DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD
DECRETO 1136
La Plata, 1 de junio de 2004
VISTO que por el expediente Nº 21.100-760.452/04 el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, solicita la aprobación, en lo pertinente, de la desagregación estructural de la Subsecretaría de Seguridad, que fuera aprobada mediante el Decreto Nº 712/04;
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 13.175 ha
fijado las competencias del Ministerio de Seguridad, determinando en particular
para el Organismo citado, el asistir al Gobernador de la Provincia en la
determinación, coordinación y ejecución de las políticas provinciales en
materia de seguridad pública;
Que mediante el Decreto Nº 712/04 se aprobó la apertura mínima para el citado
organismo;
Que se conviene en esta instancia y en virtud de la actual configuración
ministerial, la aprobación en la Subsecretaría de Seguridad de las siguientes
unidades orgánicas: Dirección Provincial de Planificación; Dirección Provincial
de Evaluación y Seguimiento, y Dirección de Coordinación Técnica con sus
respectivas desagregaciones y cargos estructurales, dejándose para una
posterior etapa la formalización de aquellas unidades orgánicas que actúan bajo
la dependencia jerárquica y funcional de la citada Subsecretaría;
Que ha tomado intervención la Subsecretaría de la Función Pública y la
Subsecretaría de Finanzas del Ministerio de Economía;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES
DECRETA
Art. 1º - Apruébase en el
Ministerio de Seguridad y en el ámbito de la Subsecretaría de Seguridad la
estructura organizativa de acuerdo al organigrama, metas, acciones y tareas que
como Anexos 1, 2, 3 y 4, respectivamente forman parte del presente acto.
Art. 2º - Determínanse para la estructura organizativa aprobada en el artículo
precedente los siguientes cargos: Director Provincial de Planificación;
Director Provincial de Evaluación y Seguimiento; Director de Coordinación
Técnica; Director de Planificación; Director de Asignación del Personal
Policial y Logística; Director de Seguimiento; Director de Apoyo e Información;
Jefe del Departamento Técnico y Jefe de Departamento Administrativo y Despacho,
todos ellos conforme a los Cargos vigentes que rigen en la Administración
Pública Provincial.
Art. 3º - Déjase establecido que el Ministerio de Seguridad, previa
intervención de los organismos competentes, deberá elevar al Poder Ejecutivo,
en un plazo de noventa días a partir de la vigencia del presente acto, la
propuesta de desagregación estructura¡ de las Dependencias de la Subsecretaría
de Seguridad. Asimismo, durante ese período, se mantendrán con carácter
provisorio las siguientes unidades organizativas: Fiscalización de Agencias y
Seguridad Privada; Defensa Civil; Dirección General de Coordinación Operativa:
Policía de Seguridad Departamental (I a XVIII); Dirección General de Seguridad
Vial; Custodia del señor Gobernador; Servicio Centralizado de Caballería;
Servicio Centralizado de Infantería; Grupo Halcón, Capellanía, y Registro
Provincial de Armas (REPAR), con sus respectivas funciones, cargos
estructurales, plantas de personal y partidas presupuestarias asignadas.
Art. 4º - El Ministerio de Seguridad propondrá al Ministerio de Economía las
adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento al presente acto
administrativo, las que deberán ajustarse a las previsiones del ejercicio
presupuestario vigente.
Art. 5º - El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en
los Departamentos de Seguridad, de Economía.
Art. 6º - Regístrese, comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial y
archívese.
SOLA
León Carlos Arslanian
ANEXO 1
ANEXO 2
METAS DE LAS DIRECCIONES PROVINCIALES O GENERALES
MINISTERIO DE SEGURIDAD
SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD
DIRECCION PROVINCIAL DE PLANIFICACION
1. Proponer cursos de
acción y de funcionamiento operativo de las estructuras policiales de
seguridad.
2. Coordinar con las áreas competentes e involucradas de la Subsecretaría
Administrativa en materia de administración de recursos humanos, económicos,
financieros, materiales e instrumentos y de infraestructura, las actividades
relacionadas con la obtención y actualización de la información sobre la
cantidad y condiciones de los mismos, asignados a las policías de seguridad.
