Decreto 239/2020
La Plata, 13 de abril de 2020
VISTO el expediente EX-2020-05695406-GDEBA-DDDPPMDCGP del Organismo Provincial de la
Niñez y Adolescencia, mediante el cual se propicia la designación de la Licenciada en Trabajo Social Mariana Silvia FIAMINGO, en el cargo de Directora de Educación, Estudios y Planificación, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 77/2020 se aprobó la estructura orgánico funcional del Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia;
Que se propicia la designación, a partir del 16 de marzo de 2020, de la Licenciada en Trabajo Social Mariana Silvia FIAMINGO en el cargo de Directora de Educación, Estudios y Planificación, el cual se encuentra vacante en atención a la aceptación de la renuncia de María Elena MINETTI, formalizada por Decreto Nº 1839/19;
Que es importante destacar que la Licenciada en Trabajo Social Mariana Silvia FIAMINGO reúne las condiciones y aptitudes para desempeñarse en el cargo en el que ha sido propuesta;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que la gestión que se promueve se efectúa de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 108 y 109 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su reglamentación aprobada por Decreto N° 4161/96;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.18 Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, a partir del 16 de marzo de 2020, en el cargo de Directora de Educación, Estudios y Planificación, a la Licenciada en Trabajo Social Mariana Silvia FIAMINGO (DNI N° 22.582.248 - Clase 1972), de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 108 y 109 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96.
ARTÍCULO 2º. El presente Decreto será refrendado por los/as Ministros/as Secretarios/as en los Departamentos de Desarrollo de la Comunidad y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
María Fernanda Raverta, Ministra; Carlos Alberto Bianco, Ministro; Axel Kicillof, Gobernador