DECRETO 819/2021
LA PLATA, 30 de Septiembre de 2021.
VISTO el expediente EX-2021-07825573-GDEBA-DDDPPMCPGP del Ministerio de Comunicación Pública, mediante el cual se propicia aprobar el Plantel Básico de la jurisdicción, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 139 de la Ley N° 10430 determina que el Plantel Básico es la dotación de personal cuantitativa y cualitativamente necesaria para la consecución de las misiones y para el ejercicio de las funciones inherentes a cada unidad organizativa, los que se ajustarán anualmente al presupuesto aprobado, previa intervención del Organismo Central de Personal;
Que el artículo 3º de la Ley Nº 10449 “Régimen para el Personal Técnico - Gráfico” establece la aplicación supletoria del Estatuto del Empleado Público de la Provincia de Buenos Aires para los casos no legislados en ella, por lo que corresponde ajustar el Plantel Básico del personal allí comprendido a las previsiones contenidas en la Ley Nº 10430;
Que por Decreto N° 89/2021 se aprobó el “Reglamento para la Aprobación del Plantel Básico Nominado e Innominado”, estableciéndose la obligación de los organismos de la Administración Pública Provincial centralizada y descentralizada previstos en su artículo 2° de aprobar su Plantel Básico entre los meses de abril y septiembre de cada año; o bien, dentro de los treinta (30) días de publicada la norma en el Boletín Oficial, cuando se apruebe o modifique su estructura orgánico-funcional;
Que, por su parte, la Ley N° 15225 aprobó el Presupuesto General de la Administración Provincial para el Ejercicio 2021, con destino a cada una de las jurisdicciones y organismos allí previstos, fijándose, asimismo, el número de cargos de la Planta Permanente y la Planta Temporaria;
Que mediante Decreto N° 30/2020 se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Comunicación Pública;
Que, en consecuencia, corresponde en esta instancia aprobar el Plantel Básico Nominado e Innominado de la jurisdicción, a partir del 1° de enero de 2021;
Que se han expedido favorablemente la Dirección Provincial de Planificación y Gestión Estratégica del Empleo Público, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que han tomado intervención en razón de sus respectivas competencias Asesoría General de Gobierno y Contaduría General de la Provincia;
Que la gestión que se promueve se efectúa de conformidad con lo establecido en los artículos 123 inciso 2 apartado f) y 139 de la Ley N° 10430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su reglamentación aprobada por Decreto N° 4161/96, y en los términos del Decreto N° 89/2021;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Aprobar en la Jurisdicción 1.1.1.27 - Ministerio de Comunicación Pública, a partir del 1° de enero de 2021, el Plantel Básico Nominado e Innominado para el Régimen de Empleo de la Ley N° 10430, que como Anexo I (IF-2021-21812282-GDEBA-DDDPPMCPGP) y Anexo II (IF-2021-21812472-GDEBA-DDDPPMCPGP) forman parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2°. Aprobar en la Jurisdicción 1.1.1.27 - Ministerio de Comunicación Pública, a partir del 1° de enero 2021, el Plantel Básico Nominado e Innominado para el Régimen de Empleo de la Ley N° 10449, que como Anexo III (IF-2021-21813303-GDEBA-DDDPPMCPGP) y Anexo IV (IF-2021-21814162-GDEBA-DDDPPMCPGP) forman parte integrante del Presente.
ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por los/as Ministros/as Secretarios/as en los Departamentos de Comunicación Pública, de Hacienda y Finanzas y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 4°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Jesica Laura REY Pablo Julio López
Ministra de Comunicación Pública Ministro de Hacienda y Finanzas
Martín Insaurralde Axel Kicillof
Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros Gobernador
Los anexos del presente Decreto pueden ser consultados en su versión PDF.