3. Participar en la elaboración de los planes, programas y proyectos dirigidos
al equipamiento de material de las policías de seguridad y la capacitación y
promoción de sus miembros, desde la perspectiva de obtener mayor eficacia y
eficiencia en la funcionalidad.
4. Diseñar procedimientos e instrumentos generales y particulares para la
planificación táctica y estratégica de las acciones conducentes a la
implementación de las políticas fijadas en materia de seguridad.
DIRECCION PROVINCIAL DE EVALUACION Y SEGUIMIENTO
1. Establecer pautas de
acción tendientes a desarrollar mecanismos de supervisión y evaluación
permanente de la implementación de las políticas emanadas de la Subsecretaría y
de las actividades de las estructuras policiales de seguridad.
2. Asistir en cuanto a la fijación y formalización de mecanismos y
procedimientos de comunicación, y de información vinculados con las estructuras
policiales de seguridad, que resulten necesarios para la supervisión de la
gestión.
3. Proponer cursos de acción y actuación tendientes a mejorar la situación de
salvaguardia y la actuación del personal de las policías de seguridad en cada
uno de los Departamentos de la Provincia.
4. Diseñar y ejecutar acciones para el fortalecimiento institucional de las
policías de seguridad que propenden a garantizar la legalidad y transparencia
en el cumplimiento de sus objetivos, aplicados a la preservación de la vida,
libertad y patrimonio de los ciudadanos y la defensa de las instituciones de la
democracia.
5. Solicitar a las áreas competentes e involucradas, las inspecciones
operativas y auditorías, respecto de las iniciativas o propuestas colectivas o
individuales que se deriven de otras áreas en cuanto al accionar de las
policías de seguridad.
6. Garantizar el cumplimiento de los principios básicos de la práctica policial
y supervisar las actividades de las policías de seguridad relacionadas con el
respeto de la ley y la transparencia de sus actos funcionales.
ANEXO 3
ACCIONES DE LAS DIRECCIONES
SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD
DIRECCION DE COORDINACION TECNICA
1. Organizar y mantener
actualizados los archivos de documentación oficial, técnica, informes,
análisis, estudios, legislación y otras normativas necesarias para el normal
funcionamiento de la Subsecretaría.
2. Supervisar el despacho de actuaciones de la Subsecretaría y las actividades
relacionadas con la gestión de las actuaciones y documentación que ingrese y egrese.
3. Brindar a las distintas áreas de la Subsecretaría, la asistencia técnica
administrativa de apoyo a la gestión, sustanciando los actos administrativos
correspondientes.
4. Recabar la información necesaria a fin de elaborar y proponer el anteproyecto
de presupuesto de la Subsecretaría, verificando el cumplimiento de las
normativas vigentes.
5. Atender las necesidades de Secretaría Privada y audiencias de la
Subsecretaría.
6. Organizar y supervisar la asistencia del personal y los requerimientos materiales,
de información, datos y recursos necesarios para el desempeño de la
Subsecretaría, coordinando acciones, pautas y criterios con las pertinentes
áreas competentes e involucradas.
7. Organizar y supervisar las actividades relacionadas con guardias permanentes
de atención y asistencia a las autoridades de la Subsecretaría, en lo atinente
a las contingencias y estrategias definidas en la actuación policial.
DIRECCION PROVINCIAL DE PLANIFICACION
DIRECCION DE PLANIFICACION
1. Efectuar estudios que
permitan el diseño de procedimientos e instrumentos generales y particulares
para la planificación de programas tendientes a la óptima utilización de los
recursos humanos y materiales de las policías de seguridad, coordinando pautas,
criterios y acciones con las áreas involucradas de la Subsecretaría de
Información para la Prevención del Delito.
2. Desarrollar acciones y asistir a las policías de seguridad en la elaboración
de programas para la prevención de delitos y contravenciones.
3. Promover hechos y almacenar información que permitan realizar el seguimiento
y evaluación de los resultados de las distintas etapas de las previsiones,
planes y programas diseñados en la Subsecretaría.
4. Participar en la elaboración de proyectos de reformulación estructural, conforme
a los lineamientos técnicos y profesionales. Coordinar las acciones de
capacitación acorde a las necesidades detectadas.
5. Contribuir en la supervisión del funcionamiento operativo de las policías de
seguridad y demás dependencias de la Subsecretaría, a fin de la identificación
oportuna de las necesidades.
