DECRETO-LEY 6864/63
Contribución al Instituto Nacional de Radioastronomía.
LA PLATA, 5 de JULIO de 1963.
VISTO el expediente Nº 2.109-833, año 1963, por el que la Comisión de Investigación Científica de la Provincia de Buenos Aires, propicia la creación de una partida en el Presupuesto de Funcionamiento 1963, a fin de cumplimentar lo establecido por el artículo 3º del Decreto 11651/62, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto número 11651, del 27 de Diciembre de 1962, se aprueba el Convenio celebrado entre la Comisión de Investigación Científica de la Provincia de Buenos Aires y el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas, la Universidad Nacional de Buenos Aires y la Universidad Nacional de La Plata, creando el Instituto Nacional de Radioastronomía;
Que al suscribirse el Convenio a que se hace referencia, la Comisión de Investigación Científica de la Provincia de Buenos Aires lo ha hecho complementando la alta tarea de investigación técnico científica con otros institutos, que especifica el Decreto-Ley número 14713/57 de su creación;
Que el Instituto Nacional de Radioastronomía tendrá funciones de promoción y coordinación en la investigación y desarrollo técnico de la radioastronomía en sus diversos aspectos, colaborando en el desarrollo de la enseñanza sobre la materia;
Que a fin de posibilitar el funcionamiento del organismo creado, las partes convienen en fijar sus aportes, correspondiendo a la Comisión de Investigación Científica de la Provincia una contribución de tres millones de pesos moneda nacional ($ 3.000.000m/n);
Que en el presupuesto de la Comisión de Investigación Científica, no existe partida específica para atender el gasto mencionado anteriormente;
Que a los efectos de proveer los fondos, es necesario crear un apartado en el Presupuesto de Funcionamiento Ejercicio 1963, tomándose el crédito del Presupuesto de Capital.
Por ello y atento a lo informado por la Dirección de Finanzas del Ministerio de Economía y Hacienda y a la autorización conferida por Decreto Nacional número 4371/63,
EL COMISIONADO FEDERAL EN LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, EN EJERCICIO DEL PODER LEGISLATIVO
DECRETA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Créase en el Presupuesto de Funcionamiento Ejercicio 1963, aprobado por Decreto-Ley número 101/63, en el Anexo II, Sección 3a, Inciso 2º, Ítem 1, Partida Principal 2, la Partida Parcial 7 "Contribución al Instituto Nacional de Radioastronomía", con un crédito de tres millones de pesos moneda nacional ($ 3.000.000m/n).
ARTÍCULO 2.- Los fondos para atender la partida creada por el artículo anterior, se tomarán del Presupuesto de Capital Ejercicio 1963, Anexo II, Grupo 2º, Ítem 1, D-Unidad de Inversión 1, la que quedará reducida por el monto que se transfiere.
ARTÍCULO 3.- El presente Decreto-Ley deberá ser refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Economía y Hacienda.
ARTÍCULO 4.- Oportunamente comuníquese a la Honorable Legislatura.
ARTÍCULO 5.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro y "Boletín Oficial" y pase a la Dirección de Finanzas del Ministerio de Economía y Hacienda, a sus efectos.