DECRETO 2232/84

 

LA PLATA, 9 de abril de 1984.

 

VISTO lo actuado en el Expediente número 2333-339/84 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 18 de la Ley 10137 de Regularización Impositiva facultó a este Poder Ejecutivo a fijar el plazo para el acogimiento a los beneficios otorgados por la misma;

 

Que en virtud de dicha facultad, mediante el dictado del Decreto número 1104 del 10 de febrero 1984 se estableció que para gozar de los beneficios de la Ley citada debía efectuarse tal petición hasta el día 10 de abril de 1984 inclusive;

 

Que atento la finalidad de la Ley dicho plazo ha resultado exiguo, por lo que resulta conveniente su prórroga;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA

 

ARTÍCULO 1.- Prorrógase la fecha de vencimiento del plazo para el acogimiento al régimen de la Ley 10137 de “Regularización Impositiva”, establecido por el Decreto 1104, hasta el día 25 de abril de 1984, inclusive.

 

ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía.

 

ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.

 

ARMENDARIZ

R. J. Tomasini