Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución Nº 342/17
La Plata, 3 de abril de 2017.
VISTO el expediente N° 2430-6415/17 impulsado por el Organismo de Control del Agua de Buenos Aires (OCABA), a través del cual se propicia la determinación del listado de usuarios beneficiarios de la tarifa de interés social de Aguas Bonaerenses S.A. (ABSA), y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 878/03, convalidado por Ley N° 13.154, establece como objetivos del Marco Regulatorio para la prestación de los Servicios Públicos de Agua potable y desagües cloacales en la Provincia de Buenos Aires, entre otros, el promover la expansión de los sistemas de provisión de agua potable y desagües cloacales, garantizar la calidad, regularidad y continuidad del servicio público de agua potable y desagües cloacales y regular las actividades de extracción, producción, transporte, distribución y/o comercialización de agua potable y/o desagües cloacales, asegurando que las tarifas que se apliquen a los servicios sean justas y razonables;
Que mediante la Ley N° 14.745, se introdujeron diversas modificaciones al citado Decreto Nº 878/03, convalidado por Ley N° 13.154, estableciéndose en el artículo 55 que el régimen tarifario del servicio deberá prever que las entidades prestadoras apliquen una tarifa de interés social (TIS) a aquellos usuarios residenciales con escasos recursos económicos, quedando a cargo del Poder Ejecutivo la determinación de los usuarios que serán beneficiarios en forma parcial o total;
Que, en cumplimiento de ello, mediante el Decreto Nº 1.477/16 se establecen los parámetros de inclusión y asignación de la Tarifa de Interés Social para la prestación de los servicios de provisión de agua potable y desagües cloacales;
Que el OCABA, en su rol de autoridad de control de la implementación y desarrollo de lo previsto en el Decreto Nº 1477/16, ha confeccionado el listado de usuarios que se encuentran en condiciones de ser incluidos y asignados como beneficiarios de la TIS de la prestataria Aguas Bonaerenses S.A., conforme el procedimiento establecido por la Resolución OCABA N° 17/17;
Que la Subsecretaría de Servicios Públicos en el ámbito de su competencia se expide en sentido favorable a la prosecución del trámite, manifestando su beneplácito con la implementación de este instrumento tarifario, que efectiviza el objetivo de asegurar una tarifa justa y razonable;
Que, no obstante, y atento a que las solicitudes de tarifa de interés social son constantes durante el año calendario, resulta necesario dotar al OCABA de un mecanismo de determinación provisoria, que habilite a los usuarios a la percepción del beneficio con la mayor celeridad posible;
Que se han expedido favorablemente Asesoría General de Gobierno y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 14.853, el Decreto Nº 12/17 y el Decreto N° 1.477/16;
Por ello,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Determinar que los usuarios consignados en el listado que como Anexo I se integra a la presente, resultan incluidos en el régimen de Tarifa de Interés Social de Aguas Bonaerenses S.A., con el alcance que se desprende del mismo.
ARTÍCULO 2°. Aprobar el procedimiento de determinación provisoria de los usuarios que serán beneficiarios en forma parcial o total de la Tarifa de Interés Social para la prestación
de los servicios de provisión de agua potable y desagües cloacales, el que como Anexo II forma parte integrante del presente, encomendando al Organismo de Control del Agua de Buenos Aires (OCABA) su ejecución.
ARTÍCULO 3°. Registrar, notificar al señor Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA y girar al Organismo de Control del Agua de Buenos Aires (OCABA). Cumplido, archivar.
Nota: Los Anexos de la presente Resolución pueden ser consultados en nuestro sitio web en su versión PDF
Roberto Gigante
Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos