cualifican la intervención. El reconocimiento de los roles que se cumplen delinean las responsabilidades frente a la problemática y su posibilidad de articulación favoreciendo la eficacia en las acciones.
La conformación de las mesas locales, deberá pensarse como un proceso que, en tanto tal, requiere de tiempo, dedicación y compromiso. Dicho proceso será particular de cada territorio, donde se irán desarrollando las acciones según las necesidades y posibilidades de cada municipio.
Para tal objetivo es imprescindible realizar un diagnóstico inicial y participativo que permita visualizar la situación territorial en relación a la problemática (porcentaje de mujeres afectadas, sexo, edad, respuestas institucionales, etc.)
Este trabajo de reconocimiento es que el que permitirá diagramar los siguientes encuentros ya que proporciona la información para establecer los ejes de trabajo.
5. MARCOS DE ACCIÓN:
5.1 Construcción de Recursero y Hoja de Ruta:
El Recursero y la Hoja de Ruta, son instrumentos imprescindibles para orientar a los equipos interdisciplinarios en el proceso decisorio y en el abordaje, de acuerdo a la especificidad y complejidad de cada situación de violencia.
En el marco de las Mesas Locales de Violencia contra la Mujer se debe dar la construcción de un Recursero, que permitirá en consecuencia confeccionar una Hoja de Ruta a nivel local. (Véase Adjunto).
5.1.1. Hoja de Ruta:
La Hoja de Ruta, refiere a cuáles serán los lugares por los que transitará la mujer, en el proceso de salida de una situación de violencia. Dicho recorrido, será tan particular como las características de cada caso y de cada municipio.
5.1.2 Recursero:
El Recursero debe completarse con datos formales e informales de cada institución u organismo (referentes, días y horarios, modos de intervención de su municipio, etc). Es importante comprender que el Recursero de un territorio es parte de un sistema dinámico. Por tal motivo, debe realizarse un monitoreo y actualización de información con cierta periodicidad. Se Recomienda como mínimo una vez al año.
La producción de ambos recursos permitirá conocer los pasos a seguir para restituir y garantizar los derechos de las mujeres, las competencias institucionales, las debilidades o carencias y los obstáculos en la coordinación y articulación. Además de esta forma se evitará la superposición de los lugares de abordaje; y consecuentemente, la doble victimización de las mujeres.
La posibilidad de construir un Recursero y una Hoja de Ruta da cuenta de la eficacia o no del trabajo en red en la Mesa Intersectorial Local.
5.2 Estrategia Comunicacional:
Se considera necesaria la valoración de la comunicación como un factor determinante para la formación, fortalecimiento y sostenimiento del espacio de las Mesas Locales. Es una herramienta clave para alcanzar los objetivos planteados por la mesa permitiendo enfocar el trabajo buscando definir prioridades y estrategias de acción (cómo, qué y para qué).
En tal sentido, se sugiere considerar una serie de acciones que básicamente se pueden referir a ámbitos propios del funcionamiento interno de la mesa (comunicación interna) y de vinculación con la sociedad.
La comunicación interna, tiene como prioridad dar cohesión y fortalecer los intercambios al interior. Es necesario realizar un seguimiento exhaustivo de las reuniones por parte de los referentes convocados, a través de un instrumento de registro (Actas) que permita la visualización de las estrategias de intervención propuestas y de su evolución a largo plazo.
En cuanto a la comunicación externa busca conseguir los objetivos propuestos y centra su accionar en las vinculaciones con aquellas instituciones y/o personas que se consideran interlocutores o interlocutoras válidos para lograrlos.
5.3 Capacitaciones:
Dentro del proceso de trabajo, otro de los ejes fundamentales es la capacitación. Estas tendrán diferentes destinatarios de acuerdo a la evaluación que se realice en la mesa de trabajo.
En ocasiones, la misma estará dirigida a aquellos integrantes de la mesa que no posean conocimiento sobre la problemática y que por su función estén ligados a este tipo de demanda.
En dichos casos tendrá como objetivo la sensibilización, dando a conocer las características del fenómeno así como también el perfil de las personas que padecen éstas situaciones y modalidades de abordaje e intervención.
Una vez que la mesa se haya instituido en territorio, la demanda podrá provenir de alguna de las instituciones participantes (ejemplo: que el representante de Educación transmita la necesidad de capacitar al personal docente).
Las capacitaciones podrán llevarse a adelante por aquellos miembros de la mesa que posean formación en la problemática, o por organismos provinciales como la Subsecretaria de Género y diversidad Sexual o elevar la solicitud a la Mesa Provincial Intersectorial.
5.4 Promoción y/o Protección:
Una vez que la mesa local haya adquirido reconocimiento en la comunidad y establecido su dinámica de funcionamiento, podrá realizar campañas de promoción y/o prevención. Las mismas tendrán diferentes fines: promocionar la existencia de la mesa, informar sobre los recursos existentes para la atención de la problemática, difundir los derechos de las mujeres, sensibilizar a la ciudadanía en relación a la Violencia de Género, etc.
