LEY 5657
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Ratifícase el Decreto del Poder Ejecutivo número 15.593 del 28 de julio de 1950, modificatorio del artículo 35 del Decreto 3649/44 ratificado por Ley número 5105, sobre confección de cartas de porte de transportadores.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.