Provincia de Buenos Aires
TESORERÍA GENERAL
Resolución Nº 169/13
VISTO
CONSIDERANDO:
Que el artículo 76 de
Que el artículo 43 de
Que el artículo 61 de
Que por Resoluciones Nº 10/13, 22/13, 36/13, 49/13, 63/13,
71/13, 82/13, 93/13,105/13, 123/13, 141/13, 151/13 y 159/13 de
Que por Resoluciones Nº 34/13 y 125/13 de
Que, como consecuencia, el monto global de emisión de Letras del Tesoro alcanza la suma de Valor Nominal pesos ocho mil noventa y tres millones seiscientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos ochenta y seis con 50/100 (VN $8.093.659.486,50);
Que por Resoluciones Nº 17/13, 29/13, 51/13, 18/13, 40/13,
30/13, 56/13, 39/13, 66/13, 52/13, 57/13, 73/13, 19/13, 67/13, 85/13, 31/13,
74/13, 95/13, 53/13, 38/13, 86/13, 110/13, 58/13, 96/13, 127/13, 59/13, 68/13,
111/13 y 146/13 de
Que el artículo 43 de
Que el artículo 57 de
Que por Resoluciones Nº 95/13 y 205/13 de
Que por Resoluciones Nº 147/13, 177/13, 182/13, 193/13, 229/13,
235/13 de
Ejercicio Financiero 2013, por un monto total de Valor Nominal pesos un mil doscientos cuarenta y dos millones novecientos ochenta y nueve mil novecientos ochenta y dos (VN $ 1.242.989.982);
Que el inciso e) del artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, establece que el monto máximo de autorización citado se afectará por el Valor Nominal en circulación;
Que, consecuentemente, el monto de Letras del Tesoro en circulación a la fecha de la presente alcanza a la suma de Valor Nominal pesos tres mil seiscientos ochenta y cuatro millones quinientos noventa mil ochocientos once con 50/100 (VN $3.684.590.811,50); Que el inciso a) del artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, instituye que el Ministerio de Economía establecerá en cada oportunidad las respectivas condiciones financieras de emisión;
Que por ello mediante
Que en particular el artículo 1º de
Que asimismo el artículo 2º de
Que el artículo 3º de la referida Resolución establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a trescientos sesenta y cuatro (364) días con vencimiento el 9 de octubre de 2014, por un monto de hasta Valor Nominal pesos veinte millones (VN $20.000.000);
Que en el día de la fecha se formalizó el proceso licitatorio de las Letras en cuestión; Que el mencionado acto licitatorio se llevó a cabo en el Mercado Abierto Electrónico Sociedad Anónima (M.A.E.), a través de su sistema de transacciones electrónicas denominado SIOPEL, conforme las normas dictadas por dicho Mercado, en materia de concertación, registración y liquidación de las operaciones con Letras;
Que el artículo 4º de
Que conforme al artículo 6º de
Que conforme al artículo 7º de
Que
Que los respectivos Certificados Globales de las citadas
Letras del Tesoro serán depositados en el sistema de depósito colectivo
administrado por
Que las emisiones adjudicadas están contenidas dentro del
límite establecido en
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones establecidas en las Leyes Nº 13767 y 14393 y el Decreto Nº 3260/08.
Por ello,
EL TESORERO GENERAL DE
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Emitir Letras del Tesoro de
a) Denominación: “Letras del Tesoro de
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Integración: Pesos.
d) Fecha de licitación: 9 de octubre de 2013.
e) Fecha de emisión: 10 de octubre de 2013.
f) Fecha de liquidación: 10 de octubre de 2013.
g) Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal pesos ciento seis millones diecisiete mil (VN $106.017.000).
h) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000).
i) Tipo de Instrumento: Letras a descuento.
j) Precio de emisión: con descuento sobre su valor nominal, al precio que surja del proceso licitatorio.
k) Plazo: sesenta y tres (63) días.
l) Vencimiento: 12 de diciembre de 2013.
m) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil bancario, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
n) Garantía: recursos provenientes del Régimen de
Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los
artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación- Provincias sobre Relación Financiera
y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por
ñ) Régimen de colocación: licitación pública.
o) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
p) Tipo de Oferta: oferta parcial.
q) Importe de las ofertas:
1 ) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos quinientos mil (VN $500.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos cien mil (VN $100.000).
2 ) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos diez mil (VN $10.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000).
3 ) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de Valor Nominal pesos doscientos cincuenta mil (VN $250.000).
r) Forma de liquidación: a través de Argenclear Sociedad Anónima.
s) Negociación: se solicitará la negociación en el M.A.E. y en
t) Titularidad: estarán representadas por un Certificado
Global a ser depositado en
u) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E. autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro. La comisión será del 0,020% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
v) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1 ) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2 ) Agentes pertenecientes a
Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
w) Agente de cálculo: será
x) Agente Financiero: Banco de
y) Forma de pago de los servicios: los pagos se realizarán
mediante la transferencia de los importes correspondientes, a
z) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
a’) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
b’) Legislación aplicable: Argentina.
c’) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 2º. Emitir Letras del Tesoro de
a) Denominación: “Letras del Tesoro de
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Integración: Pesos.
d) Fecha de licitación: 9 de octubre de 2013.
e) Fecha de emisión: 10 de octubre de 2013.
f) Fecha de liquidación: 10 de octubre de 2013.
g) Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal pesos doscientos cuarenta y cuatro millones quinientos ochenta y cinco mil (VN $ 244.585.000).
h) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000).