DIRECCION ASIGNACION DEL PERSONAL POLICIAL Y LOGISTICA
1. Desarrollar acciones
referidas a la asignación del personal policial en los distintos planes,
programas y operativos de actuación.
2. Supervisar el cumplimiento de las normas vigentes para los recursos humanos
asignados a las policías de seguridad, coordinando acciones con las áreas de la
Dirección de Coordinación Técnica.
3. Coordinar acciones con el área competente de la Subsecretaría Administrativa,
con el fin de mantener actualizada la información sobre la disponibilidad y
asignación de los recursos materiales que puedan ser utilizados en las tareas
propias de las policías de seguridad.
4. Elaborar las propuestas sobre las necesidades de las policías de seguridad
en materia de recursos humanos y materiales.
DIRECCION PROVINCIAL DE EVALUACION Y SEGUIMIENTO
DIRECCION DE SEGUIMIENTO
1. Desarrollar acciones a
fin de realizar la evaluación permanente del desempeño del personal de las
policías de seguridad.
2. Identificar, estudiar y analizar los problemas, excesos, abusos, actuación
incorrecta y demás cuestiones críticas que no se correspondan con las
exigencias profesionales o comunitarias respecto del accionar policial.
3. Proponer la implementación de controles para asegurar la utilización de la
información relacionada con el seguimiento de la gestión de las policías de
seguridad y de las dependencias de la Subsecretaría.
DIRECCION DE APOYO E INFORMACION
1. Confeccionar las instrucciones
generales y particulares, para la coordinación de la implementación y
supervisión de las tareas que se desarrollen.
2. Evaluar la información considerada de interés para la Subsecretaría de
Seguridad que provenga de otros organismos provinciales, nacionales o
internacionales, públicos o privados, con competencia en la materia, así como
los datos obtenidos por medios propios.
3. Sistematizar y evaluar la información relevada con relación al
funcionamiento de las policías de seguridad, a fin de participar en la
elaboración de la memoria anual de la Subsecretaría.
4. Programar, ejecutar y controlar la información específica de la
Subsecretaría de Seguridad en lo que se refiere a programas de coordinación con
otras áreas del Ministerio, así como con organismos provinciales, nacionales o
internacionales.
ANEXO 4
TAREAS DE LOS DEPARTAMENTOS
SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD
DIRECCION DE COORDINACION TÉCNICA
DEPARTAMENTO TECNICO
1. Atender los
requerimientos de las autoridades superiores referidos a situaciones eventuales
y urgentes que surjan en el desarrollo de las distintas actividades.
2. Organizar y mantener una guardia con el personal a cargo, que brinde la
suficiente atención, asesoramiento y asistencia a las autoridades, ante las
posibles contingencias que surjan.
3. Mantener actualizado un registro de novedades, temas, personal
interviniente, recursos afectados, descripción de la situación problema, la
correspondiente comunicación al responsable competente, la solución sugerida y
los resultados obtenidos.
4. Confeccionar informes relacionados con la asistencia y el asesoramiento
brindado.
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO Y DESPACHO
1. Analizar expedientes y
documentación en general, a fin de posibilitar su correspondiente
diligenciamiento.
2. Organizar y controlar el funcionamiento de¡ despacho de actuaciones del área
de la Subsecretaría y sus dependencias.
3. Organizar y controlar el funcionamiento del despacho de actuaciones del área
de la Subsecretaría y sus dependencias, asimismo, programar y supervisar las
tareas que hacen al registro y gestión de las actuaciones y documentación que
ingrese y egrese.
4. Analizar y recopilar los antecedentes y actualización de datos e información
referida al personal afectado a la Subsecretaria, como así también los recursos
asignados a las distintas áreas que componen la Subsecretaría.
5. Compilar los datos necesarios para la realización y actualización de los
legajos internos del personal afectado a la Subsecretaría.
6. Atender el seguimiento y despacho de todo acto administrativo ingresado en
la órbita de la Subsecretaría.
7. Programar y supervisar las tareas que hacen al registro y gestión de la mesa
de entradas y salidas de la Subsecretaría.
8. Registrar la administración de los recursos económicos y materiales otorgados
para el debido funcionamiento de la Repartición.