Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE SEGURIDAD
DIRECCIÓN GENERAL DE LA OFICINA PROVINCIAL
PARA LA GESTIÒN DE LA SEGURIDAD PRIVADA
Disposición Nº 18/17
La Plata, 5 de junio de 2017.
VISTO el presente expediente Nº 21.100-671.158/17, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 17 de la Ley 12.297 establece que “…todos los vehículos afectados a la actividad de la seguridad privada, deberán ser de color rojo, lucir en sus puertas delanteras la denominación de la empresa a la que pertenecen y utilizar balizas blancas sobre su techo”;
Que no obstante, en la actualidad, los vehículos de las empresas prestadoras de servicios de seguridad privada poseen diversas identificaciones y/o colores;
Que la “CÁMARA DE EMPRESAS DE SEGURIDAD DE BUENOS AIRES (CAESBA)” informa que se encuentra en trámite legislativo un proyecto de reforma de la Ley mencionada, por lo que solicita una prórroga de un año en la exigencia del color rojo en los vehículos de las prestadoras afectadas a la función de seguridad privada;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 1°, 9° y 19 de la Ley N° 13.757 y sus modificatorias, artículo 43 inciso “a” de la Ley N° 12.297 y las propias del cargo;
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA OFICINA PROVINCIAL PARA LA
GESTIÓN DE LA SEGURIDAD PRIVADA,
DISPONE:
ARTÍCULO 1º. Prorrogar por el término de un (1) año el plazo de adecuación, a lo establecido por el artículo 17 de la Ley 12.297, para aquellas prestadoras de servicios de seguridad privada que posean vehículos con una identificación y/o colores distintos.
ARTÍCULO 2º. Registrar, comunicar, notificar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Alberto Greco
Director Provincial
C.C. 8753