FUNDAMENTOS DE LA LEY 13673

En la provincia de Buenos Aires, han tenido lugar las primeras experiencias de microfinanzas en nuestro país, al comienzo de los años 90, al calor de la definitiva instalación del modelo neoliberal que supuso la destrucción de las economías regionales, la destrucción de miles de puestos de trabajo y el agravamiento y precarización de las condiciones laborales de un muy importante sector de la comunidad. Situación que entre otros indicadores, se vio claramente reflejada en el índice de desocupación que, de un 5 o 6 % de la PEA (considerada hasta ese momento desocupación friccional), trepo hasta el 20% a nivel país; con ciudades y conglomerados que llegaban hasta un 40% de desocupación abierta (desocupación estructural).

En ese contexto, fueron básicamente las organizaciones sociales que venían trabajando con este sector de la población que sufría directamente las graves consecuencias de la pérdida de sus fuentes de trabajo, generadoras del ingreso principal de la familia, las que comienzan a incorporar entre sus estrategias de intervención, esquemas vinculados con el microcredito, o sea como vemos especialmente dirigido a una población en situación de vulnerabilidad social (vulnerabilidad social dada por la precariedad de sus sistema de ingresos).

Desde la órbita gubernamental, también se comienza a percibir el problema y se estructuran programas con las mismas características, aprovechando la experiencia del resto de los países de Latinoamérica, que bastantes años antes que nosotros, tuvieron que incorporar estas estrategias de fortalecimiento para el autoempleo.

En el año 2002 concretamente, se genera en la orbita del Ministerio de Desarrollo Humano, el Programa Provincial de Economía Social, destinado a conformar a través de organizaciones locales de apoyo, un sistema de asistencia integral a las actividades de la economía social de la Provincia de Buenos Aires (Decreto nº 3057/02).

Comúnmente conocido como “La Banca Social”, este programa a transferido a más de 60 organizaciones no gubernamentales y mixtas de toda la provincia (asociaciones civiles, fundaciones, cámaras, agencias de desarrollo, etc.), un fondo semilla de $50.000, más un porcentaje del 10% para gastos operativos, como fortalecimiento institucional; con el objeto de que los administren como fondos con recuperación solidaria, y a través de la metodología de microcredito (créditos individuales y/o a grupos con garantías de tipo solidarias).

A partir del mes de febrero de este año, también en la órbita del Ministerio de Desarrollo Humano, se comienza a implementar el Plan Provincial para el Aumento de las Oportunidades de Desarrollo Productivo, “El Trabajo Dignifica”. (Resolución del Ministro de Desarrollo Humano n° 728/06). Este Plan, entre otras estrategias vinculadas con el fortalecimiento integral de una política de desarrollo local con carácter inclusivo, dispone la instalación a nivel de los municipios de la provincia de Fondos Locales para el Desarrollo Socio-Productivo, para la administración de un sistema de microcreditos descentralizado, también con recupero solidario (comúnmente llamados fondos rotatorios). Ya se han formulado más de 20 fondos de estas características, que administraran fondos iniciales de un promedio del orden de los $100.000, para otorgar pequeños créditos dirigidos a microemprendimientos de bajos ingresos y actores de la economía social que no acceden al sistema formal de crédito.

En el mes de agosto de 2006, el Gobernador de la Provincia puso en marcha el Programa Fuerza Solidaria, constituyendo un fideicomiso conjuntamente con el Banco de la Provincia y aportes del Instituto Provincial de Lotería y Casinos. Los aportes gubernamentales de ese fideicomiso, van dirigidos a constituir garantías y subsidiar las tasas.

El objetivo de este programa es fortalecer a las instituciones que administran programas de microcredito, asistiéndolas técnicamente y financieramente, para que realicen su tarea con el mayor impacto social posible. Asimismo también constituye parte fundamental de su estrategia, el fortalecimiento a través de financiamiento, capacitación y asistencia técnica, a los emprendimientos asociativos de la economía social, en el ámbito de nuestra provincia.

Para el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, la presentación y aprobación de la Ley Nacional N° 26117, ha significado una muy saludable iniciativa que otorga un marco de legalidad a una actividad fuertemente social que ya poseía una importante cuota de legitimidad. Legitimidad dada por los múltiples programas y fondos dispuestos desde el gobierno de la provincia y las más de 150 organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, que sin fin de lucro, realizan estas actividades microcrediticias a lo largo y ancho de la provincia; y los múltiples programas provinciales, que comprometen fondos, transferencia metodología y capacitación, tal como lo solicita la propia Ley Nacional, en su articulo 21°.

Asimismo significa un fuerte espaldarazo a la política provincial de apoyo a la población en situación de vulnerabilidad social y a los actores de la economía social, que a través del desarrollo de sus propios saberes y habilidades, se generan un ingreso digno para sostenerse y sostener a sus familias.