ANEXO III
PERFIL DE LOS ACOMPAÑANTES EN RED
El Sistema Integrado Provincial de prevención y atención de las mujeres en situación de violencia de género, está basado en la construcción de políticas que coordinen el trabajo de diversas áreas para lograr un objetivo común, garantizar el acceso a una vida libre de violencias.
El SIP parte de la base que toda persona que vive una situación de violencia pertenece a una red formal (instituciones como escuela, trabajo, clubes, Centro de Salud y otros) e informal (redes vinculares como amigos, familia y vecinos) de relaciones personales y sociales que se desarrollan en un determinado territorio.
La figura de la acompañante está reconocida en la Ley Provincial Nº 14.509 modificatoria de la 12569, en su artículo 6 ter que destaca que En cualquier instancia del proceso se admitirá la presencia de un/a acompañante como ayuda protectora de la mujer, siempre que quien padece violencia lo solicite y con el único objeto de preservar la salud física y psicológica de la misma.
Concebimos la construcción de redes como espacios tendientes a articular las diferentes instancias institucionales y sociales vinculadas a la problemática, como modo de efectivizar las respuestas y consolidar en planos formales los mecanismos de prevención, atención, derivación, asistencia y asesoría.
La red de trabajo se establece sobre la base de acuerdos de colaboración. El trabajo en red preserva a la mujer de una doble victimización, ya que los diferentes integrantes del sistema construirán una visión compartida sobre el tema, lo que redundará en respuestas coherentes y pertinentes ante la demanda. Esta visión deberá tener en cuenta a las mujeres como sujetas de derecho, y por lo tanto sujetas de decisión frente a su problema.
Las personas que acompañan serán respaldadas desde la mesa local de trabajo integrándose como parte de una red que contiene, en su funcionamiento a cada integrante. Asimismo se le brindara capacitación necesaria para llevar adelante esta función. En relación al reconocimiento de su tarea, se otorgaran certificados que avalen su experiencia con el objetivo de que los mismos puedan ser presentados ante posibles ofertas laborales.
A. ¿QUÉ ES SER ACOMPAÑANTE?
1) Ser acompañante no es trabajar en soledad, individualmente, sino que las acciones de prevención deben realizarse a través de una organización grupal, en el barrio o en la localidad
2) Ser acompañante no es hacer por la persona/s sino ayudarla a tomar decisiones y generar defensas para su protección. Acompañar con la conciencia de que la protagonista principal es la persona que está atravesando una situación de violencia.
3) Siempre deben respetarse los sentimientos de la mujer. Cada persona tiene sus propios tiempos, apresurar acciones en esta problemática, puede llevar al fracaso de las mismas, reforzando el sentimiento de frustración.
4) El/la acompañante deberá conocer el funcionamiento institucional, en especial de las instituciones que atienden la problemática de violencia de género.
A fin de articular su accionar con los otros componentes del SIP deberá vincularse con la mesa local intersectorial y en la medida de sus posibilidades participar del espacio local o contactarse con el área que la coordina.
5) El/la acompañante facilitará y orientará a la persona afectada a los centros de atención y otras instituciones según el caso lo requiera (comisaría, juzgados, fiscalías, etc.)
6) Ofrecerá un espacio de escucha, donde quien sufre pueda expresarse.
7) Ser acompañante, es alentar a la mujer en situación de violencia a recuperar su autoestima, su desarrollo personal, la salida de la situación de violencia. Dicho proceso conlleva el pasaje de ser objeto de violencia a ser sujeto de derecho. Transmitirle que no está sola y que siempre hay a quienes recurrir para encontrar ayuda.
B. ¿QUÉ ACTITUDES DEBERÁ TENER QUIEN ASUMA EL ROL DE ACOMPAÑANTE?
1) Deben poseer reconocimiento en su comunidad (liderazgo positivo).
2) Perfil solidario y participativo, a la vez que reservado, que la información circule sólo entre las personas comprometidas con el caso, por las características propias de la problemática.
3) Trabajar en derribar mitos y prejuicios sobre la problemática, ser comprensivos/vas, brindar confianza a la persona en sí misma y en relación a la resolución del problema.
4) Es necesario que reflexionen sobre su tarea, manteniendo siempre una actitud de escucha abierta y atenta.
5) Deberá trabajar con las potencialidades de la persona que sufre, lo que ella puede hacer remarcando sus aspectos más valiosos.
6) Nunca exponerse a situaciones riesgosas, y resguardar también a su entorno.
7) El trabajar en equipo preserva a quien se compromete con la tarea, de los sentimientos que la misma podría movilizar: impotencia, angustia, miedo, frustración, omnipotencia, etc. Aquellas personas que han vivido situaciones de violencia familiar y desempeñen la función de acompañante deberán especialmente apoyarse en el grupo de trabajo ya que a los sentimientos que esta problemática despierta se suma su historia personal lo que puede obstaculizar la tarea.
