DECRETO 2459/2024
LA PLATA, 1 de Noviembre de 2024
VISTO el expediente EX-2024-38586692-GDEBA-SSLYTSGG por el cual tramita la aceptación de la renuncia presentada por Martin SABBATELLA al cargo de Presidente del Directorio del Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC), y
CONSIDERANDO:
Que Martin SABBATELLA presentó la renuncia al cargo de Presidente del Directorio del Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC), en el que fue designado por Decreto N° 293/24;
Que el referido funcionario señaló, mediante la nota en que presentó su dimisión, que el motivo de la misma radica en “…la resolución dictada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en fecha 29 del corriente mes y año, en la causa judicial identificada como “CFP 11778/2015”, que ha dejado firme la condena que me inhabilita para ejercer cargos públicos por el periodo de un año, la que me ha sido impuesta por el solo hecho de perseguir el cumplimiento de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual por parte de todos los obligados a la misma, sin privilegios para ningún grupo por más poderoso que sea.”;
Que, en virtud de ello y compartiendo los términos de la nota presentada, se acepta la renuncia, a partir del 31 de octubre de 2024;
Que, asimismo, corresponde agradecer a Martín SABBATELLA los valiosos servicios prestados en el ejercicio de su cargo, como así también destacar su notable trayectoria en los órdenes nacional, provincial y municipal;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 144 –proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Aceptar, a partir del 31 de octubre de 2024, la renuncia presentada por Martin SABBATELLA (DNI Nº 21.486.727 - Clase 1970) al cargo de Presidente del Directorio del Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC), en el que había sido designado por Decreto N°293/24.
ARTÍCULO 2°. Agradecer a Martín SABBATELLA la responsabilidad, compromiso y dedicación irreprochables en el desempeño de su cargo, como así también destacar su extensa trayectoria como militante y funcionario público en los órdenes nacional, provincial y municipal.
ARTÍCULO 3°. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamento de Infraestructura y Servicios Públicos y de Gobierno.
ARTÍCULO 4° Registrar, comunicar, notificar, publicar en el Boletín Oficial y dar al SINDMA
Gabriel Nicolás Katopodis, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador