LEY 3522
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1º.- Acuérdase al Poder Ejecutivo un crédito suplementario por la suma de cien mil pesos moneda nacional ($ 100.000m/n) con destino a reforzar los ítems del presupuesto vigente, que a continuación se detallan; y en la proporción siguiente:
Ítem 116, pesos 70.000; ítem 117, 10.000; ítem 119, 20.000.
ARTÍCULO 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente, se pagarán de Rentas Generales y se imputarán a la misma, declarándose urgente la erogación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.