DECRETO 3045/73
Rifas - Autorización de las que circulen dentro de un Partido con permiso municipal por las Municipalidades respectivas - Sustitución del artículo 46 del Decreto 4198/70 - Derogación del Decreto 1365/71.
LA PLATA, 28 de SEPTIEMBRE de 1973.
ARTÍCULO 1.- Sustitúyese el texto del artículo 46 del Decreto 4198/70 por el siguiente:
“Artículo 46.- Las rifas que circulen dentro de un Partido con permiso municipal, no exigirán autorización del Ministerio de Gobierno, la que quedará a cargo de las Municipalidades respectivas”.
ARTÍCULO 2.- Derógase el Decreto 1365/71.
ARTÍCULO 3.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno, de Economía y de Educación.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese, etc.