i) Tipo de instrumento: Letras con cupón de interés variable.
j) Precio de emisión: a la par.
k) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil bancario, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
l) Interés:
1 ) Tasa aplicable: se determinará como el promedio
aritmético simple de la tasa de interés para depósitos a plazo fijo de más de
pesos un millón ($1.000.000) de treinta (30) a treinta y cinco (35) días, – Badlar Bancos Privados – o aquella que en el futuro la
sustituya, calculado considerando las tasas promedio diarias publicadas por el
Banco Central de
2 ) Cálculo de interés: se calcularán sobre el Valor Nominal; para el primer servicio de interés, desde la fecha de emisión hasta la fecha de vencimiento del primer cupón excluyendo a esta última; y a partir de los subsiguientes servicios, desde la fecha de vencimiento del cupón anterior hasta el día previo a la próxima fecha de pago.
3 ) Fecha de pago de interés: se pagarán dos (2) servicios de interés, el primero de ellos, el 10 de enero de 2014 y el segundo, el 10 de abril de 2014. Cuando la fecha de pago no fuere un día hábil bancario, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
4 ) Convención de Intereses: días reales sobre días reales.
m) Plazo: ciento ochenta y dos (182) días.
n) Vencimiento: 10 de abril de 2014.
ñ) Garantía: recursos provenientes del Régimen de
Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los
artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación-Provincias sobre Relación Financiera y
Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por
o) Régimen de colocación: licitación pública.
p) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
q) Tipo de Oferta: oferta parcial.
r) Importe de las ofertas:
1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos quinientos mil (VN $500.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos cien mil (VN $100.000).
2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos diez mil (VN $10.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000).
3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000).
El importe máximo será de Valor Nominal pesos doscientos cincuenta mil (VN $250.000). s) Forma de liquidación: a través de Argenclear Sociedad Anónima.
t) Negociación: se solicitará la negociación en el M.A.E. y en
u) Titularidad: estarán representadas por un Certificado
Global a ser depositado en
v) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E. autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro. La comisión será del 0,030% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
w) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2) Agentes pertenecientes a
Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
x) Agente de cálculo: será
y) Agente Financiero: Banco de
z) Forma de pago de los servicios: los pagos se realizarán
mediante la transferencia de los importes correspondientes, a
a’) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
b’) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
c’) Legislación aplicable: Argentina.
d’) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 3º. Emitir Letras del Tesoro de
a) Denominación: “Letras del Tesoro de
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Integración: Pesos.
d) Fecha de licitación: 9 de octubre de 2013.
e) Fecha de emisión: 10 de octubre de 2013.
f) Fecha de liquidación: 10 de octubre de 2013.
g) Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal pesos cuarenta y un millones tres mil (VN $ 41.003.000).
h) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000).
i) Tipo de instrumento: Letras con cupón de interés variable.
j) Precio de emisión: a la par.
k) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil bancario, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
l) Interés:
1 ) Tasa aplicable: se determinará como el promedio
aritmético simple de la tasa de interés para depósitos a plazo fijo de más de
pesos un millón ($1.000.000) de treinta (30) a treinta y cinco (35) días, – Badlar Bancos Privados – o aquella que en el futuro la sustituya calculado considerando las tasas promedio
diarias publicadas por el Banco Central de
2 ) Cálculo de interés: se calcularán sobre el Valor Nominal; para el primer servicio de interés, desde la fecha de emisión hasta la fecha de vencimiento del primer cupón excluyendo a esta última; y a partir de los subsiguientes servicios, desde la fecha de vencimiento del cupón anterior hasta el día previo a la próxima fecha de pago.
3 ) Fecha de pago de interés: se pagarán cuatro (4) servicios de interés, el primero de ellos, el 9 de enero de 2014; el segundo, el 9 de abril de 2014; el tercero, el 8 de julio de 2014; y el cuarto, 9 de octubre de 2014. Cuando la fecha de pago no fuere un día hábil bancario, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
4 ) Convención de Intereses: días reales sobre días reales.
m) Plazo: trescientos sesenta y cuatro (364) días.
n) Vencimiento: 9 de octubre de 2014.
ñ) Garantía: recursos provenientes del Régimen de
Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los
artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación- Provincias sobre Relación Financiera
y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por
o) Régimen de colocación: licitación pública.
p) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
q) Tipo de Oferta: oferta parcial.
r) Importe de las ofertas:
1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos quinientos mil (VN $500.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos cien mil (VN $100.000).
2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos diez mil (VN $10.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000).
3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000).
El importe máximo será de Valor Nominal pesos doscientos cincuenta mil (VN $250.000).
s) Forma de liquidación: a través de Argenclear Sociedad Anónima.
t) Negociación: se solicitará la negociación en el M.A.E. y en
u) Titularidad: estarán representadas por un Certificado
Global a ser depositado en
v) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E. autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro. La comisión será del 0,030% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
w) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2) Agentes pertenecientes a
Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
x) Agente de cálculo: será
y) Agente Financiero: Banco de
z) Forma de pago de los servicios: los pagos se realizarán
mediante la transferencia de los importes correspondientes, a
a’) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
b’) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
c’) Legislación aplicable: Argentina.
d’) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 4º. Los gastos, incluidas las comisiones, que se
originen en la emisión y/o contrataciones relacionadas con la emisión de Letras
del Tesoro, serán imputados con cargo al Presupuesto General de
ARTÍCULO 5º. Registrar, comunicar a
Rubén Telechea
Subtesorero General
C.C. 10.291