LEY 14371
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE
LEY
ARTÍCULO 1°.- En virtud del requerimiento de
a) Nueve (9) cargos de Magistrados Suplentes correspondientes a los Fueros Civil y Comercial, de Familia y de Paz, divididos de la siguiente forma:
Dos (2) cargos para los
Departamentos Judiciales de
Dos (2) cargos para los
Departamentos Judiciales de Morón, San Martín,
Dos (2) cargos para los Departamentos Judiciales de Junín, Trenque Lauquen y Mercedes (Región 4).
Dos (2) cargos para los Departamentos Judiciales de Azul, Mar del Plata y Dolores (Región 5).
Un (1) cargo para los Departamentos Judiciales de Bahía Blanca y Necochea (Región 6).
b) Siete (7) cargos de Magistrados Suplentes correspondientes a los Fueros Penal y Penal Juvenil, divididos de la siguiente forma:
Dos (2) cargos para los
Departamentos Judiciales de
Cuatro (4) cargos para los
Departamentos Judiciales de Morón, San Martín,
Un (1) cargo para los Departamentos Judiciales de Azul, Mar del Plata y Dolores (Región 5).
c) Tres (3) cargos de Magistrados Suplentes correspondientes al Fuero Laboral, divididos de la siguiente forma:
Un (1) cargo para los
Departamentos Judiciales de
Un (1) cargo para los
Departamentos Judiciales de Morón, San Martín,
Un (1) cargo para los Departamentos Judiciales de Azul, Mar del Plata y Dolores (Región 5).
ARTÍCULO 2°.- Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos y Recursos para el Ejercicio vigente, las adecuaciones que resulten necesarias para el cumplimiento de lo establecido en la presente Ley.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en