8) Recordar que el papel de acompañante es muy importante pero no puede sustituir a los centros especializados de atención.
C. ¿CUÁLES SON LAS ACCIONES QUE DEBERÁN LLEVAR A CABO LAS ACOMPAÑANTES EN LOS CASOS DONDE LA PERSONA CORRE RIESGO DE VIDA?
Frente a los casos con riesgo de vida, que requieran la salida del hogar de las víctimas, hay diferentes tipos de respuestas dependiendo de la posibilidad o no de planificar acciones:
ü ACCIONES PLANIFICADAS:
- Vincularse con un equipo que trabaje la problemática de Violencia Familiar y de género, para asesoramiento y planificación de las acciones o con el Servicio telefónico de atención de mujeres en situación de violencia perteneciente al Programa AVM de la Secretaria de Derechos Humanos. Dicho servicio asiste a todo el conurbano y la provincia de Buenos Aires, el acceso al mismo se realiza a través de la línea 911 del Ministerio de Seguridad o el 0800-555-0137, o 136. En este servicio se brinda asesoramiento, información sobre recursos, contención y seguimiento en casos complejos.
- Aconsejar a la persona que prepare documentación de importancia (DNI., títulos de algún bien que posea, libretas sanitarias, etc.) Tener preparada una muda de ropa, la cual servirá hasta poder iniciar las acciones legales necesarias para recuperar sus pertenencias.
- Indagar sobre quién puede albergarla transitoriamente. Subestimar este aspecto, tomar decisiones apresuradas, en ocasiones, expone a quien padece a una doble victimización.
- Una vez que se encuentre a resguardo, avisar a la comisaría más cercana sobre su situación por si debiera recurrir ante una emergencia. Siempre tener en cuenta la línea telefónica 911 de emergencias policiales.
- Recurrir, si se contara a nivel local, con un equipo especializado en Violencia Familiar y/o de Género, para continuar planificando acciones (aspectos legales, acompañamiento psicológico, recursos sociales, etc.).
- De no contar con equipos que trabajen específicamente la problemática, dirigirse a: Dirección de Acción Social Municipal, Servicio de Salud Mental de hospitales, ONG, Comisaría de la Mujer, Centro de Asistencia a la Víctima, Casas de Justicia, etc.
ü ACCIONES NO PLANIFICADAS. EMERGENCIAS
- Generalmente son situaciones donde la persona huye del hogar para preservar su propia vida y/o la de sus hijos.
- Dirigirse al hospital cuando la persona está lastimada como producto del ataque. Informar la causa de sus lesiones. Solicitar que el hospital aplique el protocolo de atención específico para estos casos (Resolución 304/07).
- Si se encuentra en buen estado físico, acompañarla a la comisaría a que efectúe la denuncia correspondiente; quien la atienda deberá recepcionar obligatoriamente la misma aunque no haya lesiones visibles.
- Si el agresor iniciara una persecución de la víctima hasta el domicilio que la cobija, permanecer a resguardo y llamar a la línea 911 de emergencias policiales.
- Cuando la persona ingresa a un Hogar de Protección Integral, quien acompaña seguirá cumpliendo su función junto con los diferentes componentes del Sistema Integrado que participan en la resolución del caso. Respetando siempre las normas de funcionamiento del dispositivo de alojamiento.
Todas las acciones deben llevarse a cabo con la total conformidad de la mujer, respetando su autonomía, decisión y opinión. La misma participará como protagonista en la resolución de la crisis que atraviesa, entendiendo que toda persona es capaz de reorganizar su propia vida.
Como excepción a lo anteriormente expresado, se plantearán los casos de mujeres adultas en situación de violencia que no han tomado conciencia del riesgo que corren exponiéndose a sí mismas y/o a sus hijos/hijas a daños físicos y/o psíquicos. La/el acompañante podrá en éstos casos, asesoramiento de por medio, realizar acciones legales.
D. LUGARES DONDE SE PUEDE RECURRIR PARA ORIENTACIÓN Y/O ATENCIÓN:
ü Servicios Telefónicos de Atención las 24 hs Línea 144 o llamar al 911
ü Dirección de políticas de Género, Áreas de Género o Mujer. Programas especializados en Violencia de género.
ü Servicios de Psicología o Salud Mental de los Hospitales.
ü Centros de Atención Primaria de la salud.
ü Equipos de Orientación Escolar.
ü Servicios Locales de Protección y Promoción de Derechos de Niñas, Niños y Adolecentes
ü Tribunal o Juzgado de Familia.
ü Tribunal de Menores.
ü Juzgados de Paz.
ü Defensorías oficiales.
ü Colegios de Abogados.
ü Organizaciones Sociales.
C.C